Federal
> Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan. (01/03/2004 - 01/09/2024) de Tercer Circuito
Actor: Haydee Karina Ramírez
Demandado: Juez Octavo De Lo Familiar Del Primer Partido Judicial En El Estado De Jalisco
Materia: Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 534/2017 en Materia Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Haydee Karina Ramírez en contra de Juez Octavo De Lo Familiar Del Primer Partido Judicial En El Estado De Jalisco en el Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan. (01/03/2004 - 01/09/2024) en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 29 de Mayo del 2017 y cuenta con 8 Notificaciones.
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Actor: Haydee Karina Ramírez
Demandado: Juez Octavo de lo Familiar del Primer Partido Judicial en el Estado de Jalisco
Como se advierte de la certificación de cuenta, transcurrió el plazo de diez días otorgado a la parte quejosa en proveído de cuatro de julio de dos mil diecisiete a fin de que recogiera el documento que allegó al sumario en que se actúa, sin que así lo haya hecho; por tanto, se hace efectivo el apercibimiento decretado en el auto aludido, por lo que se ordena la destrucción del documento exhibido junto con el expediente
Como se advierte de la certificación de cuenta, transcurrió el plazo de diez días otorgado a la parte quejosa en proveído de cuatro de julio de dos mil diecisiete a fin de que recogiera el documento que allegó al sumario en que se actúa, sin que así lo haya hecho; por tanto, se hace efectivo el apercibimiento decretado en el auto aludido, por lo que se ordena la destrucción del documento exhibido junto con el expediente
Como de la certificación que antecede se advierte, transcurrió el plazo que se establece en el artículo 86 en relación con los diversos 81, fracción I, inciso d) y 84, todos de la Ley de Amparo, para que la parte quejosa se inconformara con el auto de catorce de junio de dos mil diecisiete en el que se sobreseyó en el juicio fuera de audiencia e hiciera valer el recurso de revisión en su contra, sin que así lo haya hecho, en consecuencia, se declara firme. Háganse las anotaciones respectivas en el libro de gobierno y archívese el expediente en que se actúa como asunto concluido. Del análisis del presente expediente se considera que carece de relevancia documental, al no ubicarse en ninguno de los supuestos a que alude el punto vigésimo primero, último párrafo, del Acuerdo General Conjunto 1/2009 de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal. Por lo que ve al presente sumario, este será susceptible de destrucción una vez que transcurran cinco años de haberse ordenado su archivo, por encontrarse en la hipótesis prevista en el punto vigésimo primero, fracción I, del acuerdo citado en el párrafo que antecede, toda vez que en el mismo se dictó un acuerdo que sin decidir el juicio en lo principal, lo dio por concluido, dado que se decretó el sobreseimiento del juicio fuera de la audiencia constitucional.Ahora bien, hágase saber para los efectos establecidos en el multicitado acuerdo que el presente expediente no contiene información reservada, como tampoco información de relevancia documental e histórica. Asimismo, de las constancias que integran los autos se advierte que las partes no manifestaron oposición a que sus datos personales se incluyeran en la publicación con motivo de las consultas solicitadas por terceros. Devolución de documento a la parte quejosa. Por otro lado, toda vez que resulta innecesario que permanezca en este juzgado el documento exhibido por la parte quejosa con su escrito inicial de demanda, requiérasele en los términos contenidos en el presente acuerdo. Notifíquese; y personalmente a la parte quejosa
Actor: Haydee Karina Ramírez
Demandado: Juez Octavo de lo Familiar del Primer Partido Judicial en el Estado de Jalisco
Como de la certificación que antecede se advierte, transcurrió el plazo que se establece en el artículo 86 en relación con los diversos 81, fracción I, inciso d) y 84, todos de la Ley de Amparo, para que la parte quejosa se inconformara con el auto de catorce de junio de dos mil diecisiete en el que se sobreseyó en el juicio fuera de audiencia e hiciera valer el recurso de revisión en su contra, sin que así lo haya hecho, en consecuencia, se declara firme. Háganse las anotaciones respectivas en el libro de gobierno y archívese el expediente en que se actúa como asunto concluido. Del análisis del presente expediente se considera que carece de relevancia documental, al no ubicarse en ninguno de los supuestos a que alude el punto vigésimo primero, último párrafo, del Acuerdo General Conjunto 1/2009 de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal. Por lo que ve al presente sumario, este será susceptible de destrucción una vez que transcurran cinco años de haberse ordenado su archivo, por encontrarse en la hipótesis prevista en el punto vigésimo primero, fracción I, del acuerdo citado en el párrafo que antecede, toda vez que en el mismo se dictó un acuerdo que sin decidir el juicio en lo principal, lo dio por concluido, dado que se decretó el sobreseimiento del juicio fuera de la audiencia constitucional.Ahora bien, hágase saber para los efectos establecidos en el multicitado acuerdo que el presente expediente no contiene información reservada, como tampoco información de relevancia documental e histórica. Asimismo, de las constancias que integran los autos se advierte que las partes no manifestaron oposición a que sus datos personales se incluyeran en la publicación con motivo de las consultas solicitadas por terceros. Devolución de documento a la parte quejosa. Por otro lado, toda vez que resulta innecesario que permanezca en este juzgado el documento exhibido por la parte quejosa con su escrito inicial de demanda, requiérasele en los términos contenidos en el presente acuerdo. Notifíquese; y personalmente a la parte quejosa
Se sobresee fuera de audiencia en el sumario en que se actúa. Como consecuencia de lo acordado anteriormente, se deja sin efectos la celebración de la audiencia constitucional señalada para las nueve horas con dieciséis minutos del veintidós de mayo de dos mil diecisiete. Notifíquese; y personalmente a la parte quejosa
Actor: Haydee Karina Ramírez
Demandado: Juez Octavo de lo Familiar del Primer Partido Judicial en el Estado de Jalisco
Se sobresee fuera de audiencia en el sumario en que se actúa. Como consecuencia de lo acordado anteriormente, se deja sin efectos la celebración de la audiencia constitucional señalada para las nueve horas con dieciséis minutos del veintidós de mayo de dos mil diecisiete. Notifíquese; y personalmente a la parte quejosa
Notifíquese personalmente
Actor: Haydee Karina Ramírez
Demandado: Juez Octavo de lo Familiar del Primer Partido Judicial en el Estado de Jalisco
Notifíquese personalmente
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