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Juan Javier Torres Pérez | Directora General De Recursos Humanos Exp: 1591/2022

Federal > Juzgado Décimo Sexto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Juan Javier Torres Pérez | Agente Del Ministerio Público De La Federación Adscrito Al Juzgado Decimosexto De Distrito En Materia Administrativa En Esta Ciudad
Demandado: Directora General De Recursos Humanos De La Fiscalía General De Justicia De La Ciudad De México
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 1591/2022 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Juan Javier Torres Pérez en contra de Directora General De Recursos Humanos De La Fiscalía General De Justicia De La Ciudad De México en el Juzgado Décimo Sexto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 24 de Octubre del 2022 y cuenta con 42 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 1591/2022

  • 03 de Marzo del 2025

    Actor: Juan Javier Torres Pérez

    Demandado: Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

    Se advierte que no se interpuso recurso de inconformidad en contra del auto que tuvo por cumplida la sentencia definitiva dictada en el presente juicio, dentro del plazo a que se refiere el numeral 202 de la Ley de Amparo; en consecuencia, con fundamento en el artículo 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia, se declara que HA CAUSADO ESTADO...archívese el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido...Por otra parte, devuélvase a la parte quejosa las documentales que en su caso, haya exhibido en copia certificada o simple en el presente juicio; por tanto, mediante notificación por lista que se le realice, infórmesele que se encuentran a su disposición dichas documentales en el local de este Juzgado a efecto de que las recoja, con el apercibimiento de que de no hacerlo, serán destruidas junto con las constancias que correspondan. En ese sentido, se instruye a la Secretaria encargada de la mesa de trámite para que al momento de realizar la devolución de que se trata, únicamente proceda a dejar en autos la certificación de desglose de las documentales devueltas, sin que al efecto sea necesario dejar copia certificada de las mismas, previa toma de razón que por su recibo y entrega se asiente para constancia...se advierte que obran por cuerda separada los autos del juicio de nulidad **** del índice de la Cuarta Sala Ordinaria Jurisdiccional del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, identificado como Tomo I; por tanto; devuélvase a la citada autoridad por conducto del actuario de la adscripción, para los efectos conducentes. NOTIFÍQUESE

  • 17 de Enero del 2025

    Actor: Juan Javier Torres Pérez

    Demandado: Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

    DE CONFORMIDAD CON EL AVISO DE CATORCE DE ENERO DE DOS MIL VEINTICINCO, SE NOTIFICA POR LISTA EL PROVEIDO CUYA SINTESIS ES: " Se desprende que el plazo de tres días concedido a la parte quejosa mediante proveído del ocho de noviembre del año en curso, ha transcurrido en su totalidad, sin que a la fecha en que se actúa haya realizado manifestación alguna al respecto, por lo que tomando en consideración el estado procesal que guardan los presentes autos, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se declara cumplido el fallo protector en atención a lo siguiente:... Por lo anterior, este Juzgado de Distrito estima que el fallo protector ha quedado puntualmente cumplido, toda vez que se ha restituido a la parte quejosa en el goce de sus derechos violados, en términos de lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley de Amparo. Por tanto, en su oportunidad archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido, y notifíquese personalmente a la parte quejosa la presente determinación, para los efectos de la fracción I del artículo 201 de la Ley de la Materia. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA

  • 11 de Diciembre del 2024

    Actor: Juan Javier Torres Pérez

    Demandado: Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

    Se desprende que el plazo de tres días concedido a la parte quejosa mediante proveído del ocho de noviembre del año en curso, ha transcurrido en su totalidad, sin que a la fecha en que se actúa haya realizado manifestación alguna al respecto, por lo que tomando en consideración el estado procesal que guardan los presentes autos, con fundamento en el artículo 196 de la Ley de Amparo, se declara cumplido el fallo protector en atención a lo siguiente:... Por lo anterior, este Juzgado de Distrito estima que el fallo protector ha quedado puntualmente cumplido, toda vez que se ha restituido a la parte quejosa en el goce de sus derechos violados, en términos de lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley de Amparo. Por tanto, en su oportunidad archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido, y notifíquese personalmente a la parte quejosa la presente determinación, para los efectos de la fracción I del artículo 201 de la Ley de la Materia. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA

  • 22 de Noviembre del 2024

    Actor: Juan Javier Torres Pérez

    Demandado: Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

    Subdirector de Relaciones Laborales de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, mediante el cual informa que se encuentra realizando gestiones a fin de dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo dictada en el presente juicio; en atención a su contenido, no ha lugar a realizar mayor pronunciamiento, toda vez que en auto de ocho de noviembre pasado, se dio vista con cumplimiento a la sentencia dictada en este sumario. NOTIFÍQUESE

  • 13 de Noviembre del 2024

    Actor: Juan Javier Torres Pérez

    Demandado: Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

    DE CONFORMIDAD CON EL AVISO DE SIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, SE NOTIFICA POR LISTA EL PROVEIDO CUYA SINTESIS ES: "Se REANUDA DE LA TRAMITACIÓN del presente asunto y se procede acordar lo siguiente:...Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, mediante el cual remite copia del título de crédito con número*** a nombre del quejoso y solicita que se le notifique para que se presente a recogerlo; de lo que se toma conocimiento...tomando en consideración que la responsable exhibe copia del título de crédito con folio *** del veinticinco de junio del año en curso, expedido a nombre del quejoso ***, por la cantidad de***, a fin de evitar mayores dilaciones en la ejecución del fallo protector y en atención a la solicitud de la autoridad oficiante, con copia del oficio de cuenta, su anexo y con fundamento en el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de Amparo, requiérase a la parte quejosa, para que dentro del plazo de TRES DÍAS, se ...Por lo tanto, se apercibe a la quejosa que en caso de no hacer manifestación alguna, se realizará el pronunciamiento respectivo, en el que se valorará su omisión para presentarse a recoger el título de crédito puesto a su disposición....Bajo el apercibimiento que de ser omiso a lo solicitado, o bien, de no manifestar oportunamente las gestiones que se encuentra llevando a cabo para dar cumplimiento al fallo protector y justificar la causa de su retraso, lo que deberán acreditar con constancias fehacientes, las personas físicas que ostentan la titularidad de la autoridad requerida, se hará acreedora a una multa...NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA

  • 11 de Noviembre del 2024

    Actor: Juan Javier Torres Pérez

    Demandado: Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

    Director de Relaciones Laborales y Prestaciones de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, mediante el cual en atención al requerimiento formulado en este expediente manifiesta haber dado cumplimiento a la resolución dictada en autos y al efecto exhibe documental para acreditar su dicho...dese vista y córrase traslado a la parte quejosa con copia autorizada del oficio de cuenta y su anexo, para que dentro del plazo de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. Apercibida que en caso de no hacer manifestación alguna al respecto, se resolverá sobre el cumplimiento de la ejecutoria con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la oficiante, en la que se declarará si la sentencia está cumplida, si se incurrió en exceso o defecto, o en su caso, si hay imposibilidad para cumplirla, en términos de lo que dispone el referido artículo 196 de la ley de la materia. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA

  • 31 de Octubre del 2024

    Actor: Juan Javier Torres Pérez

    Demandado: Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

    Se REANUDA DE LA TRAMITACIÓN del presente asunto y se procede acordar lo siguiente:...Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, mediante el cual remite copia del título de crédito con número*** a nombre del quejoso y solicita que se le notifique para que se presente a recogerlo; de lo que se toma conocimiento...tomando en consideración que la responsable exhibe copia del título de crédito con folio *** del veinticinco de junio del año en curso, expedido a nombre del quejoso ***, por la cantidad de***, a fin de evitar mayores dilaciones en la ejecución del fallo protector y en atención a la solicitud de la autoridad oficiante, con copia del oficio de cuenta, su anexo y con fundamento en el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de Amparo, requiérase a la parte quejosa, para que dentro del plazo de TRES DÍAS, se ...Por lo tanto, se apercibe a la quejosa que en caso de no hacer manifestación alguna, se realizará el pronunciamiento respectivo, en el que se valorará su omisión para presentarse a recoger el título de crédito puesto a su disposición....Bajo el apercibimiento que de ser omiso a lo solicitado, o bien, de no manifestar oportunamente las gestiones que se encuentra llevando a cabo para dar cumplimiento al fallo protector y justificar la causa de su retraso, lo que deberán acreditar con constancias fehacientes, las personas físicas que ostentan la titularidad de la autoridad requerida, se hará acreedora a una multa...NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA

  • 21 de Octubre del 2024

    Actor: Juan Javier Torres Pérez

    Demandado: Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

    Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, mediante el cual desahoga el requerimiento efectuado en auto de dieciocho de julio del año en curso, y al efecto informa que la parte quejosa no se ha presentado a las oficinas de dicha Dirección a efecto de recoger el cheque expedido a su favor. Al respecto, resérvese acordar lo conducente, toda vez que de la certificación que antecede se desprende que está transcurriendo el plazo de tres días otorgado a la parte quejosa en el citado proveído para presentarse en las oficinas de la autoridad oficiante a recoger el título de crédito en cuestión, por lo que una vez que fenezca dicho lapso, se preverá que en derecho corresponda. NOTIFÍQUESE

  • 14 de Octubre del 2024

    Actor: Juan Javier Torres Pérez

    Demandado: Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

    Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, mediante el cual desahoga el requerimiento efectuado en auto de dieciocho de julio del año en curso, y al efecto informa que la parte quejosa no se ha presentado a las oficinas de dicha Dirección a efecto de recoger el cheque expedido a su favor. Al respecto, resérvese acordar lo conducente, toda vez que de la certificación que antecede se desprende que está transcurriendo el plazo de tres días otorgado a la parte quejosa en el citado proveído para presentarse en las oficinas de la autoridad oficiante a recoger el título de crédito en cuestión, por lo que una vez que fenezca dicho lapso, se preverá que en derecho corresponda. NOTIFÍQUESE

  • 03 de Octubre del 2024

    Actor: Juan Javier Torres Pérez

    Demandado: Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

    Directora General de Recursos Humanos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, mediante el cual desahoga el requerimiento efectuado en auto de dieciocho de julio del año en curso, y al efecto informa que la parte quejosa no se ha presentado a las oficinas de dicha Dirección a efecto de recoger el cheque expedido a su favor. Al respecto, resérvese acordar lo conducente, toda vez que de la certificación que antecede se desprende que está transcurriendo el plazo de tres días otorgado a la parte quejosa en el citado proveído para presentarse en las oficinas de la autoridad oficiante a recoger el título de crédito en cuestión, por lo que una vez que fenezca dicho lapso, se preverá que en derecho corresponda. NOTIFÍQUESE

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