Federal
> Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Sonora de Quinto Circuito
Actor: Juan Carlos Gutiérrez Gutiérrez.
Demandado: Tribunal De Justicia Administrativa Del Estado De Sonora, Hermosillo . | Ayuntamiento De Nogales Sonora .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 625/2023 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Juan Carlos Gutiérrez Gutiérrez en contra de Tribunal De Justicia Administrativa Del Estado De Sonora, Hermosillo en el Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Sonora en Circuito 5 (Sonora). El Proceso inició el 05 de Diciembre del 2023 y cuenta con 10 Notificaciones.
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Actor: Juan Carlos Gutiérrez Gutiérrez.
Demandado: Ayuntamiento de Nogales Sonora .
Se tiene por consentido el proveído de treinta de abril del año en curso, en el que se tuvo por cumplido el fallo protector dictado en el presente juicio de amparo, archívese el presente expediente como asunto concluido, se considera que no tiene valor histórico ni jurídico, por lo tanto, no tiene relevancia documental. Finalmente, toda vez que el presente asunto se encuentra totalmente concluido, se ordena hacer la devolución del tomo de prueba formado como anexo I, a la autoridad responsable Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo, que en su oportunidad sirvió para el dictado de la sentencia correspondiente.
Actor: Juan Carlos Gutiérrez Gutiérrez.
Demandado: Ayuntamiento de Nogales Sonora .
Se practica notificación por lista a la parte quejosa, del auto de treinta de abril del año en curso que dice: Se procede a resolver sobre el cumplimiento dado a la ejecutoria dictada en el presente juicio de amparo, se declara que el fallo protector ha quedado cumplido, dado que no se incurrió en exceso o defecto en el cumplimiento de dicha ejecutoria de amparo, se ordena dar vista a las partes para que dentro del término de quince días manifiesten lo que a su interés convenga, en el entendido que, en caso de no hacerlo, se tendrá por consentido el presente proveído
Actor: Juan Carlos Gutiérrez Gutiérrez.
Demandado: Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Sonora, Hermosillo .
Se procede a resolver sobre el cumplimiento dado a la ejecutoria dictada en el presente juicio de amparo, se declara que el fallo protector ha quedado cumplido, dado que no se incurrió en exceso o defecto en el cumplimiento de dicha ejecutoria de amparo, se ordena dar vista a las partes para que dentro del término de quince días manifiesten lo que a su interés convenga, en el entendido que, en caso de no hacerlo, se tendrá por consentido el presente proveído
Actor: Juan Carlos Gutiérrez Gutiérrez.
Demandado: Ayuntamiento de Nogales Sonora .
Se agrega el telegrama de cuenta que remite el Secretario de Acuerdos y Proyectos adscrito a la Segunda Ponencia del Tribunal de Justicia Administrativa, con residencia en Hermosillo, Sonora, a través del cual indica acreditar que dio cumplimiento a la ejecutoria de amparo, pues aduce que para tal efecto remitió las constancias que así lo acreditan; por tanto, una vez que se cuente con las referidas documentales se proveerá lo conducente.
Actor: Juan Carlos Gutiérrez Gutiérrez.
Demandado: Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Sonora, Hermosillo .
Se advierte que a la fecha ha transcurrido el plazo de diez días sin que las partes hubieran recurrido la sentencia dictada en este juicio; por tanto, se declara que dicha sentencia mediante la cual se concedió la protección de la Justicia Federal a Juan Carlos Gutiérrez Gutiérrez, ha causado ejecutoria para todos los efectos legales correspondientes, requiérase a la autoridad responsable para que dentro del término de tres días siguientes a la legal notificación de este acuerdo, cumpla con la sentencia ejecutoriada emitida en este juicio de amparo, se apercibe en caso de no cumplir
Actor: Juan Carlos Gutiérrez Gutiérrez.
Demandado: Ayuntamiento de Nogales Sonora .
Se advierte que el doce de febrero del año en curso, se dictó sentencia en el presente asunto, en la que se concedió el amparo y protección de la justicia federal al quejoso. En atención a lo anterior, mediante atento oficio comuníquese dicha determinación al tercero interesado Ayuntamiento de Nogales, Sonora, para los efectos legales a que haya lugar.
Actor: Juan Carlos Gutiérrez Gutiérrez.
Demandado: Ayuntamiento de Nogales Sonora .
Se celebra audiencia y se dicta resolución constitucional, cuyos puntos resolutivos son: PRIMERO. La justifica federal ampara y protege. Segundo. Procédase a la captura de la sentencia en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes.
Actor: Juan Carlos Gutiérrez Gutiérrez.
Demandado: Ayuntamiento de Nogales Sonora .
Se agrega telegrama y oficio que remite el Secretario de Acuerdos y Proyectos y el Magistrado Instructor de la Segunda Ponencia, ambos del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Sonora, con sede en Hermosillo, y se tienen por rendidos informes justificados y por ofertadas documentales, consistentes en copia certificada del expediente 561/2012, con las que se ordena formar por separado anexo I. Constancias de las que se advierte que le surte el carácter de tercero interesado al H. Ayuntamiento de Nogales, Sonora, y se ordena su emplazamiento por medio de oficio.
Actor: Juan Carlos Gutiérrez Gutiérrez.
Demandado: Ayuntamiento de Nogales Sonora .
Se difiere la celebración de la audiencia constitucional señalada para el día de hoy y en su lugar se fijan las nueve horas con veinticinco minutos del doce de febrero del año en curso.
Actor: Juan Carlos Gutiérrez Gutiérrez.
Demandado: Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Sonora, Hermosillo .
Se admite demanda de amparo, se señalan las nueve horas con diez minutos del diez de enero de dos mil veinticuatro para la celebración de la audiencia constitucional, se requiere informe justificado, se apercibe en caso de no cumplir, se reserva lo conducente respecto al tercero interesado, se aceptan las pruebas ofrecidas, se autoriza domicilio procesal que señala, se acepta al autorizado que señala para su representación, se autoriza consulta de expediente electrónico
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