Federal
> Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Cuarto Circuito de Cuarto Circuito
Actor: Jorge Guerra Aguilar
Demandado: Juez Octavo De Jurisdicción Concurrente Del Primer Distrito Judicial Del Estado
Materia: Civil
Tipo: Amparo en revisión
RESUMEN: El Expediente 373/2015 en Materia Civil y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Jorge Guerra Aguilar en contra de Juez Octavo De Jurisdicción Concurrente Del Primer Distrito Judicial Del Estado en el Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Cuarto Circuito en Circuito 4 (Nuevo León). El Proceso inició el 15 de Octubre del 2015 y cuenta con 7 Notificaciones.
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Se recibe oficio signado por el Juez Tercero de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado, mediante el cual acusa recibo y se archiva el expediente. Se ordena resguardar en el archivo de este Tribunal durante tres años y, una vez transcurrido dicho término remítase el mismo al Centro Archivístico Judicial de la Suprema Corte.
EJECUTORIA: REVOCA Y NIEGA AMPARO.
Se recibe escrito signado por el quejoso-recurrente, se le tiene por hecha la maniestación de dictar sentencia y se devuelve el expediente a la ponencia correspondiente.
Se hace del conocimiento de las partes que la nueva integración de este Tribunal Colegiado estará conformada por los Magistrados Arturo Ramírez Pérez, Francisco Eduardo Flores Sánchez y Antonio Ceja Ochoa, a partir del uno de enero de dos mil diecisiete. Se returna el presente asunto Al Magistrado Antonio Ceja Ochoa, a efecto de que formule el proyecto de resolución que corresponda. Se devuelve el expediente a la ponencia que corresponde.
Se hace del conocimiento de las partes que la nueva integración de este Tribunal Colegiado estará conformada por los Magistrados Arturo Ramírez Pérez, Francisco Eduardo Flores Sánchez y la licenciada Victoria Azucena Vite Santos. Se returna el presente asunto a la Licenciada Victoria Azucena Vite Santos, Secretaria de Tribunal en funciones de Magistrada, a efecto de que formule el proyecto de resolución que corresponda. Se devuelve el expediente a la ponencia que corresponde.
Se turnan los autos a la ponencia del Magistrado J. Refugio Ortega Marín, para la formulación del proyecto de resolución correspondiente.
Se admite a trámite el recurso de revisión e infórmese a las partes que el presente asunto está clasificado como de información no reservada, por lo que se les previene para que manifiesten si están de acuerdo que se publiquen sus nombres y datos personales, en la inteligencia que la falta de oposición conlleva a su consentimiento para que la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos.
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