Federal
> Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla de Sexto Circuito
Actor: Jovita Vargas Morales
Demandado: Tribunal De Arbitraje Del Estado De Puebla
Materia: Laboral
Tipo: Inconformidad
RESUMEN: El Expediente 9/2018 en Materia Laboral y de tipo Inconformidad fue promovido por Jovita Vargas Morales en contra de Tribunal De Arbitraje Del Estado De Puebla en el Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Sexto Circuito, Con Residencia En Puebla, Puebla en Circuito 6 (Puebla). El Proceso inició el 27 de Marzo del 2018 y cuenta con 4 Notificaciones.
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Puebla, Puebla diecisiete de mayo de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio signado por la responsable, mediante el cual, en atención al diverso 225/2018-A de nuestra estadística, acusa recibo del juicio laboral de origen D-260/205. archívese este asunto. Finalmente, tomando en consideración que el asunto que nos ocupa no se encuentra contemplado en los supuestos de depuración o destrucción que establece el Acuerdo General 2/2009, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la Transferencia, Digitalización, Depuración y Destrucción de los Expedientes Generados en los Tribunales Colegiados de Circuito, consérvese íntegramente, tal como lo refiere el Manual para la Organización de los Archivos Judiciales Resguardados por dicha Corte.
Puebla, Puebla, diez de abril de dos mil dieciocho. el presente asunto se encuentra turnado al Magistrado Miguel Ángel Ramos Pérez; sin embargo, dicho Magistrado le fue otorgada licencia académica del dieciséis al veintisiete de abril de dos mil dieciocho. En virtud de lo anterior se autorizó a la licenciada Gilda Herrera Salazar Secretaria de este Tribunal Colegiado, para realizar las funciones de Magistrada de Circuito por el mismo periodo; en tales condiciones, se returna el expediente en que se actúa a la citada licenciada Gilda Herrera Salazar, para la formulación del proyecto de resolución.
Puebla, Puebla cuatro de abril de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el oficio signado por el Presidente y Representante del Estado del Tribunal de Arbitraje del Estado de Puebla, por medio del cual, en cumplimiento al requerimiento de veintiséis de marzo del año en curso (fojas 7 a 9 del expediente en que se actúa), remite el juicio laboral de origen 260/2015 de su índice. visto el estado de autos del que se advierte que mediante auto de veintiséis de marzo de la presente anualidad (fojas 7 a 9 ídem), se admitió el recurso de inconformidad interpuesto por Jovita Vargas Morales -parte quejosa en el amparo directo 530/2017 de nuestro índice-, a través de su autorizado legal Darío García Rojas, con personalidad reconocida en proveído de ocho de septiembre de dos mil diecisiete (fojas 24 a 27 del citado juicio de amparo directo), en contra del acuerdo de veintiséis de febrero de dos mil dieciocho (fojas 175 a 178 ídem), en el que se tuvo por cumplida la ejecutoria dictada en el citado juicio de amparo indirecto 530/2017 de nuestro índice. TURNO A PONENCIA túrnense los autos al Magistrado Miguel Ángel Ramos Pérez, a fin de que elabore el proyecto de resolución.
Puebla, Puebla a veintiséis de marzo de dos mil dieciocho. Téngase por recibido el escrito de Jovita
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