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Humberto Méndez Ruiz | Junta Especial Número 3 De La Local Exp: 337/2019

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Humberto Méndez Ruiz
Demandado: Junta Especial Número 3 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 337/2019 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Humberto Méndez Ruiz en contra de Junta Especial Número 3 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 17 de Junio del 2019 y cuenta con 3 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 337/2019

  • 15 de Julio del 2019

    Puebla, Puebla, doce de julio de dos mil diecinueve. Téngase por recibido el oficio D-3/856/2013 signado por la Secretaria General "B" de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, mediante el cual acusa recibo del expediente laboral de origen y del testimonio de la ejecutoria dictada en el presente asunto. Se advierte que no existe trámite pendiente por realizar; consecuentemente, archívese este asunto y hágase la anotación correspondiente en el libro de gobierno. Por tanto, tomando en consideración que el presente juicio de amparo no es de relevancia documental, pues no se trata de un asunto de los que alude el considerando Décimo Sexto del Acuerdo General 2/2009, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, y atento a lo establecido en el Punto Vigésimo Primero del referido Acuerdo, se hace la declaratoria que es susceptible de depuración. Notifíquese.

  • 10 de Julio del 2019

    único. Se niega el amparo solicitado.

  • 17 de Junio del 2019

    Puebla, Puebla, catorce de junio de dos mil diecinueve. Vista la certificación que antecede, se advierte que trascurrió el plazo de quince días para que la parte tercera interesada promoviera amparo adhesivo, sin que lo haya hecho; en tales condiciones, túrnese el expediente a la ponencia del Magistrado que suscribe José Ybraín Hernández Lima, por haberme correspondido en el sorteo realizado el día de hoy.

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