Federal
> Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Gerardo Sotelo Lopez.
Demandado: Juez Vigesimo Sexto De Cuantia Menor De Lo Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De Mexico .
Materia: Civil
Tipo: Queja
RESUMEN: El Expediente 154/2020 en Materia Civil y de tipo Queja fue promovido por Gerardo Sotelo Lopez en contra de Juez Vigesimo Sexto De Cuantia Menor De Lo Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De Mexico en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 23 de Octubre del 2020 y cuenta con 6 Notificaciones.
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Agréguese a los autos para los fines legales procedentes el oficio que remite la autoridad responsable, a través del cual acusa recibo. Archívese este expediente como asunto concluido. Destrúyase. Notifíquese.
SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES DECRETADA DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE AL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO. EN EL ENTENDIDO QUE DICHO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN IMPLICA LA REANUDACIÓN DE LOS PLAZOS EN EL PUNTO EN QUE QUEDARON PAUSADOS, MÁS NO SU REINICIO. EN CONSECUENCIA, CONTINÚESE CON LA SECUELA PROCESAL DEL PRESENTE ASUNTO. NOTIFÍQUESE.
ÚNICO. ES INFUNDADO EL RECURSO DE QUEJA.
Agréguese el oficio por el que el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, se da por enterado de la admisión del recurso de queja en que se actúa y remite copia certificada de la audiencia constitucional de veintidós de octubre del presente año. Se toma conocimiento de lo anterior; sin que sea necesario pronunciarse nuevamente al respecto, toda vez que dicho juzgado ya había remitido la constancia respectiva, misma que se acordó el doce de noviembre del presente año. NOTIFÍQUESE.
Agréguese el oficio por el que el Juzgado de Distrito informa que puso a disposición de este tribunal el expediente electrónico *** de su índice, e informa que el veintidós de octubre de los corrientes, se llevó acabo la audiencia constitucional. Respecto del segundo oficio informa que se dictó sentencia en la fecha ya mencionada; por tanto, devuélvase el presente asunto a la ponencia correspondiente. Notifíquese.
Se admite el recurso de queja. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Se tiene por rendido el informe de la autoridad recurrida. Córrase traslado al Ministerio Público. Túrnese el presente asunto al MAGISTRADO QUE SUSCRIBE. Toda vez que la parte promovente no señala domicilio para oír y recibir notificaciones, dígasele que las notificaciones, aún las de carácter personal, le surtirán por medio de lista. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto; se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/, de conformidad con el artículo 22, fracción 1 del ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA REANUDACIÓN DE PLAZOS Y AL REGRESO ESCALONADO EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ANTE LA CONTINGENCIA POR EL VIRUS COVID-19. NOTIFÍQUESE.
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