Federal
> Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: José Luis Torres Hernández.
Demandado: Camara De Diputados Del Congreso De La Unión .
Materia: Civil
Tipo: Queja
RESUMEN: El Expediente 120/2020 en Materia Civil y de tipo Queja fue promovido por José Luis Torres Hernández en contra de Camara De Diputados Del Congreso De La Unión en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 02 de Septiembre del 2020 y cuenta con 2 Notificaciones.
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SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES DECRETADA DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE AL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO. EN EL ENTENDIDO QUE DICHO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN IMPLICA LA REANUDACIÓN DE LOS PLAZOS EN EL PUNTO EN QUE QUEDARON PAUSADOS, MÁS NO SU REINICIO. EN CONSECUENCIA, CONTINÚESE CON LA SECUELA PROCESAL DEL PRESENTE ASUNTO. NOTIFÍQUESE.
Se tiene por recibido el correo institucional de la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito, por medio del cual remite la papeleta de turno de la referida oficina de correspondencia, el oficio de cuenta del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, a través de cual rinde informe en materia de la queja y remite el escrito de expresión de agravios del Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana representado por el Titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos y Transparencia de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, ***, interpuesto en contra del proveído de veintisiete de febrero del año en curso. Vista la papeleta de remisión de la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito, se advierte que el presente recurso de queja fue turnado al Decimoquinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y no a este órgano colegiado, lo cual se tiene como hecho notorio en términos del artículo 88 del Código Federal de Procedimientos Civiles. En tales condiciones, remítase vía interconexión el presente asunto al referido Decimoquinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, a efecto de que conozca del presente asunto, solicitando el acuse de recibo respectivo. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto. Se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Notifíquese.
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