Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3720/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Instituto Mexicano Del Seguro Social en contra de Junta Especial Número Ocho Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 01 de Diciembre del 2023 y cuenta con 17 Notificaciones.
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Actor: Instituto Mexicano del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Vista la certificación, se declara que ha causado ejecutoria la sentencia dictada en este juicio. Archívese este expediente como asunto totalmente concluido. En razón de que no obran documentos originales en el expediente principal, no se actualiza la obligación de notificar personalmente a la parte quejosa para que recuperen este tipo de papeles. Valoración del cuaderno original del incidente de suspensión. Destruible y deberá conservarse en el archivo de este Juzgado durante tres años. agréguese copia autorizada del presente proveído, al cuaderno incidental para los efectos legales conducentes. Devuélvase a la autoridad responsable el tomo de pruebas formado, en el entendido de que la anotación de su recepción en el sello correspondiente hará las veces de acuse de recibo. NOTIFÍQUESE.
Actor: Instituto Mexicano del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. Se SOBRESEE en el juicio. Notifíquese.
Actor: Instituto Mexicano del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por el Director delo Contencioso adscrito a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, por medio del cual desahoga el requerimiento formulado en autos, sin que haya lugar a dictar mayor proveído, en virtud de que en auto de veintiuno de mayo de la presente anualidad, se tuvo por apersonada a la tercera interesada ... se deja sin efectos el apercibimiento decretado para el órgano autónomo oficiante. ya que la información contenida en el anexo del oficio de cuenta contiene datos personales que permiten hacer identificable a la tercera interesada, en consecuencia, conforme lo prevé la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, se instruye a la Secretaria, para que los documentos que contienen dichos datos o cualquier otro considerado como información confidencial, se guarden en sobre cerrado. NOTIFÍQUESE.
Actor: Instituto Mexicano del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Vista la certificación, SE DIFIERE la audiencia constitucional señalada para el día de hoy, y en su lugar se fijan las nueve horas con cuarenta y dos minutos del uno de julio de dos mil veinticuatro, para su celebración. NOTIFÍQUESE.
Actor: Instituto Mexicano del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos únicamente para que obren como constancia, los oficios signados por el Director de Desarrollo Catastral de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Tesorería de la Ciudad de México, así como la Subdirectora de Seguimiento de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, por medio de los cuales desahogan el requerimiento formulado en autos, sin que haya lugar a dictar mayor proveído, en virtud de que en auto de veintiuno de mayo del año en curso, se tuvo por apersonada a la tercera interesada. se deja sin efectos el apercibimiento decretado para los órganos autónomos oficiantes. ya que la información contenida en el anexo adjunto del oficio de cuenta de la Subdirectora de Seguimiento de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores contienen datos personales sensibles, se instruye a la Secretaria, para que se guarden en sobre cerrado. NOTIFÍQUESE.
Actor: Instituto Mexicano del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos el oficio signado por el Responsable de CFE Suministrador de Servicios Básicos de Clientes de la Comisión Federal de Electricidad, por medio de la cual desahoga el requerimiento formulado en autos, sin que haya lugar a dictar mayor proveído, en virtud de que en auto de veintiuno de mayo del año en curso, se tuvo por apersonada a la tercera interesada... Sobre esa línea, se deja sin efectos el apercibimiento decretado para el órgano autónomo oficiante. NOTIFÍQUESE.
Actor: Instituto Mexicano del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos únicamente para que obren como constancia, el oficio signado por la Jefa de Unidad Departamental de Gestión Tributaria "13", de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Tesorería de la Ciudad de México, por medio de la cual desahoga el requerimiento formulado en autos, sin que haya lugar a dictar mayor proveído, en virtud de que en auto de veintiuno de mayo del año en curso, se tuvo por apersonada a la tercera interesada. Sobre esa línea, se deja sin efectos el apercibimiento decretado para el órgano autónomo oficiante. NOTIFÍQUESE.
Actor: Instituto Mexicano del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos únicamente para que obren como constancia, los oficios signados por la Jefa de la Unidad Departamental de Legislación de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, Tesorero de la Ciudad de México, así como el Subadministrador de Operación de Padrones adscrito a la Administración General de Servicios al Contribuyente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por medio de los cuales desahogan el requerimiento formulado en autos, sin que haya lugar a dictar mayor proveído, en virtud de que en auto de veintiuno de mayo del año en curso, se tuvo por apersonada a la tercera interesada. se deja sin efectos el apercibimiento decretado para los órganos autónomos oficiantes. ya que la información contenida en el anexo adjunto del oficio de cuenta del Subadministrador de Operación de Padrones adscrito a la Administración General de Servicios al Contribuyente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público contienen datos personales sensibles, se instruye a la Secretaria, para que se guarden en sobre cerrado. NOTIFÍQUESE.
Actor: Instituto Mexicano del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos el escrito signado por el apoderado legal de la tercera interesada, personalidad que se le reconoce en términos del artículo 11 de la Ley de Amparo; en esas condiciones, se le tiene por apersonado en el presente juicio de amparo. se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica. téngase como sus autorizados de la parte tercero interesada, a las personas que refiere, en los términos que solicita. Se tienen por señalados el número telefónico y los correos electrónicos que proporciona la parte tercero interesada para los efectos legales conducentes. con fundamento en el artículo 124 de la Ley de la materia, se tienen por hechas sus manifestaciones en vía de alegatos. Relaciónense en la audiencia constitucional. NOTIFÍQUESE.
Actor: Instituto Mexicano del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial Número Ocho Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos la razón de cuenta por la que la fedataria de la adscripción manifestó la imposibilidad que tuvo para emplazar a la tercera interesada ... se ordena girar oficio a la 1. Administración General de Servicios al Contribuyente, dependiente del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 2. Tesorería de la Ciudad de México; 3. Comisión Federal de Electricidad; 4. Secretaría de Movilidad del Gobierno de la Ciudad de México; 5. Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública; y, 6. Instituto Nacional Electoral, para que en auxilio de las labores de este juzgado federal, dentro del plazo de tres días, contado a partir de la legal notificación de este proveído, se avoquen a la localización o búsqueda del domicilio que tengan registrado a favor de la tercero interesada ... y el resultado de dicha investigación lo hagan del inmediato conocimiento de este órgano jurisdiccional. Se apercibe a las autoridades y organismos requeridos. Queda apercibida la parte quejosa. NOTIFÍQUESE.
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