Federal
> Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social
Demandado: Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla Y Otros.
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 317/2018 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Instituto Mexicano Del Seguro Social en contra de Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla Y Otro en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 07 de Mayo del 2018 y cuenta con 6 Notificaciones.
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Puebla, Puebla, seis de noviembre de dos mil dieciocho. Transcurrió el término de quince días sin qu
Puebla, Puebla, tres de septiembre de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio signado por la responsable, por el que remite copia certificada del laudo de dieciséis de agosto del año en curso. dese vista a las partes, para que dentro del término de diez días, expresen lo que a su interés corresponda, debiendo correrles traslado con copia certificada de dicho laudo.
Puebla, Puebla, nueve de agosto de dos mil dieciocho. Agréguese el oficio signado por la responsable, mediante el cual, adjunta copia certificada del proveído del que se advierte que dejó insubsistente el laudo de cuatro de abril de dos mil dieciocho y se turnaron los autos para el dictado del laudo; requiérasele para que una vez que emita el laudo correspondiente, remita de manera inmediata a este órgano colegiado, copia certificada de la constancia que así lo acredite.
Puebla, Puebla, catorce de junio de dos mil dieciocho. túrnese el presente asunto a la ponencia del Magistrado Miguel Mendoza Montes, quien resolvió el antecedente del presente asunto, con fundamento en el diverso 183 de la legislación de la materia, a fin de que se elabore el proyecto de resolución correspondiente.
Puebla, Puebla, veintinueve de mayo de dos mil dieciocho. se hace saber a las partes que a partir de
Puebla, Puebla, cuatro de mayo de dos mil dieciocho. Ténganse por recibidos los oficios 580/2018-5.AD y 581/2018-5.AD, signados por la Presidenta y Actuaria de la Junta Especial Número Treinta y Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Puebla; por los que rinden informe justificado y la primera remite el escrito de presentación y la demanda de amparo promovida por el Instituto Mexicano del Seguro Social, por conducto de su apoderada Claudia Alejandra Olvera Juárez, en contra del laudo de cuatro de abril de dos mil dieciocho, y su ejecución por parte de la Presidenta y Actuaria adscritas a la junta responsable, únicamente como consecuencia del dictado de esa determinación final, y no por vicios propios. ADMISIÓN se admite por los actos precisados con anterioridad y se ordena registrarla con el número 317/2018. EMPLAZAMIENTO AL TERCERO INTERESADO Se tiene por emplazado a Juan Manuel García Rocha, en su carácter de tercero interesado. MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN En términos del artículo 5°, fracción IV, de la Ley de Amparo, dese al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a este tribunal la intervención que el numeral de mérito le confiere. DOMICILIO PARA OIR NOTIFICACIONES Y AUTORIZADOS DE LA PARTE QUEJOSA Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica en su escrito de demanda y autorizados. PROTECCIÓN DE DATOS De conformidad con los numerales 16, 68 y 71 de la Ley Federal, así como el diverso 73 de la Ley General, ambas de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se hace de conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación está obligado a proteger los datos personales que obren en su poder, así como a poner a disposición del público y actualizar las versiones públicas de las sentencias que sean de interés público, en las cuales la información clasificada -reservada o confidencial- que obre en la misma no puede ser objeto de publicación. INTEGRACION DE ESTE TRIBUNAL COLEGIADO Se hace saber a las partes que este Tribunal Colegiado se encuentra integrado por los Magistrados Francisco Esteban González Chávez (Presidente), Miguel Mendoza Montes y Miguel Ángel Ramos Pérez. NOTIFICACIÓN A LAS PARTES Y AMPARO ADHESIVO Notifíquese esta determinación al agente del Ministerio Público de la Federación de la adscripción, a la parte quejosa y tercera interesada por lista, según lo dispone el artículo 26, fracción III de la Ley de Amparo. Asimismo, hágase saber a las partes que conforme al diverso numeral 181, de la ley de la materia, cuentan con un plazo de quince días para formular alegatos y además la parte tercera interesada para promover amparo adhesivo. En el entendido de que la falta de amparo adhesivo de quien obtuvo sentencia favorable, hará que precluya su derecho para alegar posteriormente las violaciones procesales que se hubieren cometido en su contra.
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