Características del servicio

Jorge Flores Palacios. | Juzgado Tercero De Distrito En Materia Exp: 127/2023

Federal > Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Sexto Circuito de Sexto Circuito
Actor: Jorge Flores Palacios.
Demandado: Juzgado Tercero De Distrito En Materia De Amparo Civil, Administrativa Y De Trabajo Y De Juicios Federales En El Estado Se Puebla .
Materia: Civil
Tipo: Queja

RESUMEN: El Expediente 127/2023 en Materia Civil y de tipo Queja fue promovido por Jorge Flores Palacios en contra de Juzgado Tercero De Distrito En Materia De Amparo Civil, Administrativa Y De Trabajo Y De Juicios Federales En El Estado Se Puebla en el Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Sexto Circuito en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 11 de Abril del 2023 y cuenta con 5 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

 

Buscar Antecedentes
Legales y Expedientes

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 127/2023

  • 10 de Octubre del 2023

    Actor: JORGE FLORES PALACIOS.

    Demandado: JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO SE PUEBLA .

    En virtud de lo anterior, al estar integrado, archívese este expediente como asunto totalmente concluido. Por lo tanto, una vez que transcurran más de tres años posteriores a la fecha en que surta sus efectos la notificación de este proveído, procédase a su destrucción.

  • 03 de Octubre del 2023

    Actor: JORGE FLORES PALACIOS.

    Demandado: JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO SE PUEBLA .

    Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 97, fracción I, de la Ley de Amparo, 38, fracción III y 39 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se resuelve: ÚNICO. Se desecha por improcedente el recurso de queja.

  • 09 de Junio del 2023

    Actor: JORGE FLORES PALACIOS.

    Demandado: JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO SE PUEBLA .

    Agréguese el escrito de cuenta de **********, tercera interesada por su representación, en el juicio de amparo del cual deriva este medio de impugnación, en el que, por los motivos que indica, señala que, en su concepto, ******************** carece de legitimación para interponer recurso de revisión en contra de la tramitación de dicho amparo indirecto (radicada con el número R-********************, de la estadística de este cuerpo Colegiado), y exhibe, a fin de justificar sus afirmaciones, copia certificada de diversas constancias que obran en el diverso juicio de amparo ********************, del índice del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Acapulco de Juárez. Al respecto, hágase del conocimiento de la promovente que será el Pleno de este órgano jurisdiccional quien se pronuncie sobre la falta de legitimación que alega, al momento de la discusión y resolución de este asunto. REINTEGRO. Finalmente, reintégrense estas actuaciones a la ponencia respectiva, a fin de que se formule el proyecto de resolución correspondiente.

  • 25 de Abril del 2023

    Actor: JORGE FLORES PALACIOS.

    Demandado: JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO SE PUEBLA .

    Visto el estado que guardan estas actuaciones; en tal virtud, con fundamento en la parte in fine, del artículo 101 de la Ley de Amparo, túrnense las mismas al MAGISTRADO SET LEONEL LÓPEZ GIANOPOULOS, para que formule el proyecto de resolución correspondiente.

  • 11 de Abril del 2023

    Actor: JORGE FLORES PALACIOS.

    Demandado: JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO SE PUEBLA .

    Regístrese con el número de recurso de queja Q-127/2023 en el libro de control de quejas de este Tribunal. ADMISIÓN. Con fundamento en lo dispuesto por el inciso e), fracción I, del artículo 97, y 98 de la Ley de Amparo, se admite a trámite tal medio de impugnación. RELACIÓN DE EXPEDIENTES. Cabe precisar que, este asunto se encuentra relacionado con el diverso recurso de revisión ********************, también de la estadística de este Tribunal; lo anterior, para los efectos legales a que haya lugar. SOLICITUDES DE LA PARTE DISCONFORME. DOMICILIO. Téngase por señalado el domicilio que indica para recibir sus notificaciones. AUTORIZACIÓN ELECTRÓNICA. Con fundamento en los artículos 3° y 26, fracción IV, de la Ley de Amparo, así como en los diversos 35, 36, 55 y 57 del Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula, entre otra cuestión, la integración y trámite del expediente electrónico en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo; tomando en consideración que los nombres de usuario que indica, se encuentran registrados en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, como lo refiere el Secretario de Acuerdos de la adscripción en su razón de cuenta, y se corrobora en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes; razón por la cual, como lo pide, se les autoriza el acceso a la versión electrónica de este expediente en ese Portal. Por consiguiente, déseles de alta en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), exclusivamente en relación a este asunto. AUTORIZADOS. Se tiene como autorizados a quienes designa, únicamente para recibir notificaciones e imponerse de estos autos, en la forma limitada a que se refiere el artículo 12 de la Ley de Amparo, ya que no cita sus cédulas profesionales (requisito indispensable a que se refiere el citado precepto legal), las cuales también deben estar registradas en el Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales en Derecho ante los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, tal y como lo establece el artículo 261, del Título Noveno del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado el veintidós de noviembre de dos mil trece, en el Diario Oficial de la Federación. PRUEBAS. Respecto a las pruebas que ofrece la promovente, consistentes en las dos copias de dos sobres de dos oficios que se enviaron a través del Servicio Postal Mexicano; se les tiene por exhibidas, para los efectos legales a que haya lugar.

antecedentes
“Por varias razones, sospechaba que mi abogado no estaba haciendo su trabajo correctamente… gracias a PoderJudicialVirtual.com me siento muy tranquilo porque doy cuenta de todo. He cambiado de abogado y pude evitar perder mucho dinero.” Alfonso Suárez Ingeniero Civil
antecedentes
“Antes de hacer negocios con cualquier persona o contratar a alguien, verifico si tiene antecedentes, así tengo la certeza de saber con que tipo de persona estoy tratando. Me he ahorrado varios problemas y dinero.” Saúl Fernández Empresario
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4