Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: José Juan Sánchez Rodríguez .
Demandado: Junta Especial Número Cuatro De La Federal De Conciliación Y Arbitraje Y Otros..
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3575/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por José Juan Sánchez Rodríguez en contra de Junta Especial Número Cuatro De La Federal De Conciliación Y Arbitraje Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 21 de Noviembre del 2023 y cuenta con 6 Notificaciones.
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Actor: José Juan Sánchez Rodríguez .
Demandado: Junta Especial Número Cuatro de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: José Juan Sánchez Rodríguez .
Demandado: Junta Especial Número Cuatro de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, mediante el cual informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: José Juan Sánchez Rodríguez .
Demandado: Junta Especial Número Cuatro de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE a la Junta Especial Número Cuatro de la Federal de Conciliación y Arbitraje y su Presidente, para que dentro del plazo legal de TRES DÍAS, contado a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo, informe a este Juzgado el cumplimiento que haya dado a la sentencia de mérito. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: José Juan Sánchez Rodríguez .
Demandado: Junta Especial Número Cuatro de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: José Juan Sánchez Rodríguez .
Demandado: Junta Especial Número Cuatro de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Agréguese a los autos el oficio que remite la autoridad responsable, mediante el cual rinde su informe justificado; y en su apoyo acompaña copia certificada de diversa constancia del expediente natural; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónese en la audiencia constitucional. Notifíquese.
Actor: José Juan Sánchez Rodríguez .
Demandado: Junta Especial Número Cuatro de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las NUEVE HORAS CON CINCUENTA Y UN MINUTOS DEL TRES DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, le asiste el carácter de tercero interesado al mencionado en la demanda. Por ende, con fundamento en el artículo 26, fracción II, inciso b), de la Ley de Amparo, se ordena emplazarlo por oficio, corriéndole traslado con copia de la demanda, y del presente auto, y haciéndole de su conocimiento que, si es su deseo, con tal carácter puede comparecer en el juicio de amparo en que se actúa. Notifíquese y emplácese.
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