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Instituto Mexicano Del Seguro Social | Junta Especial Número 33 Exp: 217/2016

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social
Demandado: Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla Y Otros.
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 217/2016 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Instituto Mexicano Del Seguro Social en contra de Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla Y Otro en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 02 de Mayo del 2016 y cuenta con 8 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 217/2016

  • 10 de Enero del 2017

    Puebla, Puebla, nueve de enero de dos mil diecisiete. Transcurrió el término de quince días sin que las partes hubieren interpuesto recurso de inconformidad contra la resolución que tuvo por cumplida la ejecutoria, archívese este asunto. se hace la declaratoria que es susceptible de depuración. Finalmente, en virtud de que al admitir este juicio, se ordenó formar expediente auxiliar y dado lo ordenado en los párrafos que preceden, se hace la declaratoria que es susceptible de destrucción por lo que una vez que hayan transcurrido más de seis meses de haberse archivado este asunto, destrúyase el cuaderno auxiliar en comento.

  • 30 de Noviembre del 2016

    ÚNICO. Se tiene por cumplida la ejecutoria dictada por este tribunal en sesión de cinco de agosto de dos mil dieciséis.

  • 09 de Noviembre del 2016

    Puebla, Puebla, ocho de noviembre de dos mil dieciséis. Vista la razón de cuenta que antecede, se hace del conocimiento de las partes que por acuerdo de sesión ordinaria celebrada el cinco de octubre del año en curso, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal determinó la comisión temporal del Magistrado Miguel Ángel Ramos Pérez a este Tribunal Colegiado, en sustitución de la Magistrada Emma Herlinda Villagómez Ordóñez, con efectos a partir del uno de noviembre del año en curso, hasta en tanto lo determine el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal. Toda vez que el presente asunto se encuentra turnado, devuélvase de inmediato a la Ponencia correspondiente.

  • 29 de Septiembre del 2016

    Puebla, Puebla, veintiocho de septiembre de dos mil dieciséis. Téngase por recibido el oficio signado por la responsable, por el que remite copia certificada del laudo de veinte de septiembre del año en curso. dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días, expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicho laudo.

  • 22 de Septiembre del 2016

    Puebla, Puebla, veintiuno de septiembre de dos mil dieciséis. ha transcurrido a la fecha el término sin que se haya recibido en este tribunal colegiado constancia alguna sobre su dictado del laudo, requiérase a la Junta Especial Número Treinta y Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Puebla, para que en el término improrrogable de tres días remita testimonio del laudo que haya emitido.

  • 22 de Agosto del 2016

    Puebla, Puebla, diecinueve de agosto de dos mil dieciséis. Agréguese el oficio signado por la responsable, mediante el cual se advierte que dejó insubsistente el laudo de ocho de marzo de dos mil dieciséis y se turnaron los autos para el dictado del laudo; requiérasele para que una vez que emita el laudo correspondiente, remita de manera inmediata a este órgano colegiado, copia certificada de la constancia que así lo acredite.

  • 17 de Agosto del 2016

    PRIMERO. Se SOBRESEE en el presente juicio de amparo promovido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, por conducto de su apoderada, contra el acto reclamado a la autoridad responsable, por las razones expuestas en el considerando quinto de esta ejecutoria. SEGUNDO. Para los efectos precisados, la Justicia de la Unión ampara y protege al Instituto Mexicano del Seguro Social, por conducto de su apoderada, contra el laudo de ocho de marzo de dos mil dieciséis dictado por la Junta Especial Número Treinta y Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, en el expediente laboral 1883/2010, por las razones expuestas en el último considerando de esta ejecutoria. TERCERO. Requiérase sin demora a la junta responsable, para que cumpla con la presente ejecutoria en los términos indicados en la parte final del último considerando de la misma.

  • 02 de Mayo del 2016

    Puebla, Puebla, veintinueve de abril de dos mil dieciséis. trascurrió el término de quince días para que la parte tercera interesada promoviera amparo adhesivo; en tales condiciones, y toda vez que del sorteo de asuntos para turno el presente correspondió al Magistrado Miguel Mendoza Montes, con fundamento en el diverso 183 de la legislación de la materia, túrnense los autos a la ponencia a su cargo, a fin de que elabore el proyecto de resolución.

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