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José De Jesús Ibarra Enríquez | Juzgado Octavo Distrito En Exp: 691/2022

Federal > Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito de Tercer Circuito
Actor: José De Jesús Ibarra Enríquez
Demandado: Juzgado Octavo De Distrito En Materias Administrativa, Civil Y De Trabajo En El Estado De Jalisco | Jefe De Pensiones De Seguridad E Higiene Adscrito A La Delegación Estatal Jalisco Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo en revisión

RESUMEN: El Expediente 691/2022 en Materia Administrativa y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por José De Jesús Ibarra Enríquez en contra de Juzgado Octavo De Distrito En Materias Administrativa, Civil Y De Trabajo En El Estado De Jalisco en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Tercer Circuito en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 19 de Diciembre del 2022 y cuenta con 5 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 691/2022

  • 21 de Agosto del 2023

    Actor: José de Jesús Ibarra Enríquez

    Demandado: Jefe de Pensiones de Seguridad e Higiene adscrito a la Delegación Estatal Jalisco del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

    Zapopan, Jalisco, a DIECIOCHO de agosto de dos mil veintitrés. Se tiene por RECIBIDO por conducto del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (S.I.S.E.), en los términos previstos en el Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, "que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo", modificado por "Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que abroga los acuerdos de contingencia por COVID-19 y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones relativas a la utilización de medios electrónicos y soluciones digitales como ejes rectores del nuevo esquema de trabajo en las áreas administrativas y órganos jurisdiccionales del propio consejo", publicados en el Diario Oficial de la Federación el doce de junio de dos mil veinte y veintiocho de octubre de dos mil veintidós, respectivamente, el oficio número 10451/2023, suscrito por la Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegido en Materia Administrativa del Tercer Circuito, en el que transcribe el proveído de dieciséis de este mes de agosto, en el que su Presidente manifiesta lo siguiente: "... "Ahora, toda vez que de una revisión del presente asunto, se advierte que guarda relación con el juicio de amparo indirecto 2402/2021 del índice del Juzgado Octavo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco y con el recurso de revisión principal 691/2022 del índice del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, se solicita dichos órganos jurisdiccionales a fin de que en caso de no tener inconveniente alguno hagan disponibles los expedientes electrónicos referidos de su índice, ubicado en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE).". En razón de lo anterior, se instruye al oficial judicial "A" encargado del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, HABILITE LA CONSULTA del expediente electrónico relativo al amparo en revisión en que se actúa, de conformidad con los artículos 5 y 26 del Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, "que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo", modificado por "Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que abroga los acuerdos de contingencia por COVID-19 y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones relativas a la utilización de medios electrónicos y soluciones digitales como ejes rectores del nuevo esquema de trabajo en las áreas administrativas y órganos jurisdiccionales del propio consejo", publicados en el Diario Oficial de la Federación el doce de junio de dos mil veinte y veintiocho de octubre de dos mil veintidós, respectivamente. Notifíquese. Lo acordó y firma el Magistrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, ante la Secretaria de Acuerdos quien autoriza y da fe

  • 29 de Marzo del 2023

    Actor: José de Jesús Ibarra Enríquez

    Demandado: Juzgado Octavo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco

    Zapopan, Jalisco, a VEINTIOCHO de marzo de dos mil veintitrés. Se tiene por RECIBIDO el oficio número 12181/2023 suscrito por la Actuaria del Juzgado Octavo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco, recibido por conducto del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (S.I.S.E.), en los términos previstos en el Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, "que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo", modificado por "Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que abroga los acuerdos de contingencia por COVID-19 y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones relativas a la utilización de medios electrónicos y soluciones digitales como ejes rectores del nuevo esquema de trabajo en las áreas administrativas y órganos jurisdiccionales del propio consejo", publicados en el Diario Oficial de la Federación el doce de junio de dos mil veinte y veintiocho de octubre de dos mil veintidós, respectivamente, en el que transcribe el proveído de veinticuatro de este mes de marzo, por el que su titular ACUSA RECIBO del diverso girado por este tribunal por el que se remitió el testimonio de la sentencia dictada en este asunto y los autos respectivos. Por tanto, ARCHÍVESE este expediente, y dado que el mismo encuadra en el supuesto del artículo 18 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, "que establece las disposiciones en materia de valoración, depuración, destrucción, digitalización, transferencia y resguardo de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticinco de marzo de dos mil veinte, porque se MODIFICÓ la sentencia recurrida; en consecuencia, se determina que procede la DEPURACIÓN del expediente conservando el escrito de agravios, no así la sentencia ya que de conformidad con el Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, "que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo", modificado por "Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que abroga los acuerdos de contingencia por COVID-19 y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones relativas a la utilización de medios electrónicos y soluciones digitales como ejes rectores del nuevo esquema de trabajo en las áreas administrativas y órganos jurisdiccionales del propio consejo", publicados en el Diario Oficial de la Federación el doce de junio de dos mil veinte y veintiocho de octubre de dos mil veintidós, respectivamente, en su artículo 9°, establece que en "los órganos jurisdiccionales a cargo del CJF, la presentación de demandas, solicitudes, recursos, incidentes y promociones, así como la consulta del expediente electrónico y la práctica de notificaciones electrónicas con independencia del tipo de asunto o materia de que se trate, se realizarán a través del Sistema Electrónico del CJF". Notifíquese. Lo acordó y firma el Magistrado Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, ante la Secretaria de Acuerdos, quien autoriza y da fe

  • 23 de Marzo del 2023

    Actor: José de Jesús Ibarra Enríquez y Otros

    Demandado: Juzgado Octavo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, se resuelve: PRIMERO. Se modifica la sentencia recurrida. SEGUNDO. Se sobresee en el juicio de amparo respecto de los actos reclamados a la Delegación Estatal de Jalisco del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los términos precisados por el Juez de Distrito en la sentencia recurrida. TERCERO. La Justicia de la Unión Ampara y Protege a *************, en contra de los actos precisados en la sentencia recurrida, pero por las razones y para los efectos determinados por este Tribunal Colegiado en la presente ejecutoria

  • 24 de Enero del 2023

    Actor: José de Jesús Ibarra Enríquez

    Demandado: Juzgado Octavo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco

    Zapopan, Jalisco, a veintitrés de enero de dos mil veintitrés. Visto el estado procesal que guarda este expediente, de conformidad con el artículo 92 de la Ley de Amparo, se TURNAN estos autos para que formule el proyecto de resolución al Magistrado CÉSAR THOMÉ GONZÁLEZ. Notifíquese

  • 19 de Diciembre del 2022

    Actor: José de Jesús Ibarra Enríquez

    Demandado: Juzgado Octavo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco

    Zapopan, Jalisco, a dieciséis de diciembre de dos mil veintidós. Se tiene por recibido el oficio número 47343 signado por Juez Octavo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco, por el que remite el juicio de amparo 2402/2021 y en 130 fojas útiles y un cuaderno de pruebas, así como original y copia de un escrito de agravios. Acúsese recibo. Con fundamento en el artículo 81, fracción I, inciso e) y 91 de la Ley de Amparo, se ADMITE el RECURSO DE REVISIÓN interpuesto por *** y ***, contra la sentencia emitida el tres de noviembre de dos mil veintidós en el citado juicio de garantías. DOMICILIO para recibir notificaciones; se les tiene señalando el que indican y como AUTORIZADOS a *** y ***, únicamente para oír y recibir notificaciones por así solicitarlo. De conformidad con el "Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que abroga los acuerdos de contingencia por COVID-19 y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones relativas a la utilización de medios electrónicos y soluciones digitales como ejes rectores del nuevo esquema de trabajo en las áreas administrativas y órganos jurisdiccionales del propio Consejo", publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiocho de octubre de dos mil veintidós, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 263, fracción II, se exhorta a la partes para que cuando les sea posible, transiten hacia la actuación desde el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación. Dése al Agente del MINISTERIO PÚBLICO de la Federación de la adscripción, la intervención que legalmente le corresponde. Hágase del conocimiento de las partes, que este Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de este Tercer Circuito, se encuentra INTEGRADO por los magistrados Jacob Troncoso Ávila, César Thomé González y José Luis Gómez Avilés. Notifíquese

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