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Grupo Metabólico Sociedad Anónima De Capital Variable . | Exp: 418/2020

Federal > Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Grupo Metabólico, Sociedad Anónima De Capital Variable .
Demandado: Juzgado Décimo Octavo Civil De Cuantía Menor De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 418/2020 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Grupo Metabólico, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Juzgado Décimo Octavo Civil De Cuantía Menor De La Ciudad De México en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Octubre del 2020 y cuenta con 10 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 418/2020

  • 14 de Mayo del 2021

    Se hace constar que ya transcurrió el plazo de quince días con que cuenta la parte quejosa para interponer el recurso de inconformidad contra la resolución que tuvo por cumplida la ejecutoria de amparo; en consecuencia, se tiene por consentido el acuerdo de referencia, archívese este expediente como asunto concluido. Depúrese. Notifíquese.

  • 21 de Abril del 2021

    Agréguese el oficio de la autoridad responsable, a través del cual acusa recibo de la resolución de seis de abril de dos mil veintiuno, en la que declaró cumplida la ejecutoria de amparo. Notifíquese.

  • 07 de Abril del 2021

    Se declara cumplida la ejecutoria de amparo. Notifíquese, y personalmente a la partes quejosa y tercero interesado.

  • 26 de Febrero del 2021

    Agréguese el oficio de la autoridad responsable, al que anexa copia certificada del proveído de tres de diciembre de dos mil veinte, mediante el cual dejó insubsistente el acto reclamado y ordenó dar cumplimiento a la sentencia de amparo; y de la sentencia de cuatro de diciembre de dos mil veinte dictada en cumplimiento al fallo protector; consecuentemente, dése vista a las partes para que en un plazo de DIEZ DÍAS manifiesten lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE, Y PERSONALMENTE A LAS PARTES.

  • 19 de Febrero del 2021

    SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES DECRETADA DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE AL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO. EN EL ENTENDIDO QUE DICHO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN IMPLICA LA REANUDACIÓN DE LOS PLAZOS EN EL PUNTO EN QUE QUEDARON PAUSADOS, MÁS NO SU REINICIO. EN CONSECUENCIA, CONTINÚESE CON LA SECUELA PROCESAL DEL PRESENTE ASUNTO. NOTIFÍQUESE.

  • 02 de Diciembre del 2020

    Agréguese el escrito presentado por el tercero interesado ***, por conducto de su endosatario en procuración ***, donde hace manifestaciones respecto del sobreseimiento en el presente juicio de amparo. Dígasele que por sesión remota de diecinueve de noviembre de dos mil veinte se resolvió el presente asunto, por lo que deberá estarse a lo resuelto en esa sesión. Notifíquese.

  • 02 de Diciembre del 2020

    PRIMERO. LA JUSTICIA DE LA UNIÓN AMPARA Y PROTEGE. SEGUNDO. SE REQUIERE A LA AUTORIDAD RESPONSABLE DÉ CUMPLIMIENTO A LA EJECUTORIA.

  • 17 de Noviembre del 2020

    Agréguese el escrito formulado por la parte tercera interesada ***, por conducto de su endosatario en procuración, por medio del cual señala domicilio, autoriza diversas personas y formula alegatos. En consecuencia, téngasele por apersonada al presente juicio de amparo directo civil y por formulados sus alegatos, mismos que, en caso de ser procedentes, serán tomados en cuenta al momento de emitirse el fallo correspondiente. Conforme lo solicita la parte promovente, se tiene como su domicilio el que refiere y únicamente como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las demás personas que indica. Por otra parte, como lo solicita el promovente, se autoriza para que realice la consulta vía internet del expediente electrónico al usuario que señala. Notifíquese.

  • 09 de Noviembre del 2020

    Agréguese a los autos el oficio del índice del Juzgado Décimo Octavo de lo Civil de Cuantía Menor de la Ciudad de México, por medio del cual remite una bolsa cerrada con documentos; acúsese recibo al juzgado oficiante. Devuélvase el presente asunto a la ponencia designada para la formulación del proyecto correspondiente. Notifíquese.

  • 22 de Octubre del 2020

    Se admite la demanda de amparo. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Toda vez que la autoridad responsable corrió traslado a ***, téngase como parte tercera interesada y cuenta con el plazo de quince días hábiles para presentar alegatos o promover amparo adhesivo ante este Tribunal Colegiado; en el entendido que de no comparecer a juicio, o de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones de su parte, éstas, aún las de carácter personal, se realizarán por medio de lista. Se tiene por rendido el informe justificado. Córrase traslado al Ministerio Público Federal. Conforme lo solicita la parte promovente, se tiene como su domicilio el que refiere y como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las personas que indica. Asimismo, toda vez que las persona que indica tiene registrado su nombre de usuario en el Portal de Consulta de Expedientes Electrónicos en Línea del Consejo de la Judicatura Federal, se autoriza de dicha persona para la consulta del expediente electrónico. Túrnese el presente asunto al MAGISTRADO que suscribe. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto; se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/, de conformidad con el artículo 22, fracción 1 del ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA REANUDACIÓN DE PLAZOS Y AL REGRESO ESCALONADO EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ANTE LA CONTINGENCIA POR EL VIRUS COVID-19. Notifíquese.

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