Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Gisela Dávila Flores .
Demandado: Presidenta De La Junta Especial Número Dos De La Federal De Conciliación Y Arbitraje .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3478/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Gisela Dávila Flores en contra de Presidenta De La Junta Especial Número Dos De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 13 de Noviembre del 2023 y cuenta con 8 Notificaciones.
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Actor: Gisela Dávila Flores .
Demandado: Presidenta de la Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA A LA QUEJOSA EL PROVEÍDO DE VEINTINUEVE DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO: "Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. En ese contexto, atendiendo a los efectos y términos para los cuales se concedió la Protección Federal a la parte quejosa, se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido, previas las anotaciones respectivas que se hagan en el libro de registro de juicios de amparo de este Juzgado. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA."
Actor: Gisela Dávila Flores .
Demandado: Presidenta de la Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. En ese contexto, atendiendo a los efectos y términos para los cuales se concedió la Protección Federal a la parte quejosa, se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido, previas las anotaciones respectivas que se hagan en el libro de registro de juicios de amparo de este Juzgado. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Gisela Dávila Flores .
Demandado: Presidenta de la Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Gisela Dávila Flores .
Demandado: Presidenta de la Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE. Se apercibe. NOTIFÍQUESE .
Actor: Gisela Dávila Flores .
Demandado: Presidenta de la Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: Gisela Dávila Flores .
Demandado: Presidenta de la Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos la promoción remitida por la autoridad responsable, por medio de la cual rinde su informe justificado; en su apoyo, remite copia certificada de diversas constancias del juicio natural, en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónese en la audiencia constitucional. Con fundamento en el artículo 9 de la Ley de Amparo, se tienen como delegado de la responsable, a la persona que refiere en el oficio que se provee. Notifíquese.
Actor: Gisela Dávila Flores .
Demandado: Presidenta de la Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA CON EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO A LOS TERCEROS INTERESADOS REFERIDOS, EL ACUERDO DE DIEZ DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS: "Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las ONCE HORAS CON TRECE MINUTOS DEL SIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de terceros interesados a los mencionados en la demanda de amparo. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que los emplace, en los domicilios que se señalan para tal efecto en la demanda. Notifíquese y emplácese."
Actor: Gisela Dávila Flores .
Demandado: Presidenta de la Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las ONCE HORAS CON TRECE MINUTOS DEL SIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de terceros interesados a los mencionados en la demanda de amparo. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que los emplace, en los domicilios que se señalan para tal efecto en la demanda. Notifíquese y emplácese.
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