Federal
> Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: José Antonio Arrona Salazar Y Otros
Demandado: Secretaría Del Bienestar
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1683/2024 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por José Antonio Arrona Salazar Y Otro en contra de Secretaría Del Bienestar en el Juzgado Quinto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Noviembre del 2024 y cuenta con 5 Notificaciones.
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Actor: José Antonio Arrona Salazar y Otros..
Demandado: Secretaría del Bienestar .
Por lo expuesto, fundado se resuelve: ÚNICO. Se sobresee en el juicio de amparo. Notifíquese personalmente a los quejosos
Actor: José Antonio Arrona Salazar y Otros
Demandado: Secretaría del Bienestar
Estado de autos. Del estado de autos se obtiene que mediante proveído de seis de diciembre de dos mil veinticuatro se recibió el informe justificado rendido por la Secretaría del Bienestar y que se omitió notificar a los quejosos en términos del artículo 26, fracción I, inciso a), toda vez que están privados de su libertad en el Reclusorio Preventivo Varonil Norte. Se regulariza. Por tal razón con copia del oficio registrado en el libro de correspondencia con el folio 22700 y del acuerdo de seis de diciembre de dos mil veinticuatro, notifíquese de manera personal a los quejosos, en el entendido que la vista de ocho días concedida, comenzará a transcurrir una vez que surta efectos la notificación del presente proveído. Diferimiento. En consecuencia, para dar tiempo a lo anterior, procede diferir de oficio la audiencia constitucional y en su lugar se fijan las DIEZ HORAS CON TRES. MINUTOS DEL CUATRO DE MARZO. DOS MIL VEINTICINCO. Notifíquese personalmente a los quejosos
Actor: José Antonio Arrona Salazar y Otros
Demandado: Secretaría del Bienestar
Oficio electrónico. Por recibido el oficio de cuenta, presentado en archivo electrónico... Informe justificado. Por recibido el oficio signado de manera electrónico por el Titular de la Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia de la Secretaría del Bienestar, en representación de la Secretaría de Bienestar, por medio del cual rinde informe justificado. Vista. Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, se tiene por rendido el informe de mérito, con su contenido, dése vista a las partes para que manifiesten lo que a su derecho convenga. ... Notifíquese
Actor: José Antonio Arrona Salazar y Otros
Demandado: Secretaría del Bienestar
Juzgado remite copias de demanda. Por recibido el oficio signado de manera electrónica por el Secretario adscrito al Juzgado Noveno de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, a través del cual remite las cinco copias de demanda promovida por ******************** y ********************, por derecho propio, contra actos de la Secretaría del Bienestar. Admisión. En términos de los artículos 103, fracción I y 107, fracciones I, IV, VII y XV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, fracción I, 33, fracción IV, 107, 112, 115 y 116 de la Ley de Amparo, se admite a trámite. . Incidente de suspensión. No se tramita el incidente de suspensión por no haberse solicitado y no ubicarse el acto en alguno de los supuestos de los artículos 126 ó 127 de la ley de la materia. Solicitud de informe justificado. Con fundamento en los artículos 115, primer párrafo y 117 de la Ley de Amparo, se requiere a la autoridad responsable para que rinda su informe justificado . Audiencia Constitucional. Se fijan las DIEZ HORAS CON TRES MINUTOS DEL VEINTITRÉS DE ENERO DE DOS MIL VEINTICINCO, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. . Tercero interesado. Dada la naturaleza del acto reclamado, no ha lugar a tener como tercero interesado a persona alguna, pues no se ubica en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 5, fracción III, de la Ley de Amparo; no obstante, si con posterioridad se advierte lo contrario, se podrá acordar su emplazamiento. ...Notifíquese personalmente a los quejosos
Actor: José Antonio Arrona Salazar y Otros
Demandado: Secretaría del Bienestar
QUEJOSO EN DONDE SE ENCUENTRE RECLUIDO NORTE Juzgado remite expediente. Por recibido el oficio del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, que contiene inserto el auto de trece de noviembre actual, dictado en el juicio de amparo 678/2024, de su índice promovido por ******************** y ********************, por derecho propio, contra actos de la Secretaría del Bienestar y remite los autos originales del mismo, por haber declinado competencia por razón de materia. Acúsese el recibo de estilo vía interconexión. Fórmese expediente electrónico y háganse las anotaciones en el Libro de control electrónico, así como en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes con el número 1683/2024. Se acepta competencia. Hágase del conocimiento del juzgado oficiante que este órgano jurisdiccional acepta la competencia planteada y se avoca a su conocimiento respecto del acto consistente en: ... Se convalidan actuaciones. En esas circunstancias, por cuanto se refiere a las actuaciones practicadas por el Juzgado Noveno de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 17, segundo párrafo, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en términos del numeral 2° de la ley de la materia, se tienen por convalidadas las actuaciones realizadas, e infórmese a las partes la radicación del presente juicio de amparo. A fin de acordar lo que en derecho proceda y no violar las reglas del procedimiento, en términos del artículo 48 de la Ley de Amparo, solicítese atentamente al Juzgado Noveno de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, se sirva remitir a la brevedad la totalidad de las constancias relacionadas con el juicio de amparo 678/2024, de su índice, en específico, las cinco copias de demanda que fueron exhibidas el veinticinco de julio anterior, ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juagados de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, así como de todas aquellas que se encuentren vinculadas a este asunto. De igual manera, solicítese que de no tener inconveniente para ello, se sirva hacer disponible el expediente 678/2024, de su estadística, para la consulta electrónica por parte de este órgano jurisdiccional. Domicilio. Con fundamento en el artículo 108 fracción I de la Ley de Amparo, en relación con el 305 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles, se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que refiere (EN DONDE SE ENCUENTRE RECLUIDO). Asesor Jurídico. Se tiene por designada con el cargo de asesor jurídico de los quejosos a ********************. ...Notifíquese personalmente a los quejosos
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