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German Benjamín Mastranzo Corona | Congreso Del Estado De Exp: 141/2006

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: German Benjamín Mastranzo Corona | German Benjamín Mastranzo Corona
Demandado: Congreso Del Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 141/2006 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por German Benjamín Mastranzo Corona en contra de Congreso Del Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 08 de Febrero del 2006 y cuenta con 28 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 141/2006

  • 09 de Junio del 2011

    Actor: GERMAN BENJAMÍN MASTRANZO CORONA

    Demandado: Congreso del Estado de Tlaxcala

    Visto el estado de autos, arch¡vese el expediente como asunto concluido. Este juzgador estima que el presente expediente carece de relevancia documental, en virtud de que no se ubica en ninguna de las hip¢tesis establecidas en el art¡culo vig'simo primero de dicho acuerdo; por tanto, SERµ DEPURABLE. Real¡cese la identificaci¢n correspondiente en la car tula del expediente y una vez que haya transcurrido el t'rmino que establece el diverso art¡culo d'cimo primero del Acuerdo General en cita, rem¡tase este expediente al Centro de Documentaci¢n y An lisis a que hace alusi¢n el acuerdo General Conjunto

  • 07 de Enero del 2008

    Actor: GERMAN BENJAMÍN MASTRANZO CORONA

    Demandado: Congreso del Estado de Tlaxcala

    Agréguese a los autos el oficio de la Actuaria adscrita al Tribunal Colegiado de este Circuito, por medio del cual informa que se desechó por notoriamente improcedente el recurso de revisión interpuesto por la parte quejosa, en contra de la sentencia dictada por el referido Tribunal, el dieciséis de agosto de dos mil siete

  • 28 de Diciembre del 2007

    Actor: GERMAN BENJAMÍN MASTRANZO CORONA

    Demandado: Congreso del Estado de Tlaxcala

    Remítase al Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso del Estado de Tlaxcala, la copia certificada que solicita mediante oficio que derive del presente proveído

  • 08 de Octubre del 2007

    Actor: GERMAN BENJAMÍN MASTRANZO CORONA

    Demandado: Congreso del Estado de Tlaxcala

    Agréguese a los autos el oficio de la Actuario adscrita al Tribunal Colegiado de este Circuito, por medio del cual remite transcripción del auto de cuatro de octubre del presente año, dictado por el Presidente del citado Tribunal, en atención a su contenido, informando la interposición del recurso de revisión hecho valer por la parte quejosa, en contra de la resolución dictada por ese Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, el dieciséis de agosto de dos mil siete

  • 26 de Septiembre del 2007

    Actor: GERMAN BENJAMÍN MASTRANZO CORONA

    Demandado: Congreso del Estado de Tlaxcala

    Agréguese a sus autos el escrito signado por Bertha Orozco Gutiérrez, por el cual solcita copia certificada de la ejecutoria dictada por el Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, en el toca 408/2006, de su índice, no ha lugar a acordar de conformidad su petición, toda vez que únicamente está autorizada para el único efecto de oír y recibir notificaciones y no en términos amplios del artículo 27 de la Ley de Amparo

  • 21 de Septiembre del 2007

    Actor: GERMAN BENJAMÍN MASTRANZO CORONA

    Demandado: Congreso del Estado de Tlaxcala

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa mediante citatorio y se procede a notificarle mediante lista de acuerdos la resolución de diez de septiembre de dos mil siete, misma que en síntesis dice: "...Agréguese a sus autos el oficio 6266, signado por la Secretaria de Acuerdos adscrito al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, por el que remite los autos originales del expediente principal relativo al juicio de amparo 141/2006-K, del índice de este órgano jurisdiccional, así como testimonio autorizado de la ejecutoria dictada el dieciséis de agosto del año en curso, en el toca R-408/2006, del índice de dicha superioridad, formado con motivo del recurso de revisión interpuesto por la parte quejosa, cuyos puntos resolutivos textualmente dicen: "PRIMERO. Se confirma la sentencia sujeta a revisión. SEGUNDO. Se sobresee en el juicio de amparo 141/2006-K, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala, en términos del considerando tercero de la sentencia recurrida.TERCERO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Germán Benjamín Mastranzo Corona, en contra de los actos reclamados consistentes en la inconstitucionalidad de los artículos 66 fracción IV, 68, 70, 72 y 75 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Tlaxcala; la resolución de ocho de diciembre de dos mil cinco, dictada en el expediente administrativo de determinación de responsabilidades 39/2003; así como su ejecución; y la resolución de ocho de diciembre de dos mil cinco, dictada en el expediente administrativo de determinación de responsabilidades 26/2004; así como su ejecución." Acúsese recibo a la superioridad y comuníquese lo anterior a las partes. Glósense al expediente principal devuelto, el cuaderno de antecedentes que se integró con motivo del envío de aquél a la superioridad, así como los cuadernos incidentales formados con motivo de la tramitación del presente juicio, y háganse las anotaciones correspondientes en el libro de registro de juicios de amparo. Ahora bien, de conformidad con el Acuerdo Complementario del Comité del Centro de Documentación y Análisis al Acuerdo General Conjunto 1/2001, del veintisiete de agosto de dos mil uno, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece lineamientos para el flujo documental, depuración y digitalización del acervo archivístico de los Juzgados de Distrito, Tribunales Unitarios de Circuito y Tribunales Colegiados de Circuito, este expediente no es susceptible de depuración, en virtud de que existe resolución dictada por un Tribunal Colegiado..."

  • 11 de Septiembre del 2007

    Actor: GERMAN BENJAMÍN MASTRANZO CORONA

    Demandado: Congreso del Estado de Tlaxcala

    Agréguese a sus autos el oficio 6266, signado por la Secretaria de Acuerdos adscrito al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, por el que remite los autos originales del expediente principal relativo al juicio de amparo 141/2006-K, del índice de este órgano jurisdiccional, así como testimonio autorizado de la ejecutoria dictada el dieciséis de agosto del año en curso, en el toca R-408/2006, del índice de dicha superioridad, formado con motivo del recurso de revisión interpuesto por la parte quejosa, cuyos puntos resolutivos textualmente dicen: "PRIMERO. Se confirma la sentencia sujeta a revisión. SEGUNDO. Se sobresee en el juicio de amparo 141/2006-K, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala, en términos del considerando tercero de la sentencia recurrida.TERCERO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Germán Benjamín Mastranzo Corona, en contra de los actos reclamados consistentes en la inconstitucionalidad de los artículos 66 fracción IV, 68, 70, 72 y 75 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Tlaxcala; la resolución de ocho de diciembre de dos mil cinco, dictada en el expediente administrativo de determinación de responsabilidades 39/2003; así como su ejecución; y la resolución de ocho de diciembre de dos mil cinco, dictada en el expediente administrativo de determinación de responsabilidades 26/2004; así como su ejecución." Acúsese recibo a la superioridad y comuníquese lo anterior a las partes. Glósense al expediente principal devuelto, el cuaderno de antecedentes que se integró con motivo del envío de aquél a la superioridad, así como los cuadernos incidentales formados con motivo de la tramitación del presente juicio, y háganse las anotaciones correspondientes en el libro de registro de juicios de amparo. Ahora bien, de conformidad con el Acuerdo Complementario del Comité del Centro de Documentación y Análisis al Acuerdo General Conjunto 1/2001, del veintisiete de agosto de dos mil uno, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece lineamientos para el flujo documental, depuración y digitalización del acervo archivístico de los Juzgados de Distrito, Tribunales Unitarios de Circuito y Tribunales Colegiados de Circuito, este expediente no es susceptible de depuración, en virtud de que existe resolución dictada por un Tribunal Colegiado

  • 08 de Agosto del 2006

    Actor: GERMAN BENJAMÍN MASTRANZO CORONA

    Demandado: Congreso del Estado de Tlaxcala

    Agréguese a los autos el oficio de la Actuaria adscrita al Tribunal Colegiado de este Circuito, por medio del cual informa de la admisión del recurso de revisión promovido por la parte quejosa, mismo que quedo registrado bajo el número R-408/2006

  • 25 de Julio del 2006

    Actor: GERMAN BENJAMÍN MASTRANZO CORONA

    Demandado: Congreso del Estado de Tlaxcala

    Se tiene al quejoso dando cumplimiento al requerimiento formulado en proveído de catorce de julio de dos mil seis; en consecuencia, intégrese por separado el cuaderno de antecedentes. Queda a disposición del fiscal federal adscrito copia del escrito de expresión agravios. Finalmente, una vez que obren en su totalidad las constancias de notificación sin mayor trámite remítase el original y copia de los agravios así como los autos al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito para la substanciación del recurso de revisión. Las copias relativas al escrito de expresión de agravios para la tercera perjudicada María Angélica Ramírez Torres, quedan a disposición en esta secretaría

  • 18 de Julio del 2006

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista la resolución de catorce de julio de dos mil seis que en síntesis dice: "...Requiérase a la parte quejosa, para que dentro del término de tres días, exhiba nueve copias más de su libelo de cuenta, apercibido que de no hacerlo, se tendrá por no interpuesto el recurso de mérito..."

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