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Jose Luis Franco Saravia | Juez Auxiliar Civil De La Capital Exp: 1219/2002

Federal > Juzgado Primero De Distrito En El Estado De Durango de Vigésimo Quinto Circuito
Actor: Jose Luis Franco Saravia
Demandado: Juez Auxiliar Civil De La Capital
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 1219/2002 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Jose Luis Franco Saravia en contra de Juez Auxiliar Civil De La Capital en el Juzgado Primero De Distrito En El Estado De Durango en Circuito 25 (Durango). El Proceso inició el 27 de Diciembre del 2002 y cuenta con 18 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 1219/2002

  • 09 de Junio del 2005

    Actor: Jose Luis Franco Saravia

    Demandado: Juez Auxiliar Civil de la Capital

    El presente juicio de garantias es susceptible de depuracion

  • 14 de Marzo del 2003

    Actor: Jose Luis Franco Saravia

    Demandado: Juez Auxiliar Civil de la Capital

    Se declara que ha causado estado en sus terminos dicho acuerdo. Archivese como asunto concluido

  • 25 de Febrero del 2003

    Actor: Jose Luis Franco Saravia

    Demandado: Juez Auxiliar Civil de la Capital

    (-).- dese vista al oferente de la prueba, para que dentro del termin de tres dias, manifieste lo que a sus intereses convenga; en el entendido, que de no desahogar la vista en el termino indicado, no se continuara con el desahogo de dicho medio de conviccion. Se difiere la audiencia constitucional a las 9:30 horas del veintiocho de febrero de dos mil tres. Requierase al quejoso para que dentro del termino de tres dias, acuda ante este tribunal debidamente identificado y ratifique su escrito de desistimiento; apercibido que de no dar cumplimiento, el presente juicio, se seguira por sus tramites correspondientes

  • 24 de Febrero del 2003

    Actor: Jose Luis Franco Saravia

    Demandado: Juez Auxiliar Civil de la Capital

    (-).- dese vista al oferente de la prueba, para que dentro del termin de tres dias, manifieste lo que a sus intereses convenga; en el entendido, que de no desahogar la vista en el termino indicado, no se continuara con el desahogo de dicho medio de conviccion. Se difiere la audiencia constitucional a las 9:30 horas del veintiocho de febrero de dos mil tres. Requierase al quejoso para que dentro del termino de tres dias, acuda ante este tribunal debidamente identificado y ratifique su escrito de desistimiento; apercibido que de no dar cumplimiento, el presente juicio, se seguira por sus tramites correspondientes

  • 18 de Febrero del 2003

    Actor: Jose Luis Franco Saravia

    Demandado: Juez Auxiliar Civil de la Capital

    Dese vista al oferente de la prueba, para que dentro del termin de tres dias, manifieste lo que a sus intereses convenga; en el entendido, que de no desahogar la vista en el termino indicado, no se continuara con el desahogo de dicho medio de conviccion. Se difiere la audiencia constitucional a las 9:30 horas del veintiocho de febrero de dos mil tres. Requierase al quejoso para que dentro del termino de tres dias, acuda ante este tribunal debidamente identificado y ratifique su escrito de desistimiento; apercibido que de no dar cumplimiento, el presente juicio, se seguira por sus tramites correspondientes

  • 29 de Enero del 2003

    Actor: Jose Luis Franco Saravia

    Demandado: Juez Auxiliar Civil de la Capital

    (-).- se suspende la audiencia constitucional y se señala como nueva fecha las 9:30 horas del dia diecisiete de febrero de dos mil tres; concediendoseles a las partes un termino de diez dias a fin de que se presenten las pruebas y contrapruebas relativas a la autenticidad del documento objetado de falso. Se comisiona a la actuaria adscrita para que constituya a las 11:00 horas del dia tres de febrero del año en curso, en la empresa automotriz carrera, s. A., ubicada en av. 20 de noviembre y ana leyva de esta ciudad, y proceda llevar a cabo el desahogo de dicho medio de conviccion. Asimismo, para que a las 11:00 horas del dia cuatro de febrero del año en curso, se constituya en el domicilio de calle guadalajara n.203, de la colonia jalisco en esta ciudad, y de fe del numero de serie, numero de motor y numero de registro federal de automoviles, respecto del vehiculo a que se hizo referencia

  • 24 de Enero del 2003

    Actor: Jose Luis Franco Saravia

    Demandado: Juez Auxiliar Civil de la Capital

    (-).- tengase a la parte quejosa anunciando en tiempo a cargo de raul herrera diaz, jose salvador flores puentes y juan angel guerrero gurrola, distribuyanse entre las partes copia del interrogatorio, requierase al oferente de la prueba para que el dia de la audiencia presente a los testigos, debidamente identificados, apercibido que de no hacerlo, dicho medio de conviccion se declarara desierto

  • 21 de Enero del 2003

    Actor: Jose Luis Franco Saravia

    Demandado: Juez Auxiliar Civil de la Capital

    Reservese acordar lo relativo a su admision o desechamiento de la prueba de inspeccion judicial ofrecida por el tercero perjudicado, el dia de la celebracion de la audiencia constitucional

  • 14 de Enero del 2003

    Actor: Jose Luis Franco Saravia

    Demandado: Juez Auxiliar Civil de la Capital

    (-).- agreguense los informes justificados con que se da cuenta. Tengase al tercero perjudicado miguel lazalde ramos por apersonandose en el presente juicio. Sele tiene oofrecidas la presuncional en su doble aspecto y la instrumental de actuaciones. En lo atinente a la inspeccion judicial ofrecida, requierase al ocursante para que dentro del termino de tres dias, manifieste si la referida prueba la ofrece en torno en demostrar la autenticidad de la factura que objeta

  • 13 de Enero del 2003

    Actor: Jose Luis Franco Saravia

    Demandado: Juez Auxiliar Civil de la Capital

    Agreguense los informes justificados con que se da cuenta. Tengase al tercero perjudicado miguel lazalde ramos por apersonandose en el presente juicio. Sele tiene oofrecidas la presuncional en su doble aspecto y la instrumental de actuaciones. En lo atinente a la inspeccion judicial ofrecida, requierase al ocursante para que dentro del termino de tres dias, manifieste si la referida prueba la ofrece en torno en demostrar la autenticidad de la factura que objeta

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