Federal
> Quinto Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: José Raúl Morales Suárez
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 822/2018 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por José Raúl Morales Suárez en contra de Junta Especial Número Siete Bis De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Quinto Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 31 de Agosto del 2018 y cuenta con 8 Notificaciones.
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Actor: José Raúl Morales Suárez
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Por recibido el oficio de la Junta responsable, mediante el cual acusa recibo del testimonio de la ejecutoria y del expediente laboral; agréguese y toda vez que ya se resolvió el juicio de amparo, archívese. Se determina que este asunto es susceptible de depuración y no tiene relevancia documental. Notifíquese
Por recibido el oficio de la Junta responsable, mediante el cual acusa recibo del testimonio de la ejecutoria y del expediente laboral; agréguese y toda vez que ya se resolvió el juicio de amparo, archívese. Se determina que este asunto es susceptible de depuración y no tiene relevancia documental. Notifíquese
No ampara. Notifíquese
Actor: José Raúl Morales Suárez
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
No ampara. Notifíquese
Visto el estado de los autos, y toda vez que los terceros interesados señalados, no se apersonaron ni promovieron amparo adhesivo, y al no obrar en autos domicilios para oír y recibir notificaciones, háganse aun las de carácter personal por medio de lista. Túrnese el presente al Magistrado Antonio Rebollo Torres para el proyecto de resolución respectivo. Finalmente, hágase del conocimiento a las partes la nueva integración de este Quinto Tribunal Colegiado, quedará de la siguiente manera a partir del uno de octubre del año en curso: Magistrado Presidente Roberto Ruiz Martínez, Magistrado Antonio Rebollo Torres y el licenciado Armando Sánchez Castillo, secretario de tribunal en funciones de Magistrado. Lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese
Actor: José Raúl Morales Suárez
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
Visto el estado de los autos, y toda vez que los terceros interesados señalados, no se apersonaron ni promovieron amparo adhesivo, y al no obrar en autos domicilios para oír y recibir notificaciones, háganse aun las de carácter personal por medio de lista. Túrnese el presente al Magistrado Antonio Rebollo Torres para el proyecto de resolución respectivo. Finalmente, hágase del conocimiento a las partes la nueva integración de este Quinto Tribunal Colegiado, quedará de la siguiente manera a partir del uno de octubre del año en curso: Magistrado Presidente Roberto Ruiz Martínez, Magistrado Antonio Rebollo Torres y el licenciado Armando Sánchez Castillo, secretario de tribunal en funciones de Magistrado. Lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese
SE ADMITE la demanda de garantías, por estar presentada en tiempo. Dese intervención al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito, para que manifieste lo que a su representación corresponda; asimismo, notifíquese a los terceros interesados del presente proveído para que en el plazo de quince días presenten sus alegatos o promuevan amparo adhesivo. Se tiene por señalado el domicilio que indica y como autorizadas a las personas que menciona para los efectos que se precisan. Se hace del conocimiento de las partes el derecho que tienen conforme de los artículos 1 y 8 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Se habilitan horas y días inhábiles a los actuarios adscritos a este Tribunal Colegiado para que realicen las diligencias correspondientes. Notifíquese
Actor: José Raúl Morales Suárez
Demandado: Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje
SE ADMITE la demanda de garantías, por estar presentada en tiempo. Dese intervención al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito, para que manifieste lo que a su representación corresponda; asimismo, notifíquese a los terceros interesados del presente proveído para que en el plazo de quince días presenten sus alegatos o promuevan amparo adhesivo. Se tiene por señalado el domicilio que indica y como autorizadas a las personas que menciona para los efectos que se precisan. Se hace del conocimiento de las partes el derecho que tienen conforme de los artículos 1 y 8 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Se habilitan horas y días inhábiles a los actuarios adscritos a este Tribunal Colegiado para que realicen las diligencias correspondientes. Notifíquese
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