Características del servicio

Instituto Mexicano Del Seguro Social | Junta Especial Número 33 Exp: 169/2017

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social
Demandado: Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 169/2017 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Instituto Mexicano Del Seguro Social en contra de Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 09 de Marzo del 2017 y cuenta con 5 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

 

Buscar Antecedentes
Legales y Expedientes

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 169/2017

  • 02 de Junio del 2017

    PRIMERO. En el juicio principal, la Justicia Federal NO AMPARA NI PROTEGE al Instituto Mexicano del Seguro Social, contra el laudo de dos de febrero de dos mil diecisiete, emitido por la Junta Especial Treinta y Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Puebla, así como actos de ejecución atribuidos a la Presidenta y Actuaria adscrita a la citada junta, en el expediente laboral 14/2015, en términos del octavo considerando de esta ejecutoria. SEGUNDO. Se declara sin materia el juicio de amparo adhesivo promovido por Víctor Manuel Cisneros Reyes, contra el laudo de dos de febrero de dos mil diecisiete, emitido por la Junta Especial Treinta y Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Puebla, en el expediente laboral 14/2015, en términos del penúltimo considerando de esta ejecutoria.

  • 21 de Abril del 2017

    Puebla, Puebla, veinte de abril de dos mil diecisiete. trascurrió el término concedido a la parte quejosa para que manifestara lo que a su interés conviniera respecto al amparo adhesivo promovido en autos, el presente correspondió al Magistrado Miguel Ángel Ramos Pérez, túrnense los autos a la ponencia a su cargo, a fin de que elabore el proyecto de resolución.

  • 03 de Abril del 2017

    Puebla, Puebla, treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete. Téngase por recibido el escrito de Víctor Manuel Cisneros Reyes a través de su apoderada Soledad García López, en su carácter de parte tercera interesada en el presente juicio de garantías; mediante el cual promueve amparo adhesivo. ADMISIÓN DE AMPARO ADHESIVO se admite a trámite la demanda de amparo adhesiva promovida por Víctor Manuel Cisneros Reyes a través de su apoderada Soledad García López, la cual debe seguir la misma suerte procesal del amparo directo promovido por el Instituto Mexicano del Seguro Social. DOMICILIO PARA OIR NOTIFICACIONES Y AUTORIZADO DE LA PARTE QUEJOSA Como lo solicita la parte adherente, se le tiene por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica en su escrito y autorizados. NOTIFICACIÓN A LAS PARTES Notifíquese esta determinación al agente del Ministerio Público de la Federación, parte tercera interesada y parte quejosa por lista, según lo dispone el artículo 26 fracción III de la Ley de Amparo; asimismo, dígasele al último de los nombrados, que queda a su disposición copia de la demanda de amparo adhesivo en las oficinas de la Secretaría de Acuerdos de este tribunal de alzada, para que exprese lo que a su interés convenga dentro del término de tres días, conforme a lo establecido en el artículo 297 fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia.

  • 15 de Marzo del 2017

    Puebla, Puebla, catorce de marzo de dos mil diecisiete Agréguese el oficio signado por la Presidenta de la Junta Especial Número Treinta y Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Puebla, por medio del cual informa: a) No existe alguna otra demanda de garantías promovida por las partes en el procedimiento laboral, diversa del quejoso, en contra del laudo aquí reclamado; y, b) Considera que hasta el momento no se actualiza causal de improcedencia. Asimismo, téngase por recibido el alegato signado por el agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a este tribunal colegiado, se tienen por hechas sus manifestaciones que, en su caso, serán tomadas en consideración en el momento procesal oportuno. Por lo que se refiere a la solicitud de copias del fallo que se emita en el presente asunto, dígasele que una vez que esto acontezca y previa reiteración de su petición, se acordará lo procedente.

  • 09 de Marzo del 2017

    Puebla, Puebla, ocho de marzo de dos mil diecisiete. Ténganse por recibidos los oficios 278/2017-5.AD y 279/2017-5.AD signados por la Presidenta y Actuaria de la Junta Especial Número Treinta y Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla; por los que rinden informe justificado y la primera remite la demanda de amparo promovida por el Instituto Mexicano del Seguro Social por conducto de su apoderada Gabriela García Sánchez, en contra del laudo de dos de febrero de dos mil diecisiete y su ejecución por parte de la Presidenta y Actuaria adscritas a la junta responsable, únicamente como consecuencia del dictado de esa determinación final y no por vicios propios. ADMISIÓN la demanda se presentó oportunamente, se admite y se ordena registrarla con el número 169/2017. EMPLAZAMIENTO AL TERCERO INTERESADO Se tiene por emplazado a Víctor Manuel Cisneros Reyes en su carácter de tercero interesado. MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN En términos del artículo 5°, fracción IV, de la Ley de Amparo, dese al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a este tribunal la intervención que el numeral de mérito le confiere. DOMICILIO PARA OIR NOTIFICACIONES Y AUTORIZADOS DE LA PARTE QUEJOSA Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica en su escrito de demanda y autorizados. PROTECCIÓN DE DATOS De conformidad con los numerales 16, 68 y 71 de la Ley Federal, así como el diverso 73 de la Ley General, ambas de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se hace de conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación está obligado a proteger los datos personales que obren en su poder, así como a poner a disposición del público y actualizar las versiones públicas de las sentencias que sean de interés público, en las cuales la información clasificada -reservada o confidencial- que obre en la misma no puede ser objeto de publicación. NOTIFICACIÓN A LAS PARTES Y AMPARO ADHESIVO Notifíquese esta determinación al agente del Ministerio Público de la Federación, a la parte quejosa y tercera interesada por lista, según lo dispone el artículo 26, fracción III de la Ley de Amparo. Asimismo, hágase saber a las partes que conforme al diverso numeral 181, de la ley de la materia, cuentan con un plazo de quince días para formular alegatos y además la parte tercera interesada para promover amparo adhesivo. En el entendido de que la falta de amparo adhesivo de quien obtuvo sentencia favorable, hará que precluya su derecho para alegar posteriormente las violaciones procesales que se hubieren cometido en su contra.

antecedentes
“Por varias razones, sospechaba que mi abogado no estaba haciendo su trabajo correctamente… gracias a PoderJudicialVirtual.com me siento muy tranquilo porque doy cuenta de todo. He cambiado de abogado y pude evitar perder mucho dinero.” Alfonso Suárez Ingeniero Civil
antecedentes
“Hoy en día es difícil confiar en cada persona que uno conoce. Gracias a PoderJudicialVirtual.com estoy enterada de todo lo que debo saber de las personas importantes en mi vida.” Karla Estrada Estudiante de Maestría
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4