Federal
> Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: José Miguel Gómez Peña .
Demandado: Junta Especial Número Dos De La Federal De Conciliación Y Arbitraje Y Otros..
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 3591/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por José Miguel Gómez Peña en contra de Junta Especial Número Dos De La Federal De Conciliación Y Arbitraje Y Otro en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Noviembre del 2023 y cuenta con 7 Notificaciones.
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Actor: José Miguel Gómez Peña .
Demandado: Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Vista la certificación. Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido. este expediente deberá conservarse en el archivo de este Juzgado por el término de tres años y es susceptible de conservación. este expediente no es de relevancia documental. NOTIFÍQUESE; Y VÍA ELECTRÓNICA A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: José Miguel Gómez Peña .
Demandado: Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Agréguese a los autos el oficio de la autoridad responsable, informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; Y VÍA ELECTRÓNICA A LA PARTE QUEJOSA.
Actor: José Miguel Gómez Peña .
Demandado: Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE al Presidente de la Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje, para que dentro del plazo legal de TRES DÍAS, contado a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo, informe a este Juzgado el cumplimiento que haya dado a la sentencia de mérito. Se apercibe. NOTIFÍQUESE.
Actor: José Miguel Gómez Peña .
Demandado: Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
VISTOS PARA RESOLVER: PRIMERO. SE SOBRESEE EN EL JUICIO DE AMPARO. SEGUNDO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.
Actor: José Miguel Gómez Peña .
Demandado: Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Agréguese a los autos el oficio signado por la autoridad responsable, mediante el cual rinde su informe justificado; y en su apoyo remite copia certificada de diversa constancia relativa al juicio de origen; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónese en la audiencia constitucional. con fundamento en el artículo 9 de la Ley de Amparo, se tiene como delegado de la autoridad responsable, a la persona que refiere en el oficio que se provee. Notifíquese.
Actor: José Miguel Gómez Peña .
Demandado: Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
SE NOTIFICA POR LISTA A LA PARTE TERCERA INTERESADA, CON EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO, EL PROVEÍDO DE VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. "Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las NUEVE HORAS CON CINCUENTA Y UN MINUTOS DEL CUATRO DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, le asiste el carácter de terceros interesados a los señalados en su escrito inicial de demanda. Por tanto, con fundamento en los artículos 115 y 116 del mismo ordenamiento legal, instrúyase al actuario adscrito para que emplace a la parte tercera interesada en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese; y emplácese". NOTIFÍQUESE.
Actor: José Miguel Gómez Peña .
Demandado: Junta Especial Número Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje y Otros..
Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las NUEVE HORAS CON CINCUENTA Y UN MINUTOS DEL CUATRO DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, le asiste el carácter de terceros interesados a los señalados en su escrito inicial de demanda. Por tanto, con fundamento en los artículos 115 y 116 del mismo ordenamiento legal, instrúyase al actuario adscrito para que emplace a la parte tercera interesada en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese; y emplácese.
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