Federal
> Primer Tribunal Colegiado En Materias Administrativa Y Civil Del Vigésimo Segundo Circuito, Con Residencia En Querétaro, Querétaro de Vigésimo Segundo Circuito
Actor: José Pedro Y/o Pedro García Hernández | Pablo Ignacio Quintanar Casares
Demandado: Director Dl Registro Público De La Propiedad Y Del Comercio Del Estado De Querétaro | Segunda Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia Del Estado De Querétaro | Juez Segundo De Primera Instancia Civil De Querétaro
Materia: Civil o Administrativa
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 744/2018 en Materia Civil o Administrativa y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por José Pedro Y/O Pedro García Hernández en contra de Director Dl Registro Público De La Propiedad Y Del Comercio Del Estado De Querétaro en el Primer Tribunal Colegiado En Materias Administrativa Y Civil Del Vigésimo Segundo Circuito, Con Residencia En Querétaro, Querétaro en Circuito 22 (Querétaro). El Proceso inició el 11 de Diciembre del 2018 y cuenta con 19 Notificaciones.
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Actor: JOSÉ PEDRO Y/O PEDRO GARCÍA HERNÁNDEZ
Demandado: DIRECTOR DL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Téngase a la autoridad responsable acusando recibo de lo enviado por este tribunal. Con fundamento en acuerdo 2/2009 de los plenos de la suprema corte de justicia de la nación y del consejo de la judicatura federal, archívese este asunto como concluido en la inteligencia de que se clasifica con valor jurídico. Por lo que en su momento oportuno se procederá a su depuración
Actor: JOSÉ PEDRO Y/O PEDRO GARCÍA HERNÁNDEZ
Demandado: SEGUNDA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE QUERÉTARO
único. La justicia de la unión no ampara ni protege a la parte quejosa en contra de la resolución reclamada y su ejecución
Actor: JOSÉ PEDRO Y/O PEDRO GARCÍA HERNÁNDEZ
Demandado: SEGUNDA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Visto el estado procesal que guardan los autos del presente asunto, con fundamento en los artículos 183 de la ley de amparo y 41, fracción ii, de la ley orgánica del poder judicial de la federación, se ordena turnar los mismos a la ponencia del magistrado ramiro rodríguez pérez, a fin de que tenga a bien formular el proyecto de resolución correspondiente
Actor: JOSÉ PEDRO Y/O PEDRO GARCÍA HERNÁNDEZ
Demandado: DIRECTOR DL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Téngase al promovente realizando diversas manifesactiones
Actor: JOSÉ PEDRO Y/O PEDRO GARCÍA HERNÁNDEZ
Demandado: DIRECTOR DL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Téngase a la autoridad tercero interesada apersonándose al presente asunto y realizando diversas manifestaciones con relación a la demanda de amparo interpuesta; asimismo, téngasele señalando como delegados a las personas que cita
Actor: JOSÉ PEDRO Y/O PEDRO GARCÍA HERNÁNDEZ
Demandado: DIRECTOR DL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Téngase al quejoso dando cumplimiento con lo solicitado por este tribunal federal.... En consecuencia, se admite. . . Se tiene como terceros interesados a los que se cita. . Se da vista a las partes, para que dentro del término de quince días, presenten alegatos o promuevan amparo adhesivo, en el entendido de que transcurrido el término señalado y tres días mas, sin mayor dilación se turnaran los autos a la ponencia respectiva
Actor: JOSÉ PEDRO Y/O PEDRO GARCÍA HERNÁNDEZ
Demandado: DIRECTOR DL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Se ordena agregar a sus autos para que obre como legalmente corresponda, el escrito signado por josé pedro garcía hernández y/o pedro garcía hernández, quejoso en el presente asunto, al que acompaña tres ejemplares del periódico el universal, relativos a las publicaciones de edictos del emplazamiento del tercero interesado rafael carlos rodríguez rivera. Ahora bien, con fundamento en el artículo 297, fracción ii del código federal de procedimientos civiles, de aplicación supletoria a la ley de amparo, por disposición de su ordinal 2°, deviene necesario requerir al quejoso para que en el término de tres días, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, presente ante este tribunal federal los ejemplares del diario oficial de la federación que acrediten la publicación de los edictos de emplazamiento al citado tercero interesado, misma que fue ordenada en proveído de dieciocho de febrero de dos mil diecinueve
Actor: JOSÉ PEDRO Y/O PEDRO GARCÍA HERNÁNDEZ
Demandado: DIRECTOR DL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Se ordena agregar a sus autos para que obre como legalmente corresponda, el escrito de josé pedro y/o pedro garcía hernández, al que acompaña seis fojas en copia simple de los recibos de pago de la publicación de edictos a su costa, expedidos por el periódico "el universal", y la secretaría de gobernación del diario oficial de la federación, respectivamente; lo anterior, a fin emplazar a juicio al tercero interesado rafael carlos rodríguez rivera
Actor: JOSÉ PEDRO Y/O PEDRO GARCÍA HERNÁNDEZ
Demandado: SEGUNDA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Se ordena agregar a sus autos para que obre como legalmente corresponda, el escrito signado por josé pedro garcía hernández y/o pedro garcía hernández, parte quejosa en el asunto en que se actúa; y, atento a su contenido, dígase al promovente que se esté a lo acordado en proveído de dieciocho de febrero de dos mil diecinueve, en el que, entre otras cosas, literalmente se dispuso: "en consecuencia, toda vez que de autos se advierte que se ha agotado la investigación y trámites respectivos para localizar los inmuebles que habita el citado tercero interesado, y lograr su emplazamiento, sin obtener resultados positivos; con apoyo en el artículo 27, fracción iii, inciso b) último párrafo, de la ley de amparo, se ordena emplazar a rafael carlos rodríguez rivera, por medio de edictos a costa del quejoso josé pedro garcía hernández y/o pedro garcía hernández, para lo cual se ordena requerirlo, para que en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del proveído en que se actúa, se presente en este órgano colegiado debidamente identificado a fin de recoger y exhibir (dentro del mismo plazo) la publicación de los edictos que al efecto se dejan a su disposición, la cual deberá hacerse por tres veces de siete en siete días en el diario oficial de la federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la república mexicana, apercibido que de no hacerlo, se turnarán los autos a la ponencia respectiva a efecto de que el pleno provea lo conducente, respecto al artículo 63, fracción ii, de la ley de la materia." en efecto, la publicación de los edictos ordenada en dicho proveído, como ya se señaló, deberá realizarse en el diario oficial de la federación y uno de los periódicos de mayor circulación en el país, por tres veces y de siete en siete días. Por tanto, el quejoso podrá elegir el periódico de mayor circulación en la república mexicana, de su preferencia; entre los cuales, están "el universal", "reforma", "el financiero", "milenio", "el economista", "excélsior" o "la jornada"; asimismo, se hace de su conocimiento que las oficinas del diario oficial de la federación, se ubican en: "calle río amazonas, número 262, colonia cuauhtémoc, delegación cuauhtémoc, código postal 06500, en la ciudad de méxico", en la inteligencia de que corresponde al quejoso o a su abogado patrono, realizar todas las gestiones para su publicación. Por otro lado, se concede al promovente la prórroga de diez días que solicita, a efecto de que realice la publicación correspondiente. Finalmente, devuélvanse a josé pedro garcía hernández y/o pedro garcía hernández, o a sus autorizados o abogado patrono, los edictos que anexó a su escrito de cuenta; en el entendido de que, si se niega a recibirlos, quedarán a su disposición, bajo su entera responsabilidad, en la secretaría de acuerdos de este tribunal, ya que obra la constancia de entrega de fecha cinco de abril del año en curso, en la que recibió tres juegos de los mismos
Actor: JOSÉ PEDRO Y/O PEDRO GARCÍA HERNÁNDEZ
Demandado: SEGUNDA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE QUERÉTARO
Con fundamento en el artículo 26, fracción iii, de la nueva ley de amparo, notifico por medio de lista, el proveído de veintisiete de marzo del dos mil diecinueve, a la parte quejosa
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