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Jose Manuel Rivera Romero | Junta Especial Número 33 De La Exp: 103/2019

Federal > Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Jose Manuel Rivera Romero
Demandado: Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Amparo en revisión

RESUMEN: El Expediente 103/2019 en Materia Laboral y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Jose Manuel Rivera Romero en contra de Junta Especial Número 33 De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 20 de Junio del 2019 y cuenta con 3 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 103/2019

  • 03 de Septiembre del 2019

    Puebla, Puebla, dos de septiembre de dos mil diecinueve. Téngase por recibido el oficio signado por la Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, a través del cual acusa recibo del juicio de amparo indirecto de origen, de un tomo anexo, así como del testimonio de la resolución dictada en el presente asunto. Por otra parte, se advierte que no existe trámite pendiente por realizar, ya que en sesión ordinaria de quince de agosto de dos mil diecinueve se resolvió el presente asunto en el que se confirmó la sentencia recurrida y se negó el amparo y la protección solicitados; consecuentemente, archívese este asunto. Por tanto, tomando en consideración que el presente asunto no es de relevancia documental, se hace la declaratoria que es susceptible de depuración, en su momento oportuno.

  • 03 de Julio del 2019

    Puebla, Puebla, dos de julio de dos mil diecinueve. De la certificación de cuenta, se advierte que trascurrió el plazo de cinco días que establece el artículo 82 de la Ley de Amparo, para que la parte que obtuvo resolución favorable en el juicio de amparo indirecto se adhiriera al presente recurso, sin que lo hubiera hecho, en tales condiciones, y toda vez que el mismo se encuentra integrado, con fundamento en el numeral 92 de la legislación de la materia, túrnese el expediente a la ponencia del Magistrado José Ybraín Hernández Lima, a fin de que elabore el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

  • 20 de Junio del 2019

    Puebla, Puebla, diecinueve de junio de dos mil diecinueve. Téngase por recibido el oficio signado por la Juez Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula, mediante el cual remite el recurso de revisión interpuesto por José Manuel Rivera Romero, por conducto de sus autorizados en términos amplios del artículo 12 de la Ley de Amparo José Gustavo Salvador Vargas y Vázquez y Víctor Manuel Corona Muñoz, en contra de la sentencia terminada de engrosar el catorce de mayo de dos mil diecinueve, dictada en el juicio de amparo indirecto 253/2019. ADMISIÓN se admite el mismo y se ordena registrarlo con el número 103/2019 en el libro de gobierno, en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, integrar su expediente y digitalizar las actuaciones hasta su conclusión. Lo anterior, toda vez que mediante auto de diez de junio del presente año, la Juez de Distrito ordenó distribuir copias simples del escrito de agravios a las partes, notificaciones que fueron realizadas, por lo que el presente asunto se encuentra debidamente integrado. DOMICILIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES Y AUTORIZADOS DEL RECURRENTE Se tiene como domicilio para recibir notificaciones el que señala en su escrito de agravios y autorizados. MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN Dese la intervención al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a este tribunal. PROTECCIÓN DE DATOS De conformidad con los numerales 16, 68 y 71 de la Ley Federal, así como el diverso 73 de la Ley General, ambas de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se hace de conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación está obligado a proteger los datos personales que obren en su poder, así como a poner a disposición del público y actualizar las versiones públicas de las sentencias que sean de interés público, en las cuales la información clasificada -reservada o confidencial- que obre en la misma no puede ser objeto de publicación. INTEGRACIÓN DE ESTE TRIBUNAL COLEGIADO Se hace saber a las partes que este Tribunal Colegiado se encuentra integrado por los Magistrados José Ybraín Hernández Lima (Presidente), Miguel Mendoza Montes y Francisco Esteban González Chávez. NOTIFICACIÓN A LAS PARTES Se ordena notificar esta determinación al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito, a la parte recurrente y a quien obtuvo resolución favorable en el juicio de amparo por lista.

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