Federal
> Segundo Tribunal Colegiado Del Trigésimo Circuito de Trigésimo Circuito
Actor: Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Demandado: Luis Nieto Gutiérrez
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Revisión fiscal
RESUMEN: El Expediente 302/2016 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Revisión Fiscal fue promovido por Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado en contra de Luis Nieto Gutiérrez en el Segundo Tribunal Colegiado Del Trigésimo Circuito en Circuito 30 (Aguascalientes). El Proceso inició el 07 de Julio del 2016 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Demandado: Luis Nieto Gutiérrez
Se notifica a las partes la ejecutoria de catorce de octubre de dos mil dieciséis, en la que se resuelve: PRIMERO.- Es infundado el recurso de revisión fiscal. SEGUNDO.- Se confirma la sentencia recurrida
Actor: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Demandado: Luis Nieto Gutiérrez
Túrnese el expediente en que se actúa a la ponencia del magistrado Luis Enrique Vizcarra González para que formule el proyecto de resolución correspondiente, dentro de los noventa días siguientes a que se refiere dicho precepto
Actor: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Demandado: Luis Nieto Gutiérrez
SE ADMITE EL RECURSO DE REVISIÓN FISCAL. Remítase copia del escrito de agravios al agente del Ministerio Público Federal de la adscripción, en términos del artículo 89 de la Ley de Amparo, en virtud de que dicho representante social no es parte en el juicio de nulidad tramitado ante la sala regional. Dese vista a las partes con el sentido del presente acuerdo, para que en el término de quince días contados a partir del día siguiente a que surta efectos la notificación de este auto, si lo estiman conveniente, hagan valer el recurso adhesivo a que refiere el último punto del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Finalmente, en términos de los artículos 8, 13 y 18, fracción II, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y 5, 6, 7, 8 y 9 del Título Segundo del Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, para la aplicación de la citada ley, es pública la información que tiene bajo su resguardo este tribunal y las partes únicamente pueden oponerse a la publicación de sus datos personales, salvo su nombre en los términos y casos a que se refieren los preceptos antes invocados
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