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José Carlos Vázquez López | Magistrada Del Tribunal Unitario Exp: 620/2017

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: José Carlos Vázquez López
Demandado: Magistrada Del Tribunal Unitario Agrario Del Trigésimo Tercer Distrito En El Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 620/2017 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por José Carlos Vázquez López en contra de Magistrada Del Tribunal Unitario Agrario Del Trigésimo Tercer Distrito En El Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 27 de Junio del 2017 y cuenta con 12 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 620/2017

  • 18 de Febrero del 2019

    Actor: José Carlos Vázquez López

    Demandado: Magistrada del Tribunal Unitario Agrario del Trigésimo Tercer Distrito en el Estado de Tlaxcala

    Agréguese a los autos el oficio de cuenta, signado por el Secretario de Acuerdos del Tribunal Unitario Agrario, por medio del cual acusa de recibo de los expedientes *** y su conexo *** de su registro, de lo que este juzgado toma conocimiento para los efectos legales conducentes

  • 11 de Febrero del 2019

    Actor: José Carlos Vázquez López

    Demandado: Magistrada del Tribunal Unitario Agrario del Trigésimo Tercer Distrito en el Estado de Tlaxcala

    Visto el oficio de cuenta signado por la Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, se tiene a la superioridad remitiendo los autos originales del expediente de amparo *** del registro de este órgano jurisdiccional, dos tomos de pruebas, y testimonio autorizado de la ejecutoria dictada el veinticuatro de enero de dos mil diecinueve, en el recurso de revisión ***, en la cual se determinó lo siguiente: "PRIMERO. Se confirma la sentencia recurrida. SEGUNDO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a ***, por propio derecho, contra el acto reclamado a la Magistrada del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Treinta y Tres, consistente en el acuerdo emitido el doce de mayo de dos mil diecisiete, dentro de los autos del juicio agrario ***." Acúsese recibo al Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito y glósese al expediente principal devuelto el oficio y testimonio de cuenta, así como las constancias originales que obran en el cuaderno de antecedentes que se integró con motivo del envío de aquél a dicho tribunal; comuníquese lo anterior a las autoridades responsables y háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno. Se declara que la sentencia dictada en el expediente en que se actúa, que no ampara ni protege a la quejosa, ha causado ejecutoria, para todos los efectos legales a que haya lugar. Ahora bien, este juzgado estima que el presente expediente carece de relevancia documental, en virtud de que no se ubica en ninguna de las hipótesis establecidas en el artículo vigésimo primero de dicho acuerdo; por lo tanto, dicho expediente es susceptible de depuración; por haberse negado el amparo y protección de la Justicia de la Unión a la parte quejosa. Una vez que obren en autos las constancias de notificación del presente proveído, sin ulterior acuerdo, envíese el presente juicio constitucional al ARCHIVO, toda vez que se encuentra totalmente concluido. Por tanto, una vez que haya transcurrido el término de tres años, remítase este expediente al Centro de Documentación y Análisis a que hace alusión el acuerdo General Conjunto. Finalmente, toda vez que obran en autos los expedientes *** y su conexo ***, del índice del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Treinta y Tres, devuélvase a su lugar de origen

  • 12 de Febrero del 2018

    Actor: José Carlos Vázquez López

    Demandado: Magistrada del Tribunal Unitario Agrario del Trigésimo Tercer Distrito en el Estado de Tlaxcala

    Visto el estado que guardan los presentes autos y advirtiendo que por Acuerdo General 3/2018, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, emitido en sesión ordinaria de treinta y uno de enero de dos mil dieciocho, se autorizó el cambio de residencia y domicilio de este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado, al diverso ubicado en el SEGUNDO PISO, ALA B, DEL EDIFICIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, SITO EN PREDIO RÚSTICO, EN SANTA ANITA HUILOAC, CÓDIGO POSTAL 90407, MUNICIPIO DE APIZACO, TLAXCALA; en la inteligencia que, las labores de este órgano jurisdiccional en ese lugar, comenzarán a partir del DOCE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO. En tal virtud, hágase saber lo anterior a las partes, para que dentro del plazo de tres días siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del presente proveído, señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en el municipio de Apizaco (el cual deberá ser claro, con el mayor número de referencias posibles), bajo el apercibimiento que de no hacerlo, sin ulterior acuerdo, las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se les practicarán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado

  • 27 de Septiembre del 2017

    Actor: José Carlos Vázquez López

    Demandado: Magistrada del Tribunal Unitario Agrario del Trigésimo Tercer Distrito en el Estado de Tlaxcala

    Agréguese a los autos el oficio de cuenta signado por el actuario judicial adscrito al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, por medio del cual comunica que se admitió el recurso de revisión interpuesto por ***, contra la sentencia de veintitrés de agosto del año en curso, dictada en el juicio de amparo del que deriva el presente cuaderno de antecedentes, el cual quedó radicado bajo el amparo en revisión *** del registro de la superioridad; lo anterior para los efectos legales a los que haya lugar

  • 12 de Septiembre del 2017

    Actor: José Carlos Vázquez López

    Demandado: Magistrada del Tribunal Unitario Agrario del Trigésimo Tercer Distrito en el Estado de Tlaxcala

    Visto el escrito de cuenta, signado por ***, mediante el cual interpone recurso de revisión en contra de la sentencia dictada en el presente juicio. Intégrese por separado el cuaderno de antecedentes respectivo. Una vez que obren la totalidad de las constancias de notificación a las partes del presente proveído, sin necesidad de mayor trámite, remítase mediante oficio el expediente principal en que se actúa, así como el original y copia del escrito de expresión de agravios a la Presidencia del Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, con residencia en esta Ciudad, para la substanciación del recurso que se tramita

  • 31 de Agosto del 2017

    Actor: José Carlos Vázquez López

    Demandado: Magistrada del Tribunal Unitario Agrario del Trigésimo Tercer Distrito en el Estado de Tlaxcala

    Agréguese el escrito signado por el quejoso; en atención a su contenido, se autoriza la expedición de las copias certificadas que solicita el ocursante, previa identificación y razón de entrega que por su recibo obre en autos por cualquiera de los autorizados para tal efecto

  • 24 de Agosto del 2017

    Actor: José Carlos Vázquez López

    Demandado: Magistrada del Tribunal Unitario Agrario del Trigésimo Tercer Distrito en el Estado de Tlaxcala

    se RESUELVE: ÚNICO. La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE a *******, contra el acto reclamado de la magistrada del Tribunal Unitario Agrario Distrito 33, consistente en el acuerdo de doce de mayo de dos mil diecisiete, emitido en los autos del expediente agrario ******, del registro de dicho órgano jurisdiccional, por las razones expuestas en el último considerando de esta resolución

  • 31 de Julio del 2017

    Actor: José Carlos Vázquez López

    Demandado: Magistrada del Tribunal Unitario Agrario del Trigésimo Tercer Distrito en el Estado de Tlaxcala y Otros

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte TERCERO INTERESADA, al no haber acudido a este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala dentro de los dos días siguientes, en el horario comprendido entre las nueve y las quince horas, a partir de la fecha en que se le dejó el CITATORIO en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista que se fija en los estrados del Juzgado y en la página electrónica www.cjf.gob.mx, EL AUTO DE VEINTICUATRO DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE, del cual ya existe síntesis publicada con anterioridad

  • 28 de Julio del 2017

    Actor: José Carlos Vázquez López

    Demandado: Magistrada del Tribunal Unitario Agrario del Trigésimo Tercer Distrito en el Estado de Tlaxcala

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos se advierte que mediante acuerdo de veinticuatro de julio de dos mil diecisiete, se ordenó el emplazamiento del tercero interesado ***, sin que a la fecha en que se actúa obre en autos la constancia relativa del citado llamamiento a juicio. En consecuencia, se difiere la audiencia constitucional y en su lugar se fijan las DIEZ HORAS DEL VEINTITRÉS DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE, para que tenga verificativo. Agréguese a los autos el alegato ministerial signado por el Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a este juzgado federal; atento a su contenido, se tienen por hechas sus manifestaciones a manera de alegatos. Respecto a la copia simple que solicita, una vez que se dicte la sentencia definitiva dentro del presente expediente, expídasele la misma

  • 25 de Julio del 2017

    Actor: José Carlos Vázquez López

    Demandado: Magistrada del Tribunal Unitario Agrario del Trigésimo Tercer Distrito en el Estado de Tlaxcala

    Agréguese a los presentes autos la razón asentada por el actuario de la adscripción en esta data, mediante la cual informa a este órgano jurisdiccional la imposibilidad que tuvo para realizar el emplazamiento a juicio del tercero interesado, por las razones que el citado fedatario público expone en dicha razón. Ahora bien, del contenido de las constancias remitidas por la Magistrada del Tribunal Unitario Agrario Distrito Treinta y Tres, se advierte que el citado tercero interesado señaló como último domicilio procesal dentro del controvertido agrario de origen el ubicado en Tlaxcala, Tlaxcala. En consecuencia, se faculta a cualquiera de los actuarios adscritos a este juzgado a fin de que se constituya en el domicilio anteriormente citado y proceda a emplazar al aludido tercero interesado al presente juicio, corriéndole traslado con copia de la demanda, auto admisorio, así como del presente proveído, haciéndole saber se encuentran señaladas las NUEVE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL VEINTISIETE DE JULIO DE DOS MIL DIECISIETE, para la celebración de la audiencia constitucional en el presente asunto, y el derecho que tiene de apersonarse a juicio si a su interés conviene y lo requiera para que dentro del término de tres días señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad de Tlaxcala, apercibiéndolo que de no hacerlo, las subsecuentes actuaciones aun las de carácter personal, sin ulterior acuerdo, se le practicarán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado

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