Federal
> Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Jaime Garcia Esquivel.
Demandado: Ejercito Mexicano, Destacamentado San Juan Río, Queretaro .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 541/2017 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Jaime Garcia Esquivel en contra de Ejercito Mexicano, Destacamentado San Juan Río, Queretaro en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 05 de Junio del 2017 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio 22542, enviado por el Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas, con sede en Tapachula de Córdova, mediante el cual devuelve debidamente diligenciado el exhorto 418/2017/II/A, del índice de este juzgado; acúsese recibo, háganse las anotaciones necesarias en el Libro Cuatro de Juzgado y en el sistema integral del seguimiento de expedientes, y agréguese a los autos del juicio en que se actúa sólo para que obre como en derecho corresponda, toda vez que el dos de junio del año en curso, se ordenó el archivo del presente expediente.
...Visto lo de cuenta, se tiene por recibido el oficio 20088, enviado por el Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas, con sede en Tapachula de Córdova y Ordoñez, por medio del cual acusa recibo del exhorto, derivado del expediente en que se actúa, que se envió para notificar el proveído de veinticuatro de mayo del año en curso, al quejoso ,agréguese a los autos el oficio de cuenta para que obre como en derecho corresponda, y se está a la espera de dicha comunicación oficial.
Téngase por recibido el oficio 21580/2017, enviado por el Juez Sexto de Distrito de Amparos y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, con sede en Querétaro, mediante el cual acusa recibo del oficio 8850/2017-IV, por cuyo medio se le remitieron los autos del juicio de amparo 541/2017-II, promovido por ******************** en virtud de que en proveído de veinticuatro de mayo de dos mil diecisiete, este órgano jurisdiccional declaró que no tenía competencia legal para seguir conociendo del juicio de amparo, ahora bien, toda vez que la autoridad oficiante hace del conocimiento que aceptó la competencia planteada para conocer del mismo, se ordena el archivo del presente expediente como asunto totalmente concluido, de conformidad con el artículo 214 de la Ley de Amparo, debiendo hacer las anotaciones correspondientes en el Libro Uno de Juzgado y en el sistema integral del seguimiento de expedientes. Por otra parte, en cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del punto décimo primero del Acuerdo General conjunto número 1/2009, de veintiocho de septiembre de dos mil nueve, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes generados en los Juzgados de Distrito, se hace la indicación que el presente asunto es susceptible de destrucción.
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