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Jose Roberto Bernardo Y/o J. Palillero Balderas | Poder Ejecutivo Exp: 1360/2013

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Jose Roberto Bernardo Y/o Jose Roberto Y/o Roberto Y/o J. Roberto Palillero Balderas
Demandado: Poder Ejecutivo Del Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 1360/2013 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Jose Roberto Bernardo Y/O Jose Roberto Y/O Roberto Y/O J. Roberto Palillero Baldera en contra de Poder Ejecutivo Del Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 30 de Abril del 2013 y cuenta con 6 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 1360/2013

  • 04 de Julio del 2013

    Actor: Jose Roberto Bernardo Y/o Jose Roberto Y/o Roberto Y/o J. Roberto Palillero Balderas

    Demandado: Poder Ejecutivo del Estado de Tlaxcala

    Se declara que la sentencia que sobreseyó el juicio, ha causado ejecutoria para todos los efectos legales procedentes. Háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno y una vez que obren en autos las constancias de notificación del presente proveído, sin ulterior acuerdo, archívese el presente expediente como asunto concluido. Este juzgador estima que el presente expediente carece de relevancia documental; por tanto, será destruible

  • 14 de Junio del 2013

    Actor: Jose Roberto Bernardo Y/o Jose Roberto Y/o Roberto Y/o J. Roberto Palillero Balderas

    Demandado: Poder Ejecutivo del Estado de Tlaxcala

    Se resuelve.- Único: Se sobresee en el juicio

  • 05 de Junio del 2013

    Actor: Jose Roberto Bernardo Y/o Jose Roberto Y/o Roberto Y/o J. Roberto Palillero Balderas

    Demandado: Poder Ejecutivo del Estado de Tlaxcala

    Se tiene a la autoridad oficiante remitiendo copia certificada de la resolución de veinticinco de abril de dos mil trece, dictada en el juicio ordinario laboral 338/2011-B de su índice y sus respectivas notificaciones, dése vista a las partes para los efectos legales conducentes

  • 30 de Mayo del 2013

    Actor: Jose Roberto Bernardo Y/o Jose Roberto Y/o Roberto Y/o J. Roberto Palillero Balderas

    Demandado: Poder Ejecutivo del Estado de Tlaxcala

    Requiérase al Actuario adscrito al Tribunal de Conciliación y Arbitraje, para que dentro del término de tres días informe si ya realizó las notificaciones referidas, o bien, manifieste el impedimento que tenga para ello; apercibido que de no hacerlo, se le impondrá una multa. En atención a que se encuentra transcurriendo el término de ocho días para que las partes se impongan de los informes justificados, se difiere la audiencia constitucional y se fijan las DOCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL TRECE DE JUNIO DE DOS MIL TRECE para su celebración

  • 27 de Mayo del 2013

    Actor: Jose Roberto Bernardo Y/o Jose Roberto Y/o Roberto Y/o J. Roberto Palillero Balderas

    Demandado: Poder Ejecutivo del Estado de Tlaxcala

    Dése vista a las partes con el informe justificado que rinde la responsable

  • 30 de Abril del 2013

    Actor: Jose Roberto Bernardo Y/o Jose Roberto Y/o Roberto Y/o J. Roberto Palillero Balderas

    Demandado: Poder Ejecutivo del Estado de Tlaxcala

    Se admite a trámite la demanda de amparo, fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que corresponda. Se fijan las ONCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL VEINTINUEVE DE MAYO DE DOS MIL TRECE, para la celebración de la audiencia constitucional. Emplácese al tercero perjudicado mediante oficio. Ténganse como pruebas de la parte quejosa las que alude, mismas que se desahogan por su propia y especial naturaleza y por formulados sus alegatos. Devuélvase la documental que ofrece como prueba, previa copia certificada de la misma, identificación y razón de entrega que se agregue a los autos y por autorizados para recibirlas a la persona que menciona. Se tiene como su domicilio el que señala y por autorizadas a las personas que refiere. En cumplimiento a la ley de transparencia indiquese el derecho que les asiste, hasta dictarse sentencia, para oponerse de manera expresa, en relación con los terceros, a la publicación de sus datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento para la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos

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