Federal
> Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Hsbc México, Sociedad Anónima, Institución De Banca Múltiple, Grupo Financiero Hsbc México
Demandado: Juzgado Quinto De Distrito En Materia Mercantil, Especializado En Juicios De Cuantía Menor, Con Residencia En La Ciudad De México
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 312/2020 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Hsbc México, Sociedad Anónima, Institución De Banca Múltiple, Grupo Financiero Hsbc México en contra de Juzgado Quinto De Distrito En Materia Mercantil, Especializado En Juicios De Cuantía Menor, Con Residencia En La Ciudad De México en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 01 de Septiembre del 2020 y cuenta con 4 Notificaciones.
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Agréguese para que obre como corresponda el oficio del Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, por medio del cual remite el oficio del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, en la Ciudad de México, por que acusa recibo de las constancias que se le remitieron así como de la copia certificada de la sentencia dictada en el presente juicio de amparo. Lo anterior, toda vez que por acuerdo de diecinueve de noviembre de dos mil veinte, se le tuvo por acusando de los mismos y se ordenó el archivo del presente asunto. NOTIFÍQUESE POR LISTA A LAS PARTES CUANDO EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL LEVANTE LA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS JUDICIALES Y LABORES PRESENCIALES.
Agréguese a los autos para los fines legales procedentes el oficio que remite la autoridad responsable, a través del cual acusa recibo. Archívese este expediente como asunto concluido. Depúrese. Notifíquese.
ÚNICO. LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE.
Se admite a trámite la demanda. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Toda vez que la autoridad responsable corrió traslado a ***, ténganse como tercera interesada y cuenta con el plazo de quince días hábiles para presentar alegatos o promover amparo adhesivo ante este Tribunal Colegiado; en el entendido que de no comparecer a juicio, o de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones de su parte, éstas, aún las de carácter personal, se realizarán por medio de lista. Se tiene por rendido el informe justificado. Córrase traslado al Ministerio Público Federal. En cuanto a las pruebas que ofrece la parte quejosa, dígasele que éstas de desahogarán por su propia y especial naturaleza por lo que sólo serán tomadas en cuenta aquellas probanzas que hayan sido rendidas ante la autoridad responsable, a la luz de los conceptos de violación hechos valer. Conforme lo solicita la parte promovente, se tiene como su domicilio el que refiere; y únicamente como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las demás personas que indica. Túrnese el presente asunto al Magistrado que suscribe. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto. Se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/. NOTIFÍQUESE.
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