Federal
> Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Jorge Alfonso Castillo Espinoza
Demandado: Director General Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Al Servicio De Los Poderes Del Estado De Puebla Y Otros.
Materia: Laboral
Tipo: Amparo en revisión
RESUMEN: El Expediente 39/2017 en Materia Laboral y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Jorge Alfonso Castillo Espinoza en contra de Director General Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Al Servicio De Los Poderes Del Estado De Puebla Y Otro en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 24 de Febrero del 2017 y cuenta con 6 Notificaciones.
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Puebla, Puebla, diez de agosto de dos mil diecisiete. Téngase por recibido el oficio 295/2017 signado por la Secretaria de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, en el que trascribe la resolución de dos de agosto del año en curso, del que se advierte que aceptó la competencia por razón de la materia y se avocó al conocimiento del asunto. no existe trámite pendiente por realizar, archívese este asunto. se hace la declaratoria que es susceptible de destrucción el presente asunto.
Puebla, Puebla, tres de julio de dos mil diecisiete. Ténganse por recibido el oficio signado por la Secretaria de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, por el que en atención a lo solicitado mediante proveído de veintidós de junio pasado (foja 69), comunica que una vez que se dicte la resolución correspondiente la remitirá a este órgano colegiado. Estese en espera a que el tribunal en comento, informe sobre el estado procesal del recurso de revisión 188/2017 de su índice, derivado del diverso 39/2017 de la estadística de este colegiado, por lo que una vez que pase un tiempo prudente, sin que lo comunique, vuélvasele a requerir a efecto de tener conocimiento del estado procesal de dicho recurso.
Puebla, Puebla, quince de mayo de dos mil diecisiete. Ténganse por recibido el oficio signado por la Secretaria de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, por el que en atención a lo solicitado mediante proveído de cuatro de mayo pasado (foja 63), comunica que una vez que dicte la resolución correspondiente la remitirá a este órgano colegiado. En tales condiciones estese en espera a que el tribunal en comento, informe sobre el estado procesal del recurso de revisión 188/2017 de su índice, derivado del diverso 39/2017 de la estadística de este colegiado, por lo que una vez que pase un tiempo prudente, sin que comunique lo relativo, vuélvasele a requerir a efecto de tener conocimiento del estado procesal de dicho recurso.
Puebla, Puebla, cuatro de mayo de dos mil diecisiete. Ténganse por recibidos los oficios signados p
PRIMERO. Este Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito carece de competencia legal, por razón de la materia, para conocer del recurso de revisión interpuesto por Jorge Alfonso Castillo Espinoza, por derecho propio, contra la sentencia de once de noviembre de dos mil dieciséis, dictada por el Juez Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, con sede en San Andrés Cholula, Puebla, en el juicio de amparo indirecto 822/2016. SEGUNDO. Remítanse los autos al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, en turno, para los efectos legales conducentes.
Puebla, Puebla, veintitrés de febrero de dos mil diecisiete. trascurrió el término de cinco días para que la parte que obtuvo resolución favorable en el juicio de amparo indirecto se adhiriera al presente recurso de revisión, túrnense los autos a la ponencia del Magistrado que suscribe Miguel Mendoza Montes, a fin de que elabore el proyecto de resolución, por corresponderle según el orden que se tiene establecido en este tribunal para este tipo de determinaciones.
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