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José Juan Martínez Crisanto | Gobernador Constitucional Del Exp: 658/2000

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: José Juan Martínez Crisanto | José Juan Martínez Crisanto
Demandado: Gobernador Constitucional Del Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 658/2000 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por José Juan Martínez Crisanto en contra de Gobernador Constitucional Del Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició en el año 2000 y cuenta con 2 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 658/2000

  • 25 de Abril del 2002

    Actor: JOSÉ JUAN MARTÍNEZ CRISANTO

    Demandado: Gobernador Constitucional del Estado de Tlaxcala

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista el auto de 23 de los corrientes que dice: "... Visto que los presentes autos encuadran en el supuesto establecido por el acuerdo general conjunto 1/2001 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, mismo que determina la depuración del acervo archivístico de los Juzgados de Distrito, se requiere a la parte quejosa para que dentro del término de seis meses comparezca a recoger el documento en cita, apercibido que de no hacerlo, se procedera a su destrucción junto con los presentes autos..."

  • 24 de Abril del 2002

    Actor: JOSÉ JUAN MARTÍNEZ CRISANTO

    Demandado: Gobernador Constitucional del Estado de Tlaxcala

    Visto que los presentes autos encuadran en el supuesto establecido por el acuerdo general conjunto 1/2001 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, mismo que determina la depuración del acervo archivístico de los Juzgados de Distrito, se requiere a la parte quejosa para que dentro del término de seis meses comparezca a recoger el documento en cita, apercibido que de no hacerlo, se procedera a su destrucción junto con los presentes autos. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE

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