Federal
> Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito de Tercer Circuito
Actor: Juegos Y Espectáculos Beisbol Charros, Sociedad Anónima De Capital Variable
Demandado: Presidente Del Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito
Materia: Civil
Tipo: Reclamación
RESUMEN: El Expediente 8/2021 en Materia Civil y de tipo Reclamación fue promovido por Juegos Y Espectáculos Beisbol Charros, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Presidente Del Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito en el Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 26 de Abril del 2021 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: Juegos y Espectáculos Beisbol Charros, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
agreguese el escrito de la parte recurrente en el recurso de revisión principal 35/2021 de que deriva la presente reclamación, y en atención a su solicitud, dígasele que, la resolución ya se encuentra agregada al expediente y que con fecha tres de junio del presente se incorporó al expediente electrónico la versión pública de la misma para su consulta. Notifíquese
Actor: Juegos y Espectáculos Beisbol Charros, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
PRIMERO. Es procedente y fundado el recurso de reclamación. SEGUNDO. Se revoca la resolución recurrida
Actor: Juegos y Espectáculos Beisbol Charros, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito
Vistos el oficio y anexo de cuenta, se agregan a los autos para que obren como corresponda y efectos consiguientes; ahora dado que la parte recurrente interpuso recurso de reclamación en contra del acuerdo de fecha diecinueve de marzo del año que transcurre, y toda vez que el artículo 105, de la Ley de Amparo, establece que éste deberá resolverse en un plazo máximo de diez días, túrnese este asunto a la magistrada Martha Leticia Muro Arellano, para que, sin mayor trámite procesal, se proponga al Pleno de este Tribunal Colegiado lo que corresponda sobre la admisión y resolución del recurso de que se trata. Por otra parte, téngase por recibido y agréguese a los presentes autos para que obre como corresponda el escrito de ****, y como lo solicita, en los que se establece el registro, la consulta y notificaciones electrónicas, se autoriza la consulta del expediente electrónico, por así solicitarlo expresamente, con el nombre de usuario ****, esto, en el en el PORTAL DE SERVICIOS EN LÍNEA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, accesible en la dirección: www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/juicioenlinea. Notifíquese y cúmplase
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