Características del servicio

José ángel Delgado Jasso | Juzgado Tercero De Primera Instancia Exp: 414/2022

Federal > Juzgado Décimo Tercero De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: José ángel Delgado Jasso | Juzgado Tercero De Primera Instancia De Lo Civil Del Poder Judicial Del Estado De Tamaulipas En Altamira (segundo Distrito Judicial)
Demandado: Juzgado Tercero De Primera Instancia De Lo Civil Del Poder Judicial Del Estado De Tamaulipas En Altamira (segundo Distrito Judicial) Y Otros | Juzgado Tercero De Primera Instancia De Lo Civil Del Poder Judicial Del Estado De Tamaulipas En Altamira (segundo Distrito Judicial) | Actuario Adscrito A La Central De Actuarios Del Segundo Distrito Judicial Del Estado De Tamaulipas, Con Residencia En Altamira Y Otros
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 414/2022 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por José Ángel Delgado Jasso en contra de Juzgado Tercero De Primera Instancia De Lo Civil Del Poder Judicial Del Estado De Tamaulipas En Altamira (Segundo Distrito Judicial) Y Otro en el Juzgado Décimo Tercero De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 31 de Marzo del 2022 y cuenta con 25 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

 

Buscar Antecedentes
Legales y Expedientes

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 414/2022

  • 06 de Octubre del 2022

    Actor: José Ángel Delgado Jasso

    Demandado: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Lo Civil del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas En Altamira (Segundo Distrito Judicial)

    Ciudad Madero, Tamaulipas, cinco de octubre de dos mil veintidós. Visto el estado procesal y, atendiendo a lo ordenado en el auto del expediente principal, se ordena el archivo de este incidente. Notifíquese por lista

  • 06 de Octubre del 2022

    Actor: José Ángel Delgado Jasso

    Demandado: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Lo Civil del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas En Altamira (Segundo Distrito Judicial)

    Ciudad Madero, Tamaulipas, cinco de octubre de dos mil veintidós. Del estado procesal que guardan los presentes autos y el contenido de la certificación que antecede, en el sentido de que a la fecha ha transcurrido el término de quince días, que concede el artículo 202 de la Ley de Amparo, para plantear inconformidad en contra del auto mediante el cual se tuvo por cumplida la sentencia que concedió el amparo y protección de la justicia federal a la parte quejosa, sin que se haya presentado promoción alguna para tal efecto. En consecuencia, sin ulterior acuerdo, una vez que se notifique el presente proveído, archívese el expediente como asunto totalmente concluido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 196 y 214 de la ley de la materia. Finalmente, toda vez que resulta innecesario el tomo de constancias formado con motivo de las copias certificadas que acompañó la autoridad responsable a su informe justificado, devuélvanse dichas constancias para los efectos legales conducentes, solicitando el acuse de recibo correspondiente. Notifíquese por lista

  • 06 de Septiembre del 2022

    Actor: José Ángel Delgado Jasso

    Demandado: JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO CIVIL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS EN ALTAMIRA (SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL) y Otros

    MESA 3. SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA A LA PARTE QUEJOSA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 27, FRACCIÓN PRIMERA INCISO C) DE LA LEY DE AMPARO, SÍNTESIS DEL AUTO DE TREINTA Y UNO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDÓS Ciudad Madero, Tamaulipas, treinta y uno de agosto de dos mil veintidós. De autos se advierte que por acuerdo de dieciséis de agosto de dos mil veintidós, se dio vista a la parte quejosa respecto de los actos realizados por el Juez Tercero de Primera Instancia Civil, con sede en Altamira, Tamaulipas, en relación al cumplimiento del fallo protector dictado en el presente juicio. Con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, procede analizar oficiosamente si está cumplida o no la ejecutoria de garantías. En consecuencia, con apoyo en el artículo 196, penúltimo párrafo, de la ley de la materia, se declara cumplida la sentencia de amparo

  • 06 de Septiembre del 2022

    Actor: José Ángel Delgado Jasso

    Demandado: JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO CIVIL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS EN ALTAMIRA (SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL) y Otros

    SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA A LA PARTE TERCERA INTERESADA ALMA ROSA CASTELLANOS CLEMENTE, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 27, FRACCIÓN PRIMERA INCISO C) DE LA LEY DE AMPARO, SÍNTESIS DEL AUTO DE TREINTA Y UNO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDÓS. "...De autos se advierte que por acuerdo de dieciséis de agosto de dos mil veintidós, se dio vista a la parte quejosa respecto de los actos realizados por el Juez Tercero de Primera Instancia Civil, con sede en Altamira, Tamaulipas, en relación al cumplimiento del fallo protector dictado en el presente juicio. Con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, procede analizar oficiosamente si está cumplida o no la ejecutoria de garantías. ACTUACIÓN DE LA AUTORIDAD: Mediante oficio 2349/2022 de cuatro de agosto de dos mil veintidós, el Juez Tercero de Primera Instancia Civil, con sede en Altamira, Tamaulipas, remitió el auto de esa misma fecha, por el cual dejó insubsistente el emplazamiento practicado al quejoso en el juicio hipotecario 824/2021, de su índice y, consecuentemente todo lo actuado. Posteriormente, por misiva de 2435/2022, de diez de agosto del actual, la responsable remitió copia certificada de la cancelación de la cedula hipotecaría asentada por el Instituto Registral y Catastral del estado de Tamaulipas, con sede en Tampico, ordenada en su momento por el Juez responsable dentro del juicio de origen... De la tabla precedente se obtiene que la responsable cumplió en sus términos con los lineamientos de la ejecutoria de amparo, puesto que sin exceso ni defecto acató los efectos de la protección constitucional. En consecuencia, con apoyo en el artículo 196, penúltimo párrafo, de la ley de la materia, se declara cumplida la sentencia de amparo..."

  • 06 de Septiembre del 2022

    Actor: José Ángel Delgado Jasso

    Demandado: JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO CIVIL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS EN ALTAMIRA (SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL) y Otros

    SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA A LA PARTE TERCERA INTERESADA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 27, FRACCIÓN PRIMERA INCISO C) DE LA LEY DE AMPARO, SÍNTESIS DEL AUTO DE TREINTA Y UNO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDÓS Ciudad Madero, Tamaulipas, treinta y uno de agosto de dos mil veintidós. De autos se advierte que por acuerdo de dieciséis de agosto de dos mil veintidós, se dio vista a la parte quejosa respecto de los actos realizados por el Juez Tercero de Primera Instancia Civil, con sede en Altamira, Tamaulipas, en relación al cumplimiento del fallo protector dictado en el presente juicio. Con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, procede analizar oficiosamente si está cumplida o no la ejecutoria de garantías. En consecuencia, con apoyo en el artículo 196, penúltimo párrafo, de la ley de la materia, se declara cumplida la sentencia de amparo. Notifíquese en términos de ley

  • 01 de Septiembre del 2022

    Actor: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Lo Civil del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas En Altamira (Segundo Distrito Judicial)

    Demandado: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Lo Civil del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas En Altamira (Segundo Distrito Judicial)

    Ciudad Madero, Tamaulipas, treinta y uno de agosto de dos mil veintidós. De autos se advierte que por acuerdo de dieciséis de agosto de dos mil veintidós, se dio vista a la parte quejosa respecto de los actos realizados por el Juez Tercero de Primera Instancia Civil, con sede en Altamira, Tamaulipas, en relación al cumplimiento del fallo protector dictado en el presente juicio. Con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, procede analizar oficiosamente si está cumplida o no la ejecutoria de garantías. En consecuencia, con apoyo en el artículo 196, penúltimo párrafo, de la ley de la materia, se declara cumplida la sentencia de amparo. Notifíquese en términos de ley

  • 23 de Agosto del 2022

    Actor: José Ángel Delgado Jasso

    Demandado: JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO CIVIL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS EN ALTAMIRA (SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL) y Otros

    MESA 3. SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA A LA PARTE TERCERO INTERESADA BANCO MERCANTIL DEL NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, POR CONDUCTO DE QUIEN LEGALMENTE LA REPRESENTE, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 27, FRACCIÓN PRIMERA INCISO C) DE LA LEY DE AMPARO, SÍNTESIS DEL AUTO DE DIECISÉIS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDÓS. Ciudad Madero, Tamaulipas, dieciséis de agosto de dos mil veintidós. Agréguese a las presentes actuaciones para que surta los efectos legales correspondientes, el documento de cuenta, a través del cual se informa sobre el cumplimiento dado a la sentencia constitucional dictada en el presente juicio. En tales condiciones, con fundamento en lo dispuesto en el párrafo primero, del artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista al quejoso; y, en su caso al tercero interesado con el documento de cuenta y anexo, así como de los diversos relacionados al mismo que obran agregados en estos autos, para que dentro del término de tres días, contados a partir de que queden debidamente notificadas del presente proveído, manifiesten lo que a su interés legal convenga, corriéndoles al efecto traslado con copia simple del mismo. Apercibidas que de no desahogar la vista que se les da dentro del término que se les concede, se acordará lo relativo en torno a dicho cumplimiento, tomando en consideración las constancias que integran el presente expediente

  • 23 de Agosto del 2022

    Actor: José Ángel Delgado Jasso

    Demandado: Actuario adscrito a la Central de Actuarios del Segundo Distrito Judicial del Estado de Tamaulipas, con residencia en Altamira y Otros

    SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA A LA PARTE QUEJOSA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 27, FRACCIÓN PRIMERA INCISO C) DE LA LEY DE AMPARO, SÍNTESIS DEL AUTO DE DIECISÉIS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDÓS. Ciudad Madero, Tamaulipas, dieciséis de agosto de dos mil veintidós. Agréguese a las presentes actuaciones para que surta los efectos legales correspondientes, el documento de cuenta, a través del cual se informa sobre el cumplimiento dado a la sentencia constitucional dictada en el presente juicio. En tales condiciones, con fundamento en lo dispuesto en el párrafo primero, del artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista al quejoso; y, en su caso al tercero interesado con el documento de cuenta y anexo, así como de los diversos relacionados al mismo que obran agregados en estos autos, para que dentro del término de tres días, contados a partir de que queden debidamente notificadas del presente proveído, manifiesten lo que a su interés legal convenga, corriéndoles al efecto traslado con copia simple del mismo. Apercibidas que de no desahogar la vista que se les da dentro del término que se les concede, se acordará lo relativo en torno a dicho cumplimiento, tomando en consideración las constancias que integran el presente expediente. Notifíquese en términos de ley

  • 17 de Agosto del 2022

    Actor: José Ángel Delgado Jasso

    Demandado: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Lo Civil del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas En Altamira (Segundo Distrito Judicial)

    Ciudad Madero, Tamaulipas, dieciséis de agosto de dos mil veintidós. Agréguese a las presentes actuaciones para que surta los efectos legales correspondientes, el documento de cuenta, a través del cual se informa sobre el cumplimiento dado a la sentencia constitucional dictada en el presente juicio. En tales condiciones, con fundamento en lo dispuesto en el párrafo primero, del artículo 196 de la Ley de Amparo, dese vista al quejoso; y, en su caso al tercero interesado con el documento de cuenta y anexo, así como de los diversos relacionados al mismo que obran agregados en estos autos, para que dentro del término de tres días, contados a partir de que queden debidamente notificadas del presente proveído, manifiesten lo que a su interés legal convenga, corriéndoles al efecto traslado con copia simple del mismo. Apercibidas que de no desahogar la vista que se les da dentro del término que se les concede, se acordará lo relativo en torno a dicho cumplimiento, tomando en consideración las constancias que integran el presente expediente. Notifíquese en términos de ley

  • 16 de Agosto del 2022

    Actor: José Ángel Delgado Jasso

    Demandado: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Lo Civil del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas En Altamira (Segundo Distrito Judicial)

    Ciudad Madero, Tamaulipas, quince de agosto de dos mil veintidós. Gestiones de cumplimiento Agréguese a las presentes actuaciones para que surta los efectos legales correspondientes, el oficio a través del cual la Coordinadora de la Central de Actuarios del Segundo Distrito Judicial en el estado de Tamaulipas, con sede en Altamira, informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo dictada en el presente asunto; por tanto, estese en espera que la ordenadora cumpla cabalmente con la sentencia que se trata. Notifíquese por lista

antecedentes
“Por varias razones, sospechaba que mi abogado no estaba haciendo su trabajo correctamente… gracias a PoderJudicialVirtual.com me siento muy tranquilo porque doy cuenta de todo. He cambiado de abogado y pude evitar perder mucho dinero.” Alfonso Suárez Ingeniero Civil
antecedentes
“Antes de hacer negocios con cualquier persona o contratar a alguien, verifico si tiene antecedentes, así tengo la certeza de saber con que tipo de persona estoy tratando. Me he ahorrado varios problemas y dinero.” Saúl Fernández Empresario
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4