Federal
> Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: José Antonio De Luna Leal
Demandado: San Diego Gas De Reynosa, Sociedad Anónima De Capital Variable
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Procesos civiles o administrativos
RESUMEN: El Expediente 10/2017 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Procesos Civiles O Administrativos fue promovido por José Antonio De Luna Leal en contra de San Diego Gas De Reynosa, Sociedad Anónima De Capital Variable en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 27 de Septiembre del 2017 y cuenta con 4 Notificaciones.
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Reynosa, Tamaulipas, cuatro de julio de dos mil diecinueve. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el escrito signado por Jerónimo Galván García, autorizado de la parte actora, en términos amplios del artículo 1069 del Código de Comercio; atento a su contenido, con fundamento en el artículo 1067, párrafo tercero, del Código de Comercio, expídase a su costa copia certificada de las constancias que solicita, previa razón de su entrega que se deje en autos. Notifíquese. Así lo proveyó y firma Héctor Gastón Solórzano Valenzuela, Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con sede en Reynosa, quien actúa con la Secretaria de Juzgado Vanessa Esmeralda Revilla Muñoz, que autoriza y da fe.
...Visto lo de cuenta, se tiene por recibido el escrito signado por Yanezi Garza Segura, en su carácter de apoderada legal para pleitos y cobranzas con todas las facultadas de ELOISA RÍOS RODRÍGUEZ, apoderada general de la empresa SAN DIEGO GAS DE REYNOSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en atención a su contenido, como lo solicita, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1160 del Código de Comercio, expídasele copias certificadas, a su costa, de las constancias que indica, previa razón que de su recibo se deje en autos. ...
... Téngase por recibido el escrito signado por Jerónimo Galván García, autorizado en amplios términos de la parte promovente José Antonio de Luna Leal; en atención a su contenido, agréguese a los presentes autos el escrito de cuenta y téngasele a dicho autorizado por realizando diversas manifestaciones respecto a la información financiera proporcionada por Eloísa Ríos Rodríguez, misma con la que se le dio vista mediante auto de veintinueve de septiembre del año en curso.
Dese vista al promovente con las manifestaciones realizadas por la compareciente en el escrito por el cual exhibe dichas documentales, para que dentro del término de término de tres días, computados legalmente, manifieste lo que a su interés y derecho convenga, apercibido que en caso de no hacerlo, esta autoridad determinará lo que en derecho corresponda. Por otra parte, con fundamento en el artículo 1160 del Código de Comercio, como lo solicitó la parte promovente, expídanse las copias certificadas de todo lo actuado en el presente juicio, para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese.
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