Federal
> Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Sonora de Quinto Circuito
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial De Conciliación Y Arbitraje Del Noreste Del Estado Cd. .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 489/2022 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Instituto Mexicano Del Seguro Social en contra de Junta Especial De Conciliación Y Arbitraje Del Noreste Del Estado Cd. en el Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Sonora en Circuito 5 (Sonora). El Proceso inició el 13 de Diciembre del 2022 y cuenta con 4 Notificaciones.
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Actor: Instituto Mexicano del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial de Conciliación y Arbitraje del Noreste del Estado Cd. .
Se agrega oficio que envía la Secretaria del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, con residencia en Hermosillo, Sonora, mediante el cual adjunta copia certificada de la resolución de treinta y uno de agosto del año en curso, dictada en el recurso de queja laboral 208/2022, relativa al juicio de amparo indirecto 489/2022, promovido por Luis Carlos Solís Vargas, en carácter de apoderado y representante legal del Instituto Mexicano del Seguro Social, contra actos de autoridades; se hace saber a las partes que los puntos resolutivos de la sentencia señalada, son los siguientes: "ÚNICO. Es INFUNDADO el recurso de queja interpuesto por el INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, contra el auto de siete de diciembre de dos mil veintidós, dictado por la Jueza Cuarto de Distrito en el Estado de Sonora, con sede en Nogales, en los autos del juicio de amparo indirecto 489/2022." Se ordena archivar el presente expediente como asunto concluido.
Se agrega oficio que envía el Actuario del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, con residencia en Hermosillo, Sonora, donde se informa que se admitió el recurso de queja.
se practica notificación por lista a la parte quejosa del auto diecinueve de los corrientes que dice: "Se tiene al apoderado de la parte quejosa, interponiendo recurso de queja y se le ordena dar vista a las partes con la interposición del citado recurso. Remítasele el original del juicio al Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo, de Hermosillo, Sonora, para la substanciación del recurso y se rinde el informe de ley.
Se practica notificación por lista a la parte quejosa, del auto de siete de diciembre del año en curso que dice: "De la lectura integral del escrito que se atiende, lo procedente es desecharla de plano, por actualizarse un motivo de improcedencia notorio y manifiesto. se tiene señalando domicilio procesal y autorizados.
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