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Guadalupe Cecilia Morelos López | Junta Especial Número Tres De Exp: 574/2021

Federal > Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Guadalupe Cecilia Morelos López
Demandado: Junta Especial Número Tres De La Federal De Conciliación Y Arbitraje
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 574/2021 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Guadalupe Cecilia Morelos López en contra de Junta Especial Número Tres De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 26 de Abril del 2021 y cuenta con 5 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 574/2021

  • 27 de Mayo del 2021

    Actor: GUADALUPE CECILIA MORELOS LÓPEZ

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO TRES DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE y Otros

    HA CAUSADO ESTADO el proveído de siete de mayo de dos mil veintiuno, por el que se tuvo por no presentada la demanda de amparo. Archívese el presente expediente como asunto concluido. Tomando en consideración el sentido del auto por el que egresó el expediente en que se actúa, éste se clasifica como DESTRUIBLE

  • 17 de Mayo del 2021

    Actor: GUADALUPE CECILIA MORELOS LÓPEZ

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO TRES DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    Se hace efectivo el apercibimiento decretado al promovente, se procede a notificar por lista el acuerdo de siete de mayo de dos mil veintiuno: SE TIENE POR NO PRESENTADA LA DEMANDA DE GARANTÍAS

  • 10 de Mayo del 2021

    Actor: GUADALUPE CECILIA MORELOS LÓPEZ

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO TRES DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    Se tiene por no presentada la demanda de garantías

  • 07 de Mayo del 2021

    Se tiene por no presentada la demanda de garantías

  • 26 de Abril del 2021

    Requiérase a la parte promovente para que en un plazo de cinco días, dé cabal cumplimiento al requerimiento formulado, respecto de su demanda de garantías. Se hace del conocimiento a la parte promovente que podrán solicitar que se les practiquen las notificaciones personales vía electrónica. Se exhorta a la parte promovente para que, de estimarlo pertinente, continúe la tramitación del presente asunto mediante el esquema de "juicio en línea", a través del Portal de Servicios en Línea desarrollado y aprobado por el Consejo de la Judicatura Federal, ingresando para tal efecto a la liga https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/juicioenlinea/Home /Ayuda; asimismo, se le requiere para que proporcionen un número de teléfono móvil y una cuenta de correo electrónico, para que de estimarse necesario, se establezca el contacto respectivo

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