Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Guillermo Padilla Lima
Demandado: Magistrado Del Tribunal Unitario Agrario Del Distrito Treinta Y Tres
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1145/2003 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Guillermo Padilla Lima en contra de Magistrado Del Tribunal Unitario Agrario Del Distrito Treinta Y Tre en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 12 de Septiembre del 2003 y cuenta con 12 Notificaciones.
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Actor: Guillermo Padilla Lima
Demandado: Magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Treinta y Tres
Vista la razón actuarial de cuenta, se ordena realizar a la parte quejosa la notificación señalada y las subsecuentes por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado
Actor: Guillermo Padilla Lima
Demandado: Magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Treinta y Tres
Se declara que la sentencia que sobresee, ha causado ejecutoria, para todos los efectos legales conducentes, háganse las anotaciones en el libro de gobierno, glósense los cuadernos incidentales y resérvese el expediente en el archivo para su depuración; y toda vez que el mismo será destruido en su totalidad notifíquese a las partes para que en el término de seis meses manifiesten lo que a su derecho convenga
Actor: Guillermo Padilla Lima
Demandado: Magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Treinta y Tres
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista la resolución engrosada el once de noviembre de dos mil tres que en síntesis dice:"...Se resuelve.- Único. Se sobresee en el juicio..."
Actor: Guillermo Padilla Lima
Demandado: Magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Treinta y Tres
Se hace efectivo el apercibimiento hecho al tercero perjudicado Porfirio Padilla López y se procede a notificar por lista la sentencia terminada de engrosar el once de noviembre del actual que dice: Se resuelve.- Único. Se sobresee en el juicio
Actor: Guillermo Padilla Lima
Demandado: Magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Treinta y Tres
Se resuelve.- Único. Se sobresee en el juicio. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE
Actor: Guillermo Padilla Lima
Demandado: Magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Treinta y Tres
Se tiene al quejoso desahogando la vista que le fue dada en auto de trece de octubre de dos mil tres, se tiene por ofrecida y admitida la probanza que presenta la que se tiene por desahogada por su propia y especial natiraleza. Relaciónese en la audiencia constitucional
Actor: Guillermo Padilla Lima
Demandado: Magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Treinta y Tres
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista el auto de trece de octubre de dos mil tres que dice: Tengase a la autoridad oficiante dando cumplimiento al requerimiento formulado por auto de seis de octubre de dos mil tres. Asimismo con las documentales y manifestaciones de la responsable dese vista a la quejosa para que en el plazo de tres días manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no hacerlo se acordara conforme a derecho
Actor: Guillermo Padilla Lima
Demandado: Magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Treinta y Tres
Tengase a la autoridad oficiante dando cumplimiento al requerimiento formulado por auto de seis de octubre de dos mil tres. Asimismo con las documentales y manifestaciones de la responsable dese vista a la quejosa para que en el plazo de tres días manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida que de no hacerlo se acordara conforme a derecho. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE
Actor: Guillermo Padilla Lima
Demandado: Magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Treinta y Tres
SE requiere a la autoridad referida para que en el plazo de tres días remita copia certificada de las constancias precisadas, apercibida que de no hacerlo se le impondrá multa. Para dar margen a lo anterior se difiere la audiencia constitucional y se fijan las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL VEINTIUNO DE OCTUBRE DE DOS MIL TRES, para su celebración. Por otro lado, se tiene por ofrecida y admitida la prueba documental públicareferida. Finalmente, se tiene a la parte tercera perjudicada apersonandose en el juicio de garantías, señalando domicilio y autorizando para oir y recibir notioficaciones a la personas referidas, asimismo se le tiene formulando alegatos
Actor: Guillermo Padilla Lima
Demandado: Magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Treinta y Tres
Téngase a la autoridad oficiante dando cumplimiento al requerimiento formulado por auto de once de septiembre de dos mil tres. Relacionese en audiencia constitucional
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