Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: José Luis Sánchez Hernández
Demandado: Director De La Policía Ministerial En El Estado De Tlaxcala. Y Otros
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 531/2011 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por José Luis Sánchez Hernández en contra de Director De La Policía Ministerial En El Estado De Tlaxcala. Y Otro en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 15 de Abril del 2011 y cuenta con 9 Notificaciones.
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Actor: José Luis Sánchez Hernández
Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros
Visto que ha transcurrido el término, sin que las partes hubieren recurrido la sentencia dictada en el juicio, consecuentemente, se declara que dicha sentencia que sobreseyó el juicio, ha causado ejecutoria para todos los efectos legales procedentes. Comuníquese lo anterior a las autoridades responsables, háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno y una vez que obren en autos las constancias de notificación del presente proveído, sin ulterior acuerdo, archívese el presente expediente como asunto concluido. Finalmente, este juzgador estima que el presente expediente carece de relevancia documental, en virtud de que no se ubica en ninguna de las hipótesis establecidas en el artículo vigésimo primero de dicho acuerdo; por tanto, SERÁ DESTRUIBLE. Realícese la identificación correspondiente en la carátula del expediente y una vez que haya transcurrido el término que establece el diverso artículo décimo primero del Acuerdo General en cita, remítase este expediente al Centro de Documentación y Análisis a que hace alusión el acuerdo General Conjunto. Finalmente, con apoyo una vez que transcurra el plazo de seis meses, procédase a la destrucción del duplicado del incidente de suspensión
Actor: José Luis Sánchez Hernández
Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros
Se resuelve.- Único: Se sobresee en el juicio
Actor: José Luis Sánchez Hernández
Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros
Dése vista a las partes con el informe justificado que rinde la autoridad responsable
Actor: José Luis Sánchez Hernández
Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros
Agréguese a los autos el oficio signado por el la responsable, sin que haya lugar a tomar en consideración el informe previo, toda vez que el mismo fue recepcionado con fecha posterior a la celebración de la audiencia incidental
Actor: José Luis Sánchez Hernández
Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros
Dése vista a las partes con el informe justificado que rinde la autoridad responsable
Actor: José Luis Sánchez Hernández
Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros
Se resuelve.- Primero: Se niega la suspensión definitiva. Segundo: Se concede la suspensión definitiva. Se requiere a la parte quejosa para que en el plazo de cinco días exhiba una garantía por la cantidad de un mil quinientos pesos, y además, para que en el plazo de tres días comparezca ante el Juez Primero Penal del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer, apercibida que de no hacerlo la suspensión concedida dejará de surtir sus efectos
Actor: José Luis Sánchez Hernández
Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros
Dése vista a las partes con los informes justificados que rinden las autoridades responsables
Actor: José Luis Sánchez Hernández
Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros
Se admite a trámite la demanda de amparo, fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que corresponda. Se fijan las DOCE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL ONCE DE MAYO DE DOS MIL ONCE, para la celebración de la audiencia constitucional. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica y por autorizadas a las personas que menciona. En cumplimiento a la ley de transparencia indiquese el derecho que les asiste, hasta dictarse sentencia, para oponerse de manera expresa, en relación con los terceros, a la publicación de sus datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento para la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos
Actor: José Luis Sánchez Hernández
Demandado: Director de la Policía Ministerial en el Estado de Tlaxcala. y Otros
Como esta ordenado en el cuaderno principal, tramitase por duplicado el incidente de suspensión relativo al juicio de garantías, se fijan las NUEVE HORAS CON VEINTICINCO MINUTOS DEL DIECINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL ONCE para la celebración de la audiencia incidental. Se concede al quejoso la suspensión provisional. La medida cautelar surte sus efectos desde luego, pero dejará de hacerlo si la quejosa no exhibe una garantía dentro del término de TRES días por la cantidad de un mil quinientos pesos, en cualquiera de las formas que establece la ley. La medida cautelar no surtirá efecto alguno, si la orden de aprehensión es dictada por autoridad judicial distinta a la aquí señalada o si se sorprende al quejoso en la comisión de flagrante delito. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que señala y por autorizadas a las personas que indica
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