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Isela Lara Badillo . | Junta Especial Número Uno De La Local Exp: 3428/2023

Federal > Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Isela Lara Badillo .
Demandado: Junta Especial Número Uno De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México Y Otros.. | Actuario Adscrito A La Junta Especial Número Uno De La Local De Conciliación Y Arbitraje De La Ciudad De México (actualmente Junta Especial "a" De La Local De Conciliación Y Arbitraje De La Ciudad De México) Y Otros..
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 3428/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Isela Lara Badillo en contra de Junta Especial Número Uno De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 10 de Noviembre del 2023 y cuenta con 8 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 3428/2023

  • 30 de Enero del 2024

    Actor: Isela Lara Badillo .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..

    Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. En ese contexto, atendiendo a los efectos y términos para los cuales se concedió la Protección Federal a la parte quejosa, se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido, previas las anotaciones respectivas que se hagan en el libro de registro de juicios de amparo de este Juzgado. Agréguese a los autos únicamente para que obre como corresponde, el oficio enviado por la autoridad responsable, remite copia certificada con firmas autógrafas de la audiencia de ofrecimiento y admisión de pruebas, celebrada el veinticinco de enero de dos mil veinticuatro; en virtud de que tal y como se advierte de párrafos que anteceden, en esta fecha se tiene por cumplida el fallo protector. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.

  • 17 de Enero del 2024

    Actor: Isela Lara Badillo .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..

    Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.

  • 10 de Enero del 2024

    Actor: Isela Lara Badillo .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..

    Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.

  • 07 de Diciembre del 2023

    Actor: Isela Lara Badillo .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..

    VISTOS PARA RESOLVER: PRIMERO. SE SOBRESEE EN EL JUICIO DE AMPARO. SEGUNDO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.

  • 22 de Noviembre del 2023

    Actor: Isela Lara Badillo .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..

    Agréguense a los autos los oficios que remiten las autoridades responsables, mediante los cuales rinden su informe justificado; en su apoyo, la junta remite copia certificada de diversas documentales del juicio natural, en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónense en la audiencia constitucional. Notifíquese.

  • 17 de Noviembre del 2023

    Actor: Isela Lara Badillo .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..

    Agréguese a los autos la razón de cuenta por la que la fedataria de la adscripción manifestó la imposibilidad que tuvo para emplazar a la tercera interesada indicada en la cuenta, y provéase lo conducente, en su caso, en la audiencia constitucional que se celebre. Notifíquese.

  • 15 de Noviembre del 2023

    Actor: Isela Lara Badillo .

    Demandado: Actuario adscrito a la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México (Actualmente Junta Especial "A" de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México) y Otros..

    SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA CON EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO A LA TERCERA INTERESADA REFERIDA, EL ACUERDO DE NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS: "Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las DIEZ HORAS CON CUATRO MINUTOS DEL SEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de terceros interesados a los mencionados en la demanda de amparo. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que emplace a los terceros interesados, en los domicilios que se señalan para tal efecto en la demanda. Notifíquese; y emplácese."

  • 10 de Noviembre del 2023

    Actor: Isela Lara Badillo .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..

    Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las DIEZ HORAS CON CUATRO MINUTOS DEL SEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de terceros interesados a los mencionados en la demanda de amparo. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que emplace a los terceros interesados, en los domicilios que se señalan para tal efecto en la demanda. Notifíquese; y emplácese.

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