Federal
> Décimo Segundo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: José Joaquin Carpintero álvarez.
Demandado: Juzgado Quincuagésimo Octavo De Lo Civil De Proceso Escrito De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Excusas e Impedimentos
RESUMEN: El Expediente 4/2024 en Materia Civil y de tipo Excusas E Impedimentos fue promovido por José Joaquin Carpintero Álvarez en contra de Juzgado Quincuagésimo Octavo De Lo Civil De Proceso Escrito De La Ciudad De México en el Décimo Segundo Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 07 de Mayo del 2024 y cuenta con 6 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: José Joaquin Carpintero Álvarez.
Demandado: Juzgado Quincuagésimo Octavo de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México .
Téngase a la autoridad oficiante, acusando recibo de las constancias que indica. Por otra parte, atento al estado procesal de autos, se determina que este asunto será destruible en el plazo de tres años. Háganse las anotaciones correspondientes en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes y archívese este expediente como asunto totalmente concluido. Notifíquese.
Actor: José Joaquin Carpintero Álvarez.
Demandado: Juzgado Quincuagésimo Octavo de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México .
SENTENCIA QUE DECLARA INFUNDADO EL IMPEDIMENTO
Actor: José Joaquin Carpintero Álvarez.
Demandado: Juzgado Quincuagésimo Octavo de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México .
TÚRNESE a la ponencia de la Magistrada María Dolores Concepción Igareda Diez de Sollano. Notifíquese.
Actor: José Joaquin Carpintero Álvarez.
Demandado: Juzgado Quincuagésimo Octavo de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México .
Visto lo de cuenta, téngase al Juez Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, en atención a la solicitud efectuada en auto de dieciséis de mayo del año en curso, rindiendo el informe a que hace referencia el artículo 60 de la Ley de Amparo, y remite el expediente del incidente de suspensión relativo al juicio de amparo indirecto 2**/2024; lo que se ordena agregar a los autos para que obre como corresponda. Acúsese el recibo de estilo correspondiente. En esas condiciones, toda vez que el Juez Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, en su informe niega la causa de impedimento que el promovente le atribuye, con fundamento en el artículo 60 de la Ley de Amparo, se señalan las doce horas del día veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro, a efecto de que se lleve a cabo la audiencia que refiere el artículo 60 de la Ley de Amparo, lo anterior, con conocimiento de las partes, para los efectos legales conducentes. Notifíquese.
Actor: José Joaquin Carpintero Álvarez.
Demandado: Juzgado Quincuagésimo Octavo de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México .
Se admite a trámite el presente impedimento, mismo que será resuelto por este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo. Con fundamento en el artículo 60 de la Ley de Amparo, solicítese al Juez Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, para que en un plazo de veinticuatro horas, contado a partir del día siguiente a la legal notificación del presente proveído, rinda su informe respecto de la recusación planteada y para tal efecto, entréguesele copia del escrito de recusación. Notifíquese y personalmente al Juez Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.
Actor: José Joaquin Carpintero Álvarez.
Demandado: Juzgado Quincuagésimo Octavo de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México .
Requiérase al promovente del impedimento, para que dentro del término de tres días, exhiba lo indicado; apercibido que de no cumplir con el requerimiento aludido en el plazo fijado, se desechará de plano el impedimento de que se trata. Notifíquese y personalmente al promovente del impedimento.
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información