Federal
> Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Hugo Martín Cervantes Raab
Demandado: Jefe De Gobierno De La Ciudad De México
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 649/2016 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Hugo Martín Cervantes Raab en contra de Jefe De Gobierno De La Ciudad De México en el Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 19 de Abril del 2016 y cuenta con 60 Notificaciones.
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Vista la constancia de cuenta y tomando en consideración que el quejoso... no recurrió la sentencia... por virtud de la cual se sobreseyó el amparo... se declara que la misma ha causado estado. Remítase el expediente de que se trata al archivo como asunto total y definitivamente concluido. Notifíquese.
Audiencia... Resuelve sentencia.--único: se sobresee el presente juicio...
Por lo expuesto y fundado, se resuelve: ÚNICO. Se niega la suspensión definitiva. Notifíquese.
Vista la certificación que antecede y el estado de autos, se advierte que transcurrió el plazo de tres días otorgado al quejoso, para desahogar el requerimiento formulado en proveído de ocho de julio del año en curso, sin que a la fecha lo haya hecho.En consecuencia, se hace efectivo el apercibimiento decretado en proveído de mérito, por lo que se deja de tener con el carácter de autoridad responsable a la señalada por el quejoso como spendiéndose toda comunicación con la misma.Notifíquese.
Por lo expuesto y fundado, se resuelve: ÚNICO. Se niega la suspensión definitiva. Notifíquese
Demandado: Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
Por lo expuesto y fundado, se resuelve: ÚNICO. Se niega la suspensión definitiva. Notifíquese
Demandado: Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
Vista la certificación que antecede y el estado de autos, se advierte que transcurrió el plazo de tres días otorgado al quejoso, para desahogar el requerimiento formulado en proveído de ocho de julio del año en curso, sin que a la fecha lo haya hecho.En consecuencia, se hace efectivo el apercibimiento decretado en proveído de mérito, por lo que se deja de tener con el carácter de autoridad responsable a la señalada por el quejoso como spendiéndose toda comunicación con la misma.Notifíquese
Vista la constancia de cuenta, así como el estado de autos, se advierte que... se ordenó requerir al quejoso... En consecuencia, a fin de dar tiempo para que se practique dicha notificación y el quejoso desahogue la prevención formulada, se difiere la audiencia señalada para esta fecha y, en su lugar, se fijan las NUEVE HORAS CON CINCO MINUTOS DEL DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS para que tenga verificativo. Notifíquese.
Vista la constancia de cuenta, así como el estado de autos, se advierte que... se ordenó requerir al quejoso... En consecuencia, a fin de dar tiempo para que se practique dicha notificación y el quejoso desahogue la prevención formulada, se difiere la audiencia señalada para esta fecha y, en su lugar, se fijan las NUEVE HORAS CON CINCO MINUTOS DEL DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS para que tenga verificativo. Notifíquese
Demandado: Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
Vista la constancia de cuenta, así como el estado de autos, se advierte que... se ordenó requerir al quejoso... En consecuencia, a fin de dar tiempo para que se practique dicha notificación y el quejoso desahogue la prevención formulada, se difiere la audiencia señalada para esta fecha y, en su lugar, se fijan las NUEVE HORAS CON CINCO MINUTOS DEL DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS para que tenga verificativo. Notifíquese
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