Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: Gilberto Nuñez Soto
Demandado: Fiscalía General De La República En El Estado De Chihuahua Y Otros.
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 712/2019 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Incidental fue promovido por Gilberto Nuñez Soto en contra de Fiscalía General De La República En El Estado De Chihuahua Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 09 de Octubre del 2019 y cuenta con 24 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
SE ADVIERTE QUE ESTE INCIDENTE SE ENCUENTRA TOTALMENTE CONCLUIDO, POR LO CUAL LO CONDUCENTE ES, EN SU OPORTUNIDAD, ENVIARLO AL ARCHIVO DEFINITIVO.
SE DECLARA QUE HA CAUSADO EJECUTORIA LA RESOLUCIÓN RECAÍDA EN ESTE JUICIO DE AMPARO, EN SU OPORTUNIDAD ARCHIVESE ESTE ASUNTO COMO TOTALMENTE CONCLUIDO.
UNICO. SE SOBRESEE EN ESTE JUICIO DE AMPARO.
SE ADVIERTE QUE LA QUEJOSA NO DIO CUMPLIMIENTO A PREVENCIÓN Y SE TIENE COMO INEXISTENTE A LA AUTORIDAD SEÑALADA COMO COORDINADOR DE LA POLICÍA FEDERAL EN CHIHUAHUA.
LA PARTE QUEJOSA NO DIO CUMPLIMIENTO A LA PREVENCIÓN CONTENDIA EN EL AUTO 11 DE NOVIEMBRE DE 20149. SE HACE EFECTIVO APERCIBIMIENTO, SE TIENE COMO INEXISTENTE LA AUTORIDAD -COORDINADOR DE LA POLICÍA FEDERAL EN CHIHUAHUA.- SE DEJA SIN EFECTOS LAS PROVIDENCIAS DICTADAS EN EL INCIDENTE.
SE DIFIERE LA AUDIENCIA INCIDENTAL, EN SU LUGAR SE DESIGNAN LAS 10:45 HORAS DEL 25 DE NOVIEMBRE DE 2019.
SE ADVIERTE QUE LA PARTE QUEJOSA NO DIO CUMPLIMIENTO A LA PREVENCIÓN CONTENIDA EN EL AUTO 31 DE OCTUBRE DE 2019, SIN QUE EXISTA JUSTIFICACIÓN JURÍDICA ALGUNA AL EFECTO, EN ESAS CONDICIONES, SE HACE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO INMERSO EN EL ACUERDO DE QUE SE TRATA, MOTIVO POR EL CUAL, SE TIENE COMO INEXISTENTE LA AUTORIDAD FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, SE AGREGA INFORME JUSTIFICADO, SE DA VISTA A LAS PARTES CON EL MISMO.
SE AGREGA LA PIEZA POSTAL DEVUELTA POR EL SERVICIO POSTAL MEXICANO, QUE CONTIENE EL OFICIO 23693, DIRIGIDO AL COORDINADOR DE LA POLICÍA FEDERAL EN CHIHUAHUA, REQUIÉRASE A LA PARTE QUEJOSA PARA QUE PRECISE LA DENOMINACIÓN CORRECTA DE LA AUTORIDAD QUE SEÑALÓ COMO COORDINADOR DE LA POLICÍA FEDERAL EN CHIHUAHUA, SE APERCIBE A LA PARTE QUEJOSA QUE DE NO HACERLO DENTRO DEL TÉRMINO DE 5 DÍAS CONTADOS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DEL PRESENTE PROVEÍDO, SE TENDRÁ COMO INEXISTENTE TAL AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DE ESTE JUICIO.
SE AGREGAN LAS PIEZAS POSTALES DEVUELTAS POR EL SERVICIO POSTAL MEXICANO, QUE CONTIENEN LOS OFICIOS 23694 Y 23999, DIRIGIDOS AL COORDINADOR DE LA POLICÍA FEDERAL EN CHIHUAHUA, REQUIÉRASE A LA PARTE QUEJOSA PARA QUE PRECISE LA DENOMINACIÓN CORRECTA DE LAS AUTORIDADES QUE SEÑALÓ COMO COORDINADOR DE LA POLICÍA FEDERAL EN CHIHUAHUA, SE APERCIBE A LA PARTE QUEJOSA QUE DE NO HACERLO, SE TENDRÁ COMO INEXISTENTE TAL AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DE ESTE INCIDENTE.
DECISIÓN. PRIMERO. SE NEGA LA SUSPENSION DEFINITIVA EN ESTE INCIDENTE. SEGUNDO. SE DIFIERE LA AUDIENCIA INCIDENTAL Y SE FIJAN LAS 10:55 DEL 22 DE NOVIEMBRE DE 2019.
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información