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Juan Manuel Martínez Flores. | Junta Especial Numero 5 De La Exp: 360/2021

Federal > Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Juan Manuel Martínez Flores.
Demandado: Junta Especial Numero 5 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Con Residencia En Esta Ciudad .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 360/2021 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Juan Manuel Martínez Flore en contra de Junta Especial Numero 5 De La Local De Conciliación Y Arbitraje Con Residencia En Esta Ciudad en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 22 de Marzo del 2021 y cuenta con 11 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 360/2021

  • 25 de Junio del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, veinticuatro de junio de dos mil veintiuno. Vista la certificación secretarial que antecede, se advierte que ha transcurrido el término de diez días que refiere el artículo 86 de la Ley de Amparo, sin que la sentencia dictada que sobreseyó en el presente juicio de amparo haya sido recurrida por la parte quejosa, que es a quien le pudo irrogar agravios, y no obstante ello, no lo recurrió; por tanto, se declara que dicha resolución ha causado ejecutoria, para todos los efectos legales correspondientes; en consecuencia, háganse las anotaciones en el Libro Uno de Juzgado correspondiente a los juicios de amparo, y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, y archívese el presente asunto como totalmente concluido. ...Notifíquese. ...

  • 06 de Mayo del 2021

    R E S U E L V E : PRIMERO. Se SOBRESEE en el juicio de amparo respecto del acto precisado en el considerando segundo de esta sentencia, por las razones expuestas en el considerando tercero de la misma. SEGUNDO. La presente resolución será publicable en términos del último considerando de esta sentencia.

  • 03 de Mayo del 2021

    REPUBLICACIÓN..Reynosa, Tamaulipas, a diecinueve de marzo de dos mil veintiuno. Vista la demanda de amparo promovida por la quejosa Juan Manuel Martínez Flores, contra actos de la Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje, con residencia en esta ciudad; por tanto, con fundamento en los artículos 103 fracción I, 107 fracciones I, XII y XV de la Constitución Federal, en relación con los diversos numerales 1, 33, fracción IV, 35, 37, 107 fracción V, 112, 115 y 117 de la Ley de Amparo, se ADMITE A TRÁMITE LA DEMANDA, la cual queda registrada en el Libro Uno de Juzgado y en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, con el número 360/2021-III, por ser el ordinal progresivo que le corresponde; sin tramitarse el incidente de suspensión por no haberlo solicitado expresamente. Se señalan las DIEZ HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL CUATRO DE MAYO DE DOS MIL VEINTIUNO, para que tenga verificativo el desahogo de la audiencia constitucional en el presente juicio.... De conformidad con el artículo 5, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, téngase como tercero interesado al TRW VEHICLE SAFETY SISTEMS DE MEXICO Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. Por tanto, con fundamento en el artículo 26, fracción I, inciso b), de la ley de la materia, se comisiona al Actuario de la adscripción para que lleve a cabo el emplazamiento a juicio de la citada parte procesal, en el domicilio que obra en el escrito de cuenta, corriéndole traslado con copia de la demanda de amparo y copia autorizada del acuerdo de admisión. En la inteligencia que el emplazamiento que practique con la empresa mencionada, deberá realizarlo con la persona que acredite tener su representación legal. ....Como lo dispone el numeral 5, fracción IV, de la Ley de Amparo, dése a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este juzgado, la intervención que legalmente le corresponde; en la inteligencia de que en términos del artículo 110 de la ley de la materia, deberá entregársele copia simple de la demanda de amparo, por conducto del Actuario de la adscripción o, en su caso, podrá ser recogida en la secretaría correspondiente, en uno u otro caso, deberá dejarse constancia legal de su recibo. ... Notifíquese. ...

  • 27 de Abril del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, veintiséis de abril de dos mil veintiuno. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio SSB/GN-05-REY:SSB-00375/2021, signado por el Jefe del Departamento Comercial de la Comisión Federal de Electricidad, con sede en esta ciudad, por medio del cual en atención al requerimiento formulado en auto de catorce de abril del año en curso, informa que después de realizar una búsqueda en su base de archivo no encontró domicilio alguno de la empresa tercera interesada TRW Vehicle Safety Sistems de México, donde se pueda emplazar a la misma; en consecuencia, téngasele dando cumplimiento a dicho requerimiento y agréguese a los presentes autos para que obre como corresponda. Notifíquese....

  • 23 de Abril del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, veintidós de abril de dos mil veintiuno. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio JUR-408/2021, signado por el Subcoordinador Jurídico de la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, con sede en esta ciudad, por medio del cual en atención al requerimiento formulado en auto de catorce de abril del año en curso, informa el domicilio donde se pueda emplazar al tercero interesado TRW Vehicle Safety Sistems de México, a saber, avenida Pedregal mza 2L-13 y 14, C.P. 88780, Parque Industrial Colonial, del plano oficial de esta ciudad; en ese contexto, téngasele informando lo anterior para los efectos legales conducentes. En esas condiciones, se comisiona al Actuario de la adscripción a efecto de que se constituya en el referido domicilio, y emplace a juicio a dicha tercera interesada, corriéndole traslado con copia simple de la demanda de amparo, y copia autorizada del auto admisorio, haciéndole de su conocimiento la fecha señalada para la celebración de la audiencia constitucional, de conformidad con los numerales 26, fracción I, inciso b), 27, fracción I, y 115, de la ley de la materia; debiéndole requerir para que dentro del plazo de tres días computado legalmente, señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibiéndola que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, y por lista en una página electrónica, de conformidad con el artículo 26, fracción III, de la Ley de Amparo. Notifíquese, y personalmente a la tercero interesada. ...

  • 20 de Abril del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, diecinueve de abril de dos mil veintiuno. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio 700-63-00-00-00-2021-0105, signado por el Administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente de Tamaulipas "4", con sede en esta ciudad, por medio del cual en atención al requerimiento formulado en auto de catorce de abril del año en curso, informa la imposibilidad que tiene para proporcionar algún domicilio donde se pueda emplazar al tercero interesado TRW Vehicle Safety Sistems de México; en ese contexto, téngasele informando lo anterior para los efectos legales conducentes y una vez que las diversas autoridades requeridas acuérdese lo conducente en derecho sobre dicho tópico. Notifíquese...

  • 15 de Abril del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, catorce de abril de dos mil veintiuno. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el oficio 473/5/2021, enviado por la autoridad responsable Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado, con sede en esta ciudad, por medio del cual en atención al requerimiento formulado en auto de ocho de abril del año en curso, informa el domicilio del tercero interesado TRW VEHICLE SAFETY SISTEMS DE MÉXICO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, a saber, boulevard Mike Allen, número 1370, Parque Industrial Reynosa, del plano oficial de esta ciudad; en ese contexto, téngasele dando cumplimiento a dicho requerimiento y agréguese a los presentes autos para que obre como corresponda. Ahora, tomando en consideración que el domicilio que proporcionó la citada responsable es el mismo al que obra en autos; por tanto, fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo vigente, en relación con el numeral 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, requiérase al Instituto Mexicano del Seguro Social, Teléfonos de México, Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, Comisión Federal de Electricidad, y Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente "Tamaulipas 4", con residencia en Reynosa, Tamaulipas, para que en el plazo de tres días, contado a partir de su legal notificación, informen a este órgano jurisdiccional, si en sus archivos cuentan con domicilio cierto y actual del citado tercero interesado para estar en posibilidad de emplazarlo al presente juicio de amparo. Se apercibe a las citadas dependencias que de no dar cumplimiento a lo anterior en el plazo legal concedido o de no informar el motivo que se los impida, se les impondrá una multa en forma individual de cincuenta veces el valor diario que tenga en esta fecha la unidad de medida y actualización, de conformidad con lo dispuesto por los numerales 237, fracción I, y 259, de la ley de la materia. Notifíquese....

  • 09 de Abril del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, ocho de abril de dos mil veintiuno. Visto el estado procesal que guardan los autos, se advierte que no se ha logra emplazar a la parte tercero interesada TRW VEHICLE SAFETY SISTEMS DE MÉXICO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en el domicilio que proporcionó la parte quejosa en su demanda de garantías. En mérito de lo anterior, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo vigente, en relación con el numeral 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación suplencia, requiérase a la Junta Especial número cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad, para que en el plazo de tres días, contado a partir de su legal notificación, informe a este órgano jurisdiccional, el último domicilio señalado por el citado tercero interesado dentro del juicio laboral 549/5/2018, para estar en posibilidad de emplazarlo al presente juicio Bajo el apercibimiento que de no dar cumplimiento a lo anterior; o bien, de no informar el impedimento legal que tenga para ello, se le impondrá una multa de cien veces el valor diario que tenga en esta fecha la unidad de medida y actualización, de conformidad con los artículos 237, fracción I, y 259 de la Ley de Amparo. Notifíquese....

  • 05 de Abril del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, treinta de marzo de dos mil veintiuno. Visto lo de cuenta, con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, téngase a la autoridad responsable Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado, con sede en esta ciudad, rindiendo su informe justificado. Asimismo, con apoyo en el numeral 119 de la ley de la materia, se tienen como pruebas documentales las constancias que anexó a su informe la citada responsable, mismas que se tomarán en consideración al momento de resolver el presente asunto. Con lo anterior, dese vista a las partes a fin de que manifiesten lo que a su interés legal convenga, sin perjuicio de su relación en la audiencia constitucional. Notifíquese. ...

  • 26 de Marzo del 2021

    Reynosa, Tamaulipas, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. Vista la razón actuarial que antecede, de la cual se advierte que al Actuario adscrito a este juzgado no le fue posible emplazar a juicio al tercero interesado ******************** en el domicilio ubicado en******************** En mérito de lo anterior, con fundamento en el artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, requiérase por a la parte quejosa para que en el término de tres días, contado a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, señale domicilio cierto y actual del tercero interesado en cita, a fin de lograr su emplazamiento a juicio, concluido dicho término éste órgano jurisdiccional se pronunciará al respecto. ..Notifíquese personalmente a la parte quejosa. ...

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