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Javier Ochoa Hernández | Tribunal De Arbitraje Del Estado Puebla Exp: 194/2015

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Javier Ochoa Hernández
Demandado: Tribunal De Arbitraje Del Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 194/2015 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Javier Ochoa Hernández en contra de Tribunal De Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 10 de Abril del 2015 y cuenta con 9 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 194/2015

  • 09 de Septiembre del 2015

    ÚNICO. Se tiene por cumplida la ejecutoria dictada por este tribunal en sesión de cinco de junio de dos mil quince.

  • 14 de Agosto del 2015

    Puebla, Puebla, trece de agosto de dos mil quince. Túrnense los autos al Magistrado que suscribe, para que elabore el proyecto de resolución correspondiente; dado que el término concedido a la parte quejosa para que señalara domicilio en esta ciudad de Puebla para oír y recibir notificaciones trascurrió, se hace efectivo el apercibimiento decretado en proveído de veinticuatro de junio de dos mil quince; en consecuencia, se ordena notificar por medio de lista este auto, así como las subsecuentes aun las de carácter personal hasta en tanto no señale domicilio.

  • 11 de Agosto del 2015

    Puebla, Puebla, diez de agosto de dos mil quince. Agréguese a sus autos para que surta los efectos legales correspondientes, el oficio 3015 signado por el Secretario de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, mediante el cual en cumplimiento al proveído de veinticuatro de junio de dos mil quince, devuelve el exhorto 30/2015 de su índice, derivado del diverso 12/2015 de la estadística de este colegiado, debidamente diligenciado y del que se advierte quedó legalmente notificado el quejoso Javier Ochoa Hernández.

  • 14 de Julio del 2015

    Puebla, Puebla, trece de julio de dos mil quince. Téngase por recibido el oficio del Actuario Judicial del Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, por el que informa que con motivo del exhorto 12/2015 (comunicación oficial enviada 27/2015) que este tribunal colegiado envió, se formó el cuadernillo "Exhorto 30/2015" y por auto de uno de julio de dos mil quince, el Presidente del tribunal de su adscripción, ordenó la diligenciación correspondiente; en consecuencia estese en espera de que el tribunal exhortado devuelva el medio de comunicación en comento.

  • 25 de Junio del 2015

    Puebla, Puebla, veinticuatro de junio de dos mil quince. De la razón actuarial de cuenta, se advierte la imposibilidad de notificar a la parte quejosa Javier Ochoa Hernández, el auto de veintidós del mes y año en curso, por los motivos asentados en la misma; en tales condiciones, toda vez que la parte quejosa señaló como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Alexander Von Humboldt, número veintiséis, segundo piso, esquina con Fray Bartolomé de las Casas, colonia Centro, de Cuernavaca, Morelos; gírese atento exhorto al Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, en turno, con residencia en Cuernavaca, Morelos, para que en auxilio de las labores de este órgano jurisdiccional y de no tener inconveniente legal alguno, instruya a quien corresponda, para que notifique a Javier Ochoa Hernández a través de su apoderado Germán Andrés Ballesteros Cotero, en el domicilio señalado con antelación, lo siguiente: El presente proveído; El auto de veintidós de junio de dos mil quince, que ordena dar vista a las partes con el cumplimiento dado por la responsable en relación con la ejecutoria de amparo; y, le requiera para que dentro del término concedido para desahogar la prevención formulada, señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción territorial de este tribunal federal, apercibiéndolo que de no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este órgano colegiado; agréguese únicamente para que obre como corresponda, el oficio del Presidente del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, en atención a que mediante proveído de veintidós de junio del año en curso, se acordó lo relativo a lo que hace referencia en su medio de comunicación.

  • 18 de Junio del 2015

    Puebla, Puebla, diecisiete de junio de dos mil quince. Agréguese el oficio del Presidente del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, por el que acusa recibo del testimonio y la devolución de los autos; toda vez que como se advierte de su oficio la responsable no ha dado inicio al cumplimiento de la ejecutoria, en tales condiciones, requiérasele para que en el término tres días remita copia certificada de su acuerdo recaído del que se advierta repuso el procedimiento y requirió a la parte actora, la aclaración de su demanda, conforme a las directrices establecidas en la ejecutoria emitida por el Pleno de este tribunal colegiado, en su considerando "SÉPTIMO (...) EFECTOS DEL AMPARO.", y las constancias que así lo demuestren.

  • 13 de Mayo del 2015

    Puebla, Puebla, doce de mayo de dos mil quince. Toda vez que del sorteo de asuntos celebrado en esta fecha, por el Pleno de este tribunal colegiado, el presente correspondió al Magistrado que suscribe, túrnense los autos a la ponencia a mi cargo, a fin de que elabore el proyecto de resolución.

  • 17 de Abril del 2015

    Puebla, Puebla, dieciséis de abril de dos mil quince. Agréguese el oficio del Presidente del tribunal responsable, mediante el cual informa que no existe alguna otra demanda de garantías promovida por las partes en el procedimiento laboral, diversa del quejoso, en contra del laudo aquí reclamado.

  • 10 de Abril del 2015

    Puebla, Puebla, nueve de abril de dos mil quince. Téngase por recibido el oficio del Presidente del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla; por el que se designan delegados, rinde informe justificado y remite la demanda de amparo promovida por Javier Ochoa Hernández a través de su apoderado legal Germán Andrés Ballesteros Cotero, cédula de emplazamiento a la parte tercera interesada y el expediente laboral D-146/2010, en contra de la resolución de veinte de febrero del año en curso; y anexo. ADMISIÓN Considerando, por una parte, que la demanda se presentó oportunamente conforme a la certificación que remite la autoridad responsable y la diversa con que se dio cuenta y por otra, que este Tribunal Colegiado es competente, admite y se ordena registrarla con el número 194/2015. EMPLAZAMIENTO AL TERCERO INTERESADO No ha lugar a tener como tercero interesado al presente juicio de amparo directo a la Dirección de Servicios Aéreos adscrita a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla; en atención a que no fue llamado en el juicio laboral. DOMICILIO PARA OIR NOTIFICACIONES Y AUTORIZADO DEL TRABAJADOR Como lo solicita la parte quejosa se le tiene por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica en su escrito de demanda. En cuanto a las personas que indica en su escrito de demanda, se les tiene por autorizadas en términos amplios del artículo 12 de la Ley de Amparo. NOTIFICACIÓN A LAS PARTES Y AMPARO ADHESIVO. Hágase saber a las partes, que conforme al diverso numeral 181, de la ley de la materia cuentan con un plazo de quince días para formular alegatos o promover amparo adhesivo. En el entendido de que la falta de amparo adhesivo de quien obtuvo sentencia favorable, hará que precluya su derecho para alegar posteriormente las violaciones procesales que se hubieren cometido en su contra.

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