Federal
> Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial Número Sesenta De La Federal De Conciliación Y Arbitraje, Con Sede En Esta Ciudad .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1660/2023 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Instituto Mexicano Del Seguro Social en contra de Junta Especial Número Sesenta De La Federal De Conciliación Y Arbitraje, Con Sede En Esta Ciudad en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 28 de Junio del 2023 y cuenta con 13 Notificaciones.
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Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad .
Reynosa, Tamaulipas, veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro.****************************************Vista la certificación secretarial que antecede, de la cual se advierte que ha transcurrido en exceso el término de diez días que refiere el artículo 86 de la Ley de Amparo, sin que la sentencia de treinta de enero de dos mil veinticuatro, que negó el amparo y protección de la justicia federal a la parte quejosa, haya sido recurrida por dicha parte, que es a quien le pudo irrogar agravios; por tanto, con fundamento en el artículo 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se declara que dicha sentencia constitucional HA CAUSADO EJECUTORIA para todos los efectos legales procedentes. Por tanto, archívense las actuaciones como asunto totalmente concluido, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 214 de la Ley de Amparo, aplicado en sentido contrario. * Notifíquese.
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad .
Por lo expuesto y fundado, con apoyo además en los artículos 1, 2, 37, 73, 74. 75, 76 y 77 de la Ley de Amparo, se R E S U E L V E: Primero. La Justicia de la Unión no ampara ni protege al ********************, en el juicio de amparo 1660/2023, y su acumulado 1671/2023, respecto del acto reclamado a la autoridad responsable; por los motivos legales y para los efectos expuestos en el quinto considerando de esta sentencia. Segundo. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a ********************, en el juicio de amparo 1660/2023, y su acumulado 1671/2023, respecto del acto reclamado a la autoridad responsable; por los motivos legales y para los efectos expuestos en el último considerando de esta sentencia.
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad .
--- Audiencia Constitucional ---
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad .
Reynosa, Tamaulipas, veinticinco de julio de dos mil veintitrés. Vista la certificación secretarial que antecede, se advierte la imposibilidad de celebrar la audiencia constitucional señalada para el día de hoy, en virtud de que el tercero interesado Victoreen de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, no ha tenido a la vista las constancias que obran en el expediente con la anticipación debida, es decir, de al menos ocho días antes de la fecha para la celebración de la audiencia de ley, a que alude el artículo 117 de la ley de amparo. Para dar oportunidad a lo anterior, se difiere la audiencia constitucional y se fijan las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL VEINTIOCHO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTITRÉS, para su verificativo. Por otro lado, téngase por recibido el oficio 366/2023, firmado electrónicamente por la Secretaria del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Matamoros, mediante el cual devuelve debidamente diligenciado el exhorto 286/2023/I/A, orden 371/2023, del índice de este juzgado; por lo que, agréguese a los presentes autos para que obre como en derecho corresponda; háganse las anotaciones necesarias en el Libro Cuatro de Juzgado y la captura en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes; sin que sea necesario acusar recibo, en virtud de que no lo solicitó la autoridad exhortada, aunado a que el propio sistema lo genera. Finalmente, téngase por recibido el escrito signado por ********************; en atención a su contenido y con fundamento en el artículo 124 de la Ley de Amparo, téngasele formulando diversas manifestaciones a manera de alegatos; mismos que se tienen por reproducidos y en su caso, se tomarán en consideración al momento de resolver el presente juicio. Notifíquese. Así lo proveyó y firma Juan Fernando Alvarado López, Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa, ante Miriam del Rosario Morales Morales, Secretaria que autoriza y da fe.
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad .
Reynosa, Tamaulipas, veinte de julio de dos mil veintitrés. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio 362/2023, firmado electrónicamente por la Secretaria del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Matamoros, mediante el cual devuelve debidamente diligenciado el exhorto 290/2023/I/A, del índice de este juzgado; agréguese a los presentes autos para que obre como en derecho corresponda; háganse las anotaciones necesarias en el Libro Cuatro de Juzgado y la captura en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes; sin que sea necesario acusar recibo, en virtud de que no lo solicitó la autoridad exhortada, aunado a que el propio sistema lo genera. Notifíquese. Así lo proveyó y firma Juan Fernando Alvarado López, Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa, ante Miriam del Rosario Morales Morales, Secretaria que autoriza y da fe.
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad .
Reynosa, Tamaulipas, diecinueve de julio de dos mil veintitrés. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el escrito signado por Leticia Zapata Lara representante de Hugo Humberto Rodríguez García, por medio del cual en cumplimiento a lo ordenado en auto de siete de julio del año en curso, señala domicilio para efecto de oír y recibir notificaciones; por tanto, se toma nota del domicilio que indica en su ocurso, y se autoriza que las subsecuentes notificaciones de carácter personal le sean realizadas en dicho domicilio.
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad .
...REPUBLICACIÓN...Reynosa, Tamaulipas, diez de julio de dos mil veintitrés. Téngase por recibido el escrito firmado por Víctor Anguiano Moctezuma, apoderado y representante legal del Instituto Mexicano del Seguro Social, a través del cual cumple con el requerimiento de tres de julio de dos mil veintitrés, proporcionando domicilio donde emplazar al tercero interesado Hugo Humberto Rodríguez García, ubicado en Boulevard del Maestro, número ciento treinta, entre Elías Piñ******************** En consecuencia, con fundamento en el artículo 26, fracción I, inciso b), de la ley de la materia, se comisiona al Actuario de la adscripción para que lleve a cabo el emplazamiento a juicio de la parte tercero interesada, corriéndole traslado con copia de la demanda de amparo, autorizada del auto admisorio; de igual forma, deberá requerirle para que dentro del término de tres días, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, señale domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, sin ulterior acuerdo se le realizarán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado y en el portal de internet del Poder Judicial de la Federación, en términos del artículo 29, de la Ley de Amparo y 305 de Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia. Notifíquese, y personalmente al tercero interesado.
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad .
Reynosa, Tamaulipas, diez de julio de dos mil veintitrés. Téngase por recibido el escrito firmado por Víctor Anguiano Moctezuma, apoderado y representante legal del Instituto Mexicano del Seguro Social, a través del cual cumple con el requerimiento de tres de julio de dos mil veintitrés, proporcionando domicilio donde emplazar al tercero interesado Hugo Humberto Rodríguez García, ubicado en Boulevard del Maestro, número ciento treinta, entre Elías Piñ******************** En consecuencia, con fundamento en el artículo 26, fracción I, inciso b), de la ley de la materia, se comisiona al Actuario de la adscripción para que lleve a cabo el emplazamiento a juicio de la parte tercero interesada, corriéndole traslado con copia de la demanda de amparo, autorizada del auto admisorio; de igual forma, deberá requerirle para que dentro del término de tres días, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, señale domicilio en esta ciudad, para oír y recibir notificaciones con el apercibimiento que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, sin ulterior acuerdo se le realizarán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado y en el portal de internet del Poder Judicial de la Federación, en términos del artículo 29, de la Ley de Amparo y 305 de Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia. Notifíquese, y personalmente al tercero interesado. Así lo proveyó y firma Juan Fernando Alvarado López, Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa, ante Julio César Cruz García, Secretario que autoriza y da fe.
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad .
R E S U E L V E: PRIMERO. Se NIEGA LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA al INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, por los motivos legales expuestos en el considerando tercero de esta resolución. SEGUNDO. Se CONCEDE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA al INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, por lo que hace al acto reclamado y autoridad responsable, por los motivos legales y para los efectos jurídicos indicados en el considerando cuarto de la presente interlocutoria. Notifíquese personalmente. Así lo proveyó y firma Juan Fernando Alvarado López, Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa, ante Julio César Cruz García, Secretario que autoriza y da fe. amsg
Actor: Instituto Mexicano Del Seguro Social .
Demandado: Junta Especial número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad .
Reynosa, Tamaulipas, cuatro de julio de dos mil veintitrés. Visto lo de cuenta, con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, téngase a la autoridad responsable Junta Especial número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad, rindiendo su informe justificado; asimismo, con apoyo en el numeral 119 de la ley de la materia, se tienen como pruebas documentales las constancias que anexó a su informe; con lo anterior, dese vista a las partes, sin perjuicio de su relación en la audiencia constitucional. Notifíquese. Así lo proveyó y firma Juan Fernando Alvarado López, Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa, ante Julio César Cruz García, Secretario que autoriza y da fe.
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