Federal
> Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Jose Juan Galarza Tovar
Demandado: Presidente De La Junta Especial Numero Uno De Conciliacion Y Arbitraje En Tampico, Tam
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1150/2022 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Jose Juan Galarza Tovar en contra de Presidente De La Junta Especial Numero Uno De Conciliacion Y Arbitraje En Tampico, Tam en el Juzgado Décimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 13 de Septiembre del 2022 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: Jose Juan Galarza Tovar
Demandado: Presidente de la Junta Especial Numero Uno de Conciliacion y Arbitraje En Tampico, Tam
Ha causado ejecutoria la sentencia dictada en el presente juicio de garantias. Archivese el expediente como asunto concluido. En virtud de ser un juicio de amparo sobreseído, se hace la indicación que el presente asunto es susceptible de destrucción y carece de relevancia documental, por lo que una vez transcurrido el término tres años, deberá transferirse a la dependencia en comento
Actor: Jose Juan Galarza Tovar
Demandado: Presidente de la Junta Especial Numero Uno de Conciliacion y Arbitraje En Tampico, Tam
Sentencia: primero.- se sobresee en el juicio de amparo. Segundo.- como está ordenado entréguese copia autorizada de este fallo a la parte que lo solicite y tercero.- cúmplase lo establecido en el considerando último de esta resolución
Actor: Jose Juan Galarza Tovar
Demandado: Presidente de la Junta Especial Numero Uno de Conciliacion y Arbitraje En Tampico, Tam
Se admite la demanda de amparo; se señalan las diez horas con cuarenta y seis minutos del trece de octubre de dos mil veintidós, para la celebracion de la audiencia constitucional. No ha lugar a la apertura del incidente de suspension. Se reserva proveer respecto del tercero interesado. Tengase como autorizados de la parte quejosa a quienes indica y como domicilio para oir y recibir notificaciones el que señala para tal fin. Se hace del conocimiento de las partes que las resoluciones que se dicten durante el desarrollo del juicio, constituyen información pública y podrán ser consultadas por cualquier persona; en la inteligencia de que existir alguna oposición se omitira la publicación de los datos personales en listas de notificación que se publiquen. Conforme con lo establecido en los artículos 3° y décimo primero transitorio de la ley de amparo, procédase en su momento a la digitalización del expediente electrónico
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