Federal
> Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Jose De La Luz Rodriguez
Demandado: Junta Especial Numero 39 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En Tampic, Tamaulipas
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 95/2014 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Jose De La Luz Rodriguez en contra de Junta Especial Numero 39 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En Tampic, Tamaulipa en el Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 23 de Enero del 2014 y cuenta con 8 Notificaciones.
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Actor: Jose De la Luz Rodriguez
Demandado: Junta Especial Numero 39 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Tampic, Tamaulipas
Se notifica por lista al quejoso jose de la cruz rosas rodriguez, el auto de veintiocho de abril del año en curso, en el que se tiene por cumplida la sentencia dictada en autos. Archivese el presente expediente como asunto concluido. Hagase del conocimiento a las partes que el expediente en que se actua es susceptible de depuracion
Actor: Jose De la Luz Rodriguez
Demandado: Junta Especial Numero 39 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Tampic, Tamaulipas
Digasele al autorizado de la parte quejosa que se este a lo acordado mediante proveido de veintiocho de abril de dos mil catorce
Actor: Jose De la Luz Rodriguez
Demandado: Junta Especial Numero 39 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Tampic, Tamaulipas
Se tiene por cumplida la sentencia dictada en autos. Archivese el presente expediente como asunto concluido. Hagase del conocimiento a las partes que el expediente en que se actua es susceptible de depuracion
Actor: Jose De la Luz Rodriguez
Demandado: Junta Especial Numero 39 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Tampic, Tamaulipas
Dese vista a las partes con el cumplimiento de ejecutoria dado por la autoridad responsable en cita, para que en el termino que se indica, manifiesten lo que a sus intereses convenga
Actor: Jose De la Luz Rodriguez
Demandado: Junta Especial Numero 39 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Tampic, Tamaulipas
Se declara que la sentencia dictada en este juicio ha causado ejecutoria y se requiere a la autoridad responsable para que en el término de tres días, proceda a dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo. Apercibida que de no cumplir, se dará trámite al procedimiento que se cita
Actor: Jose De la Luz Rodriguez
Demandado: Junta Especial Numero 39 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Tampic, Tamaulipas
Sentencia: primero.- la justicia de la unión ampara y protege a la parte quejosa en el juicio de amparo. Segundo.- como está ordenado en el considerando septimo entréguese copia autorizada de este fallo a la parte que lo solicite y tercero.- cúmplase lo establecido en el considerando último de esta resolución
Actor: Jose De la Luz Rodriguez
Demandado: Junta Especial Numero 39 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Tampic, Tamaulipas
Dese vista a las partes con los informes justificados
Actor: Jose De la Luz Rodriguez
Demandado: Junta Especial Numero 39 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Tampic, Tamaulipas
Se admite la demanda de amparo; se señalan las diez horas con quince minutos del dieciocho de febrero de dos mil catorce, para la celebracion de la audiencia constitucional. Sin tramitarse el incidente de suspension por no haberse solicitado. Se tiene como tercero interesado a quien se precisa. Tengase como autorizados de la parte quejosa a quienes indica y como domicilio para oir y recibir notificaciones el que señala para tal fin. Se hace del conocimiento a la parte quejosa que las resoluciones que se dicten durante el desarrollo del juicio, constituyen información pública y podrán ser consultadas por cualquier persona; en la inteligencia de que existir alguna oposición se omitira la publicación de los datos personales en listas de notificación que se publiquen. Se hace del conocimiento de la parte quejosa que en caso de que las autoridades que señaló como responsables no existan con la denominación o en la localidad indicada, sin mayor trámite se tendrán por inexistentes y suspendida toda comunicación con éstas
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