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Hector Miranda Ramos | Agente Del Ministerio Público Federal Exp: 563/2018

Federal > Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: Hector Miranda Ramos | Director De Ejecución De Sentencias Y Medidas Judiciales En El Estado De Chihuahua
Demandado: Agente Del Ministerio Público Federal Adscrito | Director De Ejecución De Sentencias Y Medidas Judiciales En El Estado De Chihuahua
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 563/2018 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Hector Miranda Ramo en contra de Agente Del Ministerio Público Federal Adscrito en el Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 20 de Septiembre del 2018 y cuenta con 8 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 563/2018

  • 30 de Octubre del 2018

    Actor: Hector Miranda Ramos

    Demandado: Agente del Ministerio Público Federal Adscrito

    Por otro lado, se hace la precisión de que este expediente es susceptible de depuración, una vez que transcurran cinco años posteriores a la fecha de su archivo, por ubicarse en el supuesto previsto en la fracción II, del Artículo Vigésimo Primero del Acuerdo General Conjunto número 1/2009, de veintiocho de septiembre de dos mil nueve, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes generados en los Juzgados de Distrito, toda vez que en este asunto se decretó el sobreseimiento; y al prudente arbitrio de este juzgador se considera que no tiene relevancia documental; lo anterior, sin perjuicio de conservar la resolución en la que se decretó la suspensión de plano respecto de los actos reclamados. Notifíquese

  • 30 de Octubre del 2018

    Por otro lado, se hace la precisión de que este expediente es susceptible de depuración, una vez que transcurran cinco años posteriores a la fecha de su archivo, por ubicarse en el supuesto previsto en la fracción II, del Artículo Vigésimo Primero del Acuerdo General Conjunto número 1/2009, de veintiocho de septiembre de dos mil nueve, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes generados en los Juzgados de Distrito, toda vez que en este asunto se decretó el sobreseimiento; y al prudente arbitrio de este juzgador se considera que no tiene relevancia documental; lo anterior, sin perjuicio de conservar la resolución en la que se decretó la suspensión de plano respecto de los actos reclamados. Notifíquese

  • 10 de Octubre del 2018

    Por lo expuesto y fundado, se resuelve: ÚNICO. Se sobresee en el juicio de amparo 563/2018-I, promovido contra los actos que reclamó de la autoridad responsable, por las razones expuestas en el considerando segundo de esta sentencia

  • 10 de Octubre del 2018

    Actor: Director de Ejecución de Sentencias y Medidas Judiciales en el Estado de Chihuahua

    Demandado: Director de Ejecución de Sentencias y Medidas Judiciales en el Estado de Chihuahua

    Por lo expuesto y fundado, se resuelve: ÚNICO. Se sobresee en el juicio de amparo 563/2018-I, promovido contra los actos que reclamó de la autoridad responsable, por las razones expuestas en el considerando segundo de esta sentencia

  • 24 de Septiembre del 2018

    Agréguese el oficio signado por la agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este juzgado, con el que realiza sus alegatos referentes al presente asunto, por lo que se tienen por hechos, sin perjuicio de ser tomados en consideración en el momento procesal oportuno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley de Amparo. Como lo solicita la representante social adscrita, con fundamento en el artículo 278, del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles, expídanse en su oportunidad las copias que refiere, una vez que se resuelva el presente juicio y entréguense, previa identificación y toma razón de su recibo para que quede constancia en autos

  • 24 de Septiembre del 2018

    Actor: Hector Miranda Ramos

    Demandado: Director de Ejecución de Sentencias y Medidas Judiciales en el Estado de Chihuahua

    Agréguese el oficio signado por la agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este juzgado, con el que realiza sus alegatos referentes al presente asunto, por lo que se tienen por hechos, sin perjuicio de ser tomados en consideración en el momento procesal oportuno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley de Amparo. Como lo solicita la representante social adscrita, con fundamento en el artículo 278, del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles, expídanse en su oportunidad las copias que refiere, una vez que se resuelva el presente juicio y entréguense, previa identificación y toma razón de su recibo para que quede constancia en autos

  • 20 de Septiembre del 2018

    Visto el oficio signado por la Titular de la Delegación del Instituto Federal de la Defensoría Pública, con residencia en la ciudad de Chihuahua, mediante el cual da cumplimiento a lo solicitado en proveído de doce de los actuales y al efecto designa a la licenciada Sahara Janeth Hernández Alcántara, Defensora Pública Federal adscrita al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Chihuahua, para que asesore al quejoso en el presente juicio y se potencialice su derecho humano a una defensa adecuada

  • 20 de Septiembre del 2018

    Actor: Hector Miranda Ramos

    Demandado: Director de Ejecución de Sentencias y Medidas Judiciales en el Estado de Chihuahua

    Visto el oficio signado por la Titular de la Delegación del Instituto Federal de la Defensoría Pública, con residencia en la ciudad de Chihuahua, mediante el cual da cumplimiento a lo solicitado en proveído de doce de los actuales y al efecto designa a la licenciada Sahara Janeth Hernández Alcántara, Defensora Pública Federal adscrita al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Chihuahua, para que asesore al quejoso en el presente juicio y se potencialice su derecho humano a una defensa adecuada

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