Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Joram Martínez Brindis .
Demandado: Junta Especial Número Ocho De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3460/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Joram Martínez Brindis en contra de Junta Especial Número Ocho De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 13 de Noviembre del 2023 y cuenta con 9 Notificaciones.
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Actor: Joram Martínez Brindis .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO OCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Joram Martínez Brindis .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO OCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, y con la diversa registrada con folio 1632 y 1221, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: Joram Martínez Brindis .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO OCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio enviado por el Presidente de la Junta Especial "D" (antes Número Ocho) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, remite copia certificada. SE REQUIERE a la Junta responsable, para que dentro del plazo legal de TRES DÍAS, realice lo siguiente: . . . Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Joram Martínez Brindis .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO OCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por el Presidente de la Junta Especial D (antes Número Ocho) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, remite copia con firmas autógrafas. SE REQUIERE a la Junta Especial D (antes Número Ocho) de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México y Actuario adscrito, para que dentro del plazo legal de TRES DÍAS, realice lo siguiente: . . . Se apercibe. De igual forma, se REQUIERE al Presidente de la Junta responsable, en su carácter de superior jerárquico del Actuario de su adscripción. NOTIFÍQUESE.
Actor: Joram Martínez Brindis .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO OCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: Joram Martínez Brindis .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO OCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: Joram Martínez Brindis .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO OCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
Agréguense a los autos los oficios enviados por el Presidente de la Junta responsable y Actuario adscrito, mediante los cuales rinden informe justificado, al que el primero de ellos adjunta copia certificada de diversa constancia relativa al expediente laboral de origen; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónese en la audiencia constitucional. En relación con la primer autoridad señalada, con fundamento en el artículo 9 de la Ley de Amparo, se tienen como delegadas a las personas que refiere en el oficio que se provee; asimismo, por señalado el domicilio que indica para oír y recibir notificaciones, siempre y cuando se trate del oficial. Se tienen por hechas sus manifestaciones en relación a que las constancias que adjunta no contienen información reservada; sin embargo, el nombre y domicilio de las partes en el expediente de origen son información confidencial, de lo que se toma conocimiento para los efectos legales correspondientes. NOTIFÍQUESE.
Actor: Joram Martínez Brindis .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO OCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO y Otros..
SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA CON EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO A LA PARTE TERCERA INTERESADA DE REFERENCIA EL ACUERDO DE DIEZ DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS: "Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las diez horas con dos minutos del ocho de diciembre de dos mil veintitrés. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de tercero interesado, señalado por la parte quejosa. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que emplace al tercero interesado, en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese; y emplácese."
Actor: Joram Martínez Brindis .
Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO OCHO DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las diez horas con dos minutos del ocho de diciembre de dos mil veintitrés. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, asiste el carácter de tercero interesado, señalado por la parte quejosa. Por ende, con fundamento en los artículos 115 y 116 de la Ley de Amparo, instrúyase al Actuario adscrito para que emplace al tercero interesado, en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese; y emplácese.
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