Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Joaquín Guillén Martínez .
Demandado: Junta Especial Número Nueve Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3306/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Joaquín Guillén Martínez en contra de Junta Especial Número Nueve Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 06 de Noviembre del 2023 y cuenta con 7 Notificaciones.
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Actor: Joaquín Guillén Martínez .
Demandado: Junta Especial Número Nueve Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos el oficio signado por el Secretario de Acuerdos del Decimotercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en atención a su solicitud y a la información de cuenta, envíese al superior de instancia, copia certificada de las constancias descritas en la certificación que antecede. devuélvase al archivo el presente expediente. NOTIFÍQUESE.
Actor: Joaquín Guillén Martínez .
Demandado: Junta Especial Número Nueve Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. En ese contexto, atendiendo a los efectos y términos para los cuales se concedió la Protección Federal a la parte quejosa, se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido, previas las anotaciones respectivas que se hagan en el libro de registro de juicios de amparo de este Juzgado. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Joaquín Guillén Martínez .
Demandado: Junta Especial Número Nueve Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Joaquín Guillén Martínez .
Demandado: Junta Especial Número Nueve Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Joaquín Guillén Martínez .
Demandado: Junta Especial Número Nueve Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: Joaquín Guillén Martínez .
Demandado: Junta Especial Número Nueve Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Agréguese a los autos el escrito presentado por el apoderado legal del tercero interesado en el expediente en que se actúa, personalidad que se le reconoce en términos de los documentos que en copia certificada exhibe para tal efecto; en atención a su contenido, se le tiene por apersonado en el presente juicio de amparo. téngase como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica. Por otra parte, se tiene como autorizadas a las personas que refiere en su escrito de cuenta; sin embargo, gozarán de las facultades amplias indicadas en el artículo 12 de la Ley de Amparo, siempre y cuando se tenga la certeza de que cuentan con cédula profesional que los faculte para ejercer la profesión de abogado o licenciado en derecho. en relación a la devolución de la copia certificada que anexó a su escrito, previa compulsa, cotejo y certificación que realice éste Juzgado, se autoriza la devolución del documento que refiere, previa toma de razón que quede asentada por su recibo, el cual será entregado a través de las personas que autoriza para tal efecto. agréguese a los autos el oficio signado por la autoridad responsable, mediante el cual rinde su informe justificado; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónese en la audiencia constitucional. Notifíquese.
Actor: Joaquín Guillén Martínez .
Demandado: Junta Especial Número Nueve Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje .
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las diez horas con tres minutos del treinta de noviembre de dos mil veintitrés. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de tercero interesado al señalado por la parte quejosa; por tanto, con fundamento en los artículos 115 y 116 del mismo ordenamiento legal, instrúyase al actuario adscrito para que lo emplace en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese y emplácese.
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